FAMILIA, INFANCIA Y ADOLESCENCIA.

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FAMILIA, INFANCIA Y ADOLESCENCIA. por Mind Map: FAMILIA, INFANCIA Y ADOLESCENCIA.

1. finalidad

1.1. Dar estabilidad y seguridad al grupo familiar en su sostenimiento y desarrollo, salvaguardando su morada y techo y los bienes necesarios para su supervivencia en condiciones de dignidad.

2. Derecho y núcleo esencial

3. Los Derechos de los menores de edad, priman sobre los de los demás, pues son sujetos de mayores garantías y beneficios

3.1. Menor de edad, grupo poblacional en condiciones de debilidad

3.2. Demanda protección y cuidados especiales

4. INTERÉS SUPERIOR DEL MENOR

4.1. Atraen de manera prioritaria las actuaciones oficiales y particulares que les concierna

5. REQUISITO DE PROCEDIBILIDAD

5.1. Audicencia de CONCILIACIÓN antes del proceso.

5.1.1. 1.

5.1.1.1. ENTIDADES AUTORIZADAS

5.1.1.1.1. Consultorios jurídicos

5.1.1.1.2. Comisarías de familia

5.1.1.1.3. Centros de conciliación

5.1.1.1.4. Personeria

5.1.1.1.5. Procuradores judiciales

5.1.1.1.6. Defensora del pueblo

5.1.1.1.7. Notarías

5.1.2. 2.

5.1.2.1. TRÁMITE

5.1.2.1.1. Solicitud especial a cada entidad

5.1.2.1.2. Acompañados de apoderado

5.1.3. 3.

5.1.3.1. FASES-CONSECUENCIAS

5.1.3.1.1. Asisten y concilian

5.1.3.1.2. No asiste una de las partes

5.2. NO APLICA

5.2.1. Estado civil

5.2.2. Investigación de paternidad

5.2.3. Matrimonio

5.2.3.1. Impugnación de paternidad

5.2.4. Intersección

5.2.5. Sucesión

5.2.6. Perdida o suspensión de patria potestad

6. CONCEPTO DE FAMILIA

6.1. Institución sociológica derivada de la naturaleza del ser humano.

6.1.1. TIPOS DE FAMILIA

6.1.1.1. En cabeza de una pareja

6.1.1.1.1. Por union marital de hecho o matrimonio

6.1.1.2. Adopción

6.1.1.3. Crianza

6.1.1.4. Monoparentales

6.1.1.5. Ensambladas

6.1.1.5.1. Unión de hijos de relaciones anteriores

6.1.2. CLASES DE HIJOS

6.1.2.1. Simple Conjunción

6.1.2.1.1. Hijo de un solo padre (por otra relación

6.1.2.2. Doble Conjunción

6.1.2.2.1. Hijo de la unión de los dos

6.2. La Constitución de 1991 crea un nuevo Fundamento Constitucional

6.2.1. Protección social, económica y jurídica a la familia

6.2.1.1. ARTÍCULO 5

6.2.1.1.1. Familia como institución básica de la sociedad

6.2.1.2. ARTÍCULO 42

6.2.1.2.1. Derechos de la familia

6.3. PROTECCIÓN CONSTITUCIONAL

6.3.1. La familia se constituye por vínculos naturales o jurídicos.

7. MATRIMONIO, DIVORCIO Y LIQUIDACIÓN DE LA SOCIEDAD CONYUGAL

7.1. OBLIGACIONES Y DERECHOS

7.1.1. Artículo 176

7.1.1.1. Ambos tienen la dirección del hogar

7.1.1.2. Ambos fijan el Domicilio y la Residencia de ese hogar

7.1.1.3. Ambos deben contribuir a los gastos del hogar, de acuerdo a su capacidad

7.1.1.4. Ayuda mutua

7.1.1.4.1. Socorro, propiciarse entre ellos lo necesario para la congrua subsistencia, apoyó intelectual, moral y afectivo

