DECRETO 390 DE 2016

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DECRETO 390 DE 2016 por Mind Map: DECRETO 390 DE 2016

1. Armonizacion del regimen aduanero con las normas internacionales

1.1. Convenio de Kioto

1.2. Decision 618 de 2005 CAN

1.3. Se reemplazará “inspección” por “aforo”, aduaneros” y “tributos aduaneros” por “derechos aduaneros”

1.4. Se reemplazará “nacionalización” por “desaduanamiento”, “modalidades” por “regímenes ,

2. Sistema de armonizacion de riesgo

2.1. Un mecanismo para conocer quiénes están detrás de las operaciones de comercio exterior y registrar sus niveles de confianza

2.2. Simplifican procesos

2.3. Menores costos para recibir y despacho aduanero inmediato

3. Operadores de comercio exterior

3.1. El artículo 43 del Estatuto prevé 14 personas o lugares que pueden ostentar esta categoría. Se encuentran, por ejemplo, las agencias de aduanas, agentes de carga internacional, industrias de transformación o ensamble,

3.1.1. Materials

3.1.2. Personnel

3.1.3. Services

3.1.4. Duration

3.2. Cada uno de ellos requiere registro para operar y deberán cumplir requisitos generales y específicos que dependen de la actividad que realicen.

4. Herramientas para mejorar la logística del comercio exterior y disminuir costos

4.1. En adelante, el declarante asume la responsabilidad directa de aportar la totalidad de la información y documentos.

4.2. Hay automatización de las formalidades aduaneras; además, estarán disponibles formularios y formatos electrónicos y los documentos soportes deberán ser digitalizados o ser electrónicos

4.3. Frente a las garantías, el Estatuto prevé nuevos tipos, establece límites máximos porgarantizar (100.000 UVTo no más 150 %), estipula disminución del valor dealgunas garantías y amplióel término de renovación de pólizas globales

4.4. Los centros de distribución logística internacional –antes denominados depósitos de apoyo logístico internacional– podrán realizar un mayor número de operaciones

5. Control aduanero y fiscalización

5.1. La DIAN ejerce control anterior, simultáneo o posterior (fiscalización) sobre las operaciones de comercio exterior. A partir del artículo 486 se encuentra en el nuevo Estatuto Aduanero la regulación pertinente,

5.2. De ella se resalta que, en adelante, los errores formales en las declaraciones aduaneras no darán lugar a la aprehensión ni al decomiso.

5.3. Todos estos cambios normativos hacen que las empresas destinen mayor tiempo a realizar planeación aduanera de sus operaciones a fin de reducir costos y disminuir tiempos.

6. DECRETO 349 DE 2018

6.1. Como parte del ajuste y puesta en marcha de la Nueva Regulación Aduanera colombiana, el Gobierno Nacional expidió el pasado 20 de febrero el Decreto 349 de 2018, a través del cual se corrigen algunos errores formales del decreto 390, y se realizan ajustes sustanciales sobre diferentes materias reguladas por el decreto 2685 de 1999 y el decreto 390 de 2016. La nueva norma que cuenta con 204 artículos ajusta entre otros asuntos los relacionados con garantías, regímenes y destinos aduaneros, régimen sancionatorio y procedimiento aduanero.