1. Son títulos de crédito los documentos necesarios para ejercitar el derecho literal que en ellos se consigna
2. Elementos
2.1. La incorporación
2.1.1. No puede separarse el derecho contenido del documento que lo contiene, el valor del documento desaparece con el documento mismo
2.2. La legitimación
2.2.1. Vinculación indisoluble entre el documento y el derecho sobre él
2.3. La literalidad
2.3.1. El derecho consignado en el documento se limita a lo expresado, sino están consignados legalmente no existen
2.4. La autonomía
2.4.1. Permite que cada tenedor del título posea un derecho independiente al del derecho de quien le trasmitió el título, tiene un derecho propio
2.5. La circulación
2.5.1. Las normas aplicables a los títulos de crédito no lo serán a aquellos documentos que no estén destinados a circular como boletos
3. Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito
4. Clasificación
4.1. Atendiendo a la ley que los rige
4.1.1. Nominados
4.1.2. Innominados
4.2. Atendiendo la función económica
4.2.1. Cambiaros
4.2.2. Corporativos
4.2.3. Representantes de mercancía
4.3. Atendiendo a su forma de creación
4.3.1. Singulares
4.3.2. Seriales
4.4. Atendiendo al derecho incorporado
4.4.1. De dinero, de mercancías, de derechos corporativos
4.4.2. De préstamos colectivos
4.5. Atendiendo a su forma de circulación
4.5.1. Nominativos
4.5.2. A la orden
4.5.3. Al portador