EL SISTEMA GENERAL DE SEGURIDAD SOCIAL EN SALUD

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EL SISTEMA GENERAL DE SEGURIDAD SOCIAL EN SALUD por Mind Map: EL SISTEMA GENERAL DE SEGURIDAD SOCIAL EN SALUD

1. OBJETOS Y PRINCIPIOS

1.1. Objetivo SGSSS

1.1.1. • Regular el servicio público esencial de salud. • Crear condiciones de acceso en toda la población al servicio en todos los niveles de atención.

1.2. PRINCIPIOS DEL SISTEMA GENERAL DE SEGURIDAD SOCIAL EN SALUD.

1.2.1. Universalidad. Solidaridad. Igualdad. Obligatoriedad. Prevalencia de derechos. Enfoque diferencial. Equidad. Calidad. Eficiencia. Participación social. Progresividad Libre escogencia Sostenibilidad Transparencia Descentralización administrativa. Complementariedad y concurrencia. Corresponsabilidad. Irrenunciabilidad. Intersectorialidad. Prevención. Continuidad.

2. INTEGRANTES

2.1. Organismos Dirección, Vigilancia y Control

2.1.1. Ministerio de Salud y Protección Social:

2.1.2. Superintendencia Nacional de Salud

2.1.3. Secretarias de Salud

2.1.4. Controlaría General de la República

2.2. Organismos de Aseguramiento y Financiación

2.2.1. Fondo de Solidaridad y Garantía (FOSYGA)

2.2.1.1. De compensación interna de régimen contributivo

2.2.1.2. De solidaridad del régimen subsidiado en salud

2.2.1.3. De promoción de la salud

2.2.1.4. Del seguro de riesgos catastróficos y accidentes de tránsito

2.2.2. Entidades Promotoras de Salud(EPS)

2.2.2.1. entidades responsables de la

2.2.2.2. afiliación, del registro y carnetización de los afiliados, de los recaudos de sus

2.2.2.3. cotizaciones

2.2.3. Entidades Promotoras de Salud Subsidiado (EPSS)

2.2.4. Empresas de Medicina Prepagadas

2.2.5. Entidades Adaptadas de Salud

2.2.5.1. EAS para la Empresa de Servicios Públicos de Medellín y para el Fondo de Pensiones de Ferrocarriles Temporales.

2.2.6. Aportantes

2.3. Organismos Prestadores de Serviciosl

2.3.1. Instituciones Prestadoras de Servicio IPS

2.3.2. Empresas Sociales del Estado (ESE)

2.3.3. Profesionales de la Salud

3. conjunto de entidades, normas y procedimientos a los cuales pueden tener acceso las personas y la comunidad con el fin principal de garantizar una calidad de vida que esté acorde con la dignidad humana.

4. DE LOS AFILIADOS AL SISTEMA

4.1. TIPOS DE PARTICIPANTES EN EL SISTEMA GENERAL DE SEGURIDAD SOCIAL EN SALUD

4.1.1. Afiliados al Sistema de Seguridad Social.

4.1.2. Personas vinculadas al Sistema

4.2. BENEFICIOS PARA DESMOVILIZADOS

4.2.1. Acogiéndose a procesos de paz, se hayan desmovilizado, o lo hagan en el futuro, tendrán derecho a los beneficios del régimen subsidiado en salud, mientras no se afilien al régimen contributivo en virtud de relación de contrato de trabajo.

4.3. GARANTÍAS DE LOS AFILIADOS.

4.3.1. 1. La atención de los servicios del POS del artículo 162

4.3.2. 2. La atención de urgencias en todo el territorio nacional

4.3.3. 3. La libre escogencia y traslado entre Entidades Promotoras de Salud.

4.3.4. 4. La escogencia de las Instituciones Prestadoras de Servicios y de los profesionales entre las opciones que cada Entidad Promotora de Salud ofrezca dentro de su red de servicios.

4.3.5. 5.La participación de los afiliados, individualmente o en sus organizaciones, en todas las instancias de asociación, representación, veeduría de las entidades rectoras, promotoras y prestadoras.

