Manual de Procedimiento para Registrar Programas y Proyectos de Inversión en la Cartera de la SHCP

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Manual de Procedimiento para Registrar Programas y Proyectos de Inversión en la Cartera de la SHCP por Mind Map: Manual de Procedimiento para Registrar Programas y Proyectos de Inversión en la Cartera de la  SHCP

1. Tercera Etapa: registro y asignación de clave.

1.1. Paso 4. Solicitud del registro

1.1.1. Una vez integrado el proyecto de inversión con su respectivo análisis costo-beneficio, la Dependencia receptora del proyecto se encarga de solicitar el registro del mismo en la Cartera de Proyectos de Inversión ante la SHCP. Para lo cual llena y envía la solicitud de registro mediante el módulo de Cartera de Inversión del Proceso Integral de Programación y Presupuesto (PIPP).

1.1.1.1. IMPORTANTE. La solicitud de registro en Cartera debe efectuarse a más tardar el día 15 de julio de cada año, si se desea que los PPI sean integrados al Proyecto de PEF que se está preparando para el siguiente ejercicio fiscal.

1.2. Paso 5. Respuesta de la SHCP

1.2.1. Recibir la respuesta de la SHCP a la solicitud de registro. En un plazo de 20 días hábiles posteriores a la fecha en que la SHCP recibe satisfactoriamente la solicitud, esta Dependencia podrá resolver lo siguiente:

1.2.1.1. 1. Registrar los programas o proyectos de inversión, en cuyo caso les asignará una clave de registro. 2. Solicitar información adicional sobre el programa o proyecto de inversión. 3. Negar la solicitud de registro.

1.2.1.1.1. El plazo con el cuenta la SHCP para dar respuesta a la solicitud de registro comenzará a contarse a partir del día siguiente de la fecha en que se reciba completa la solicitud, esto es, una vez que la Unidad de Inversiones reciba en forma adecuada y satisfactoria la información del proyecto de inversión y del estudio requerido correspondiente al PPI.

1.3. Paso 6. Integración al proyecto de presupuesto

1.3.1. El registro en la Cartera de inversiones tendrá una vigencia de 3 años, contados a partir del otorgamiento de la clave correspondiente o, en su caso, a partir de la actualización del registro con la presentación de un nuevo análisis costo y beneficio.

2. Liberacion de fondos.

2.1. Una vez que las DEAPF reciben la respuesta afirmativa por parte de la Secretaría sobre los PPI a los cuales se les otorga el registro en la cartera, las dependencias y entidades se hallan en posibilidad de solicitar a la SHCP el Oficio de autorización especial de inversión, y cuya respuesta por parte de la Secretaría pondrá a las DEAPF en posibilidad de remitir el Oficio de Liberación de la Inversión al área responsable de ejecutar el proyecto, con lo cual se podrá iniciar la aplicación de fondos.

3. Casos especiales.

3.1. Proyectos sin Asignación Presupuestaria

3.2. Proyectos sin Clave de Registro en Cartera

4. Primera Etapa: preparación

4.1. Paso 1. Identificación de la Idea del Proyecto

4.1.1. Los gobiernos locales, municipales o estatales, deben integrar, al menos, un bosquejo o estudio preeliminar donde se exponga su idea de proyecto de inversión; en el cual se establezca el tipo de obra, los alcances y, de ser posible, costos y beneficios que se derivarían del proyecto, así como la población que se beneficiaría con la obra.

5. Segunda Etapa: acercamiento y diseño del programa o proyecto

5.1. Paso 2. Acercamiento con la entidad o dependencia correspondiente

5.1.1. Los gobiernos locales, municipales y estatales, deben acudir con su programa o proyecto de inversión ante las representaciones estatales o regionales de las dependencias y entidades del gobierno federal a fin de solicitar por intermedio de ellas el registro correspondiente para sus PPI, pues son éstas las únicas instancias con atribuciones para realizar el trámite. Por ejemplo, acudir ante las representaciones de SCT cuando se trate de proyectos de infraestructura de comunicaciones; o ante las representaciones de CONAGUA, cuando se trate de obras de infraestructura hidráulica.

5.2. Paso 3. Diseño y presentación final del Programa o Proyecto

5.2.1. Aunque las DEAPF son las responsables de integrar los PPI de conformidad con los requerimientos de información establecidos en los Lineamientos que para tal efecto emite la SHCP, es aconsejable que los gobiernos locales presenten ante las propias DEAPF sus PPI en un formato que satisfaga los requerimientos de información que demanda la SHCP, para agilizar el proceso.

6. Fechas críticas en el proceso de registro en Cartera en la SHCP

6.1. 15 de julio, fecha límite para presentar la solicitud ante la SHCP, para obtener el registro en la cartera de inversiones.

6.2. 20 días hábiles posteriores a la entrega de la solicitud para el registro en cartera es la fecha límite para que la SHCP dé respuesta a la solicitud.