4.4. DEBERES DE LOS AFILIADOS Y BENEFICIARIOS.

4.4.1. *Pagar cumplidamente los aportes que le corresponden, de acuerdo con el artículo 204. *Descontar de los ingresos laborales las cotizaciones que corresponden a los trabajadores a su servicio *Girar oportunamente los aportes y las cotizaciones a la Entidad Promotora de Salud, de acuerdo a la reglamentación que expida el gobierno. Informar las novedades laborales de sus trabajadores a la entidad a la cual están afiliados, en materias tales como el nivel de ingresos y sus cambios, las vinculaciones y retiros de trabajadores. Garantizar un medio ambiente laboral sano, que permita prevenir los riesgos de trabajo y enfermedad profesional, mediante la adopción de los sistemas de seguridad industrial y la observancia de las normas de salud ocupacional y seguridad social.

4.5. DEBERES DE LOS EMPLEADORES.

4.5.1. *Pagar cumplidamente los aportes que le corresponden, de acuerdo con el artículo 204. *Descontar de los ingresos laborales las cotizaciones que corresponden a los trabajadores a su servicio *Girar oportunamente los aportes y las cotizaciones a la Entidad Promotora de Salud, de acuerdo a la reglamentación que expida el gobierno. Informar las novedades laborales de sus trabajadores a la entidad a la cual están afiliados, en materias tales como el nivel de ingresos y sus cambios, las vinculaciones y retiros de trabajadores. Garantizar un medio ambiente laboral sano, que permita prevenir los riesgos de trabajo y enfermedad profesional, mediante la adopción de los sistemas de seguridad industrial y la observancia de las normas de salud ocupacional y seguridad social.*Pagar cumplidamente los aportes que le corresponden, de acuerdo con el artículo 204. *Descontar de los ingresos laborales las cotizaciones que corresponden a los trabajadores a su servicio *Girar oportunamente los aportes y las cotizaciones a la Entidad Promotora de Salud, de acuerdo a la reglamentación que expida el gobierno. Informar las novedades laborales de sus trabajadores a la entidad a la cual están afiliados, en materias tales como el nivel de ingresos y sus cambios, las vinculaciones y retiros de trabajadores. Garantizar un medio ambiente laboral sano, que permita prevenir los riesgos de trabajo y enfermedad profesional, mediante la adopción de los sistemas de seguridad industrial y la observancia de las normas de salud ocupacional y seguridad social.

5. CARACTERISTICAS

5.1. El Gobierno Nacional dirigirá, orientará, regulará, controlará y vigilará el servicio público esencial de salud.

5.2. Todos los habitantes en Colombia deberán estar afiliados al Sistema General de Seguridad Social en Salud

5.3. Los afiliados al sistema elegirán libremente la Entidad Promotora de Salud, dentro de las condiciones de la presente Ley.

5.4. Régimen subsidiado para los más pobres y vulnerables que se financiará con aportes fiscales de la Nación, de los departamentos, los distritos y los municipios.

5.5. Existirá un FOSYGA que tendrá por objeto, de acuerdo ley, garantizar la compensación entre personas de distintos ingresos y riesgos y la solidaridad del SGSSS, cubrir los riesgos catastróficos y los accidentes de tránsito y demás funciones complementarias.

5.6. Todos los afiliados recibirán un Plan Integral de protección de la salud, con atención preventiva, médico-quirúrgica y medicamentos esenciales, que será denominado el Plan Obligatorio de Salud(POS)

6. Regímenes Sistema

6.1. RÉGIMEN CONTRIBUTIVO

6.1.1. personas que tienen capacidad de pago: a través de contrato de trabajo, los servidores públicos, los pensionados, jubilados y los trabajadores independientes con capacidad de pago

6.1.1.1. pensionados será del 16% del ingreso de la respectiva mesada pensional.

6.1.1.2. El monto de la cotización , será del 12,5% del salario base de la cotización

6.1.1.3. El empleador asume el 12% y el trabajador el 4%

6.1.1.4. más un 1% adicional si el ingreso base de cotización es superior a 4 salarios mínimos mensuales vigentes y hasta 16 salarios mínimos).

6.1.1.5. La BC máxima para el sistema de salud, es de 25 SMLVsalarios, similar al sistema de pensionados.

6.1.2. Aportes en este régimen

6.1.2.1. Cuotas Moderadoras

6.1.2.1.1. Son aportes económicos que buscan regular su utilización y estimular su buen uso.

6.1.2.2. Copagos

6.1.2.2.1. Son aportes en dinero que deben hacer los beneficiarios y corresponden a una parte del servicio requerido, cuyo objetivo es ayudar a financiar el sistema.

6.2. RÉGIMEN SUBSIDIADO:

6.2.1. corresponden a toda la población pobre o vulnerable, clasificada en los niveles l y ll del Sisben.

6.2.2. Esta población recibirá subsidios parciales o totales.

6.3. RÉGIMEN VINCULADO

6.3.1. Pertenecen todas aquellas personas que por motivos de incapacidad de pago y mientras logran ser beneficiarios del régimen subsidiado, tendrán derecho a los servicios de atención de salud

6.3.1.1. habitantes de calle, desplazados por la violencia, entre otros. NO CENSADOS

6.4. RÉGIMEN DE EXCEPCIÓN O ESPECIAL

6.4.1. Régimen de excepción

6.4.1.1. 1. Los miembros de la fuerzas militares 2. Los civiles del ministerio de defensa. 3. Los servidores públicos 4. Los pensionados de Ecopetrol 5. Los afiliados al fondo nacional de prestaciones sociales del magisterio 6. La policía nacional 7. Los servidores públicos de educación superior. 8. Empleados de las universidades públicas

7. DE LA DIRECCIÓN DEL SISTEMA

7.1. Está bajo la orientación y regulación, supervisión, vigilancia y control del Presidente de la República y del Ministerio de Salud artículos 13 y 14 de la Ley 60 de 1993.

7.2. EL CONSEJO NACIONAL DE SEGURIDAD SOCIAL EN SALUD.

7.2.1. Créase la Comisión de Regulación en Salud (CRES) como unidad administrativa especial, con personería jurídica, autonomía administrativa, técnica y patrimonial, adscrita al Ministerio de la Protección Social.

8. LA ORGANIZACIÓN SGSSS

8.1. DE LAS ENTIDADES PROMOTORAS DE SALUD

8.1.1. Las Entidades Promotoras de Salud son las entidades responsables de la afiliación, y el registro de los afiliados y del recaudo de sus cotizaciones, por delegación del Fondo de Solidaridad y Garantía.

8.2. DE LAS INSTITUCIONES PRESTADORAS DE SERVICIOS DE SALUD

8.2.1. Son funciones prestar los servicios en su nivel de atención correspondiente a los afiliados y beneficiarios dentro de los parámetros y principios.

8.2.2. Principios básicos la calidad y la eficiencia, y tendrán autonomía administrativa, técnica y financiera.

8.3. RÉGIMEN DE LAS EMPRESAS SOCIALES DEL ESTADO

8.3.1. constituyen una categoría especial de entidad pública descentralizada, con personería jurídica, patrimonio propio y autonomía administrativa, sometidas al régimen jurídico

8.4. DE LOS USUARIOS

8.4.1. Las IPS deberán garantizar un adecuado sistema de información de sus servicios y atención a los usuarios, mediante la implementación de una línea telefónica abierta con atención permanente 24 horas.

8.4.2. INFORMACIÓN DE LOS USUARIOS

8.4.2.1. El Ministerio de Salud

8.4.2.1.1. definirá normas de calidad y satisfacción del usuario, pudiendo establecer medidas como tiempos máximos de espera por servicios y métodos de registro en listas de espera, de acuerdo con las patologías y necesidades de atención del paciente.

8.4.3. PROMOCIÓN DE ASOCIACIONES DE USUARIOS

8.4.3.1. poblaciones no afiliadas al RC, el gobierno promoverá la organización de las comunidades como demandantes de servicios de salud, sobre la base de las organizaciones comunitarias (los cabildos indígenas y, en general, cualquier otra forma de organización)