7.1.1.5. Fidelidad

7.1.1.5.1. Prohibición de sostener relaciones íntimas por fuera del matrimonio

7.2. MATRIMONIO

7.2.1. EXTRATERRITORIAL

7.2.1.1. Rigen las leyes del Domicilio de la pareja

7.2.1.1.1. EN EL EXTERIOR

7.2.2. CELEBRACIÓN

7.2.2.1. Esponsales

7.2.2.1.1. Promesa bilateral que hacen los esposos (novios) de celebrar el matrimonio

7.2.2.2. PEDIDA DE MANO

7.2.2.2.1. Donaciones: Revocables

7.2.2.2.2. Regalos: No revocables

7.2.2.3. REQUISITOS

7.2.2.3.1. Decreto 2668 de 1988, artículo 2

7.2.2.3.2. Código Civil, artículo 160 y 170

7.2.2.4. Ante Notario

7.2.2.5. Inminente peligro de muerte

7.2.2.5.1. Artículo 136

7.2.3. Contrato solemne, donde hombre y mujer, deciden convivir juntos para socorrerse y auxiliarse mutuamente

7.2.3.1. Se reconoce más como una institución y no como un simple contrato

7.2.3.1.1. RITO CATOLICO

7.2.3.1.2. REQUISITOS

7.2.4. CONCEPTO

7.2.4.1. Artículo 113

7.2.5. SURGE LA SOCIEDAD CONYUGAL

7.2.5.1. Ley 28 de 1931

7.2.5.1.1. La Sociedad Conyugal tiene dos administradores

7.2.5.2. Artículo 1774

7.2.5.2.1. A parte de pacto escrito, surge la sociedad conyugal

7.2.5.3. SOCIEDAD DE GANANCIALES

7.2.5.3.1. Ingresan a la sociedad sin nada

7.2.5.3.2. Cada uno llega con bienes propios

7.2.5.3.3. Donaciones, Legados y Herencias

7.2.5.4. EXCEPCIONES

7.2.5.5. HABER DE LA SOCIEDAD CONYUGAL

7.2.5.5.1. Absoluto

7.2.5.5.2. Relativo

7.3. INEFICACIA DEL MATRIMONIO

7.3.1. CAPITULACIONES

7.3.1.1. Convención que celebran los futuros cónyuges para entregar bienes propios al matrimonio

7.3.2. Sanción que impone el legislador al Negocio Juridico del matrimonio, cuando en su celebración se desobedece, desataca o contiende la voluntad del legislador

7.3.2.1. INEXISTENCIA

7.3.2.1.1. No nació a la vida jurídica el Negocio del matrimonio

7.3.2.2. NULIDAD

7.3.2.2.1. Sanción de eficacia, nacen los efectos jurídicos pero viciados

7.3.2.2.2. EFECTOS

7.4. DIVORCIO

7.4.1. CAUSALES

7.4.1.1. Artículo 154

7.4.1.1.1. 1. Relaciones sexuales extramatrimoniales

7.4.1.1.2. 2. Grave e injustificado incumplimiento de sus deberes

7.4.1.1.3. 3.Trato cruel, ultraje y/o malos tratos

7.4.1.1.4. 4. Embriaguez habitual de uno de los cónyuges

7.4.1.1.5. 5. Uso excesivo de drogas

7.4.1.1.6. 6. Enfermedades o demás que pongan en peligro a otro miembro del núcleo familiar

7.4.1.1.7. 7. Corromper a otro

7.4.1.1.8. 8. Separación de cuerpos; judicial o de hecho

7.4.2. LIBRE CONSENTIMIENTO

7.4.2.1. Si el menor ya a sido asignado RESPONDEN

7.4.2.2. Mutuo acuerdo ante

7.4.2.2.1. Notaria

7.4.2.2.2. Juez

7.4.3. EFECTOS

7.4.3.1. PERSONALES

7.4.3.1.1. Cesa la convivencia, cesan las obligaciones de socorro y ayuda mutua

7.4.3.2. FAMILIARES

7.4.3.2.1. Obligaciones frente a los hijos

7.4.3.3. PATRIMONIALES

7.4.3.3.1. Sociedad conyugal disuelta y lista para liquidarse

7.5. Compra y Venta de inmuebles

7.6. LIQUIDACIÓN DE LA SOCIEDAD CONYUGAL

7.6.1. HABER DE LA SOCIEDAD CONYUGAL

7.6.1.1. HABER ABSOLUTO

7.6.1.1.1. ARTÍCULO 1781

7.6.1.2. HABER RELATIVO

7.6.1.2.1. Lo que debería estar en el momento de la liquidación, pero no esta

7.6.1.3. OBLIGACIONES EXCLUIDAS DEL HABER SOCIAL

7.6.1.3.1. Artículo 1782

7.6.2. NO INGRESA A LA SOCIEDAD CONYUGAL

7.6.2.1. Donaciones

7.6.2.2. Nungún bien futuro

7.6.2.3. Articulo 1789

7.6.2.3.1. Inmueble subrogado

7.6.2.4. IMPORTANTE

7.6.2.4.1. Las cuentas llegan hasta la sentencia de DIVORCIO

7.6.3. DILIGENCIA DE AVALÚOS E INVENTARIOS

7.6.3.1. Cada una de las partidas del Haber Absoluto deben describirse de manera individual

7.6.3.1.1. ACTIVOS SOCIALES

7.6.3.1.2. PASIVOS SOCIALES

7.6.3.1.3. RECOMPENSAS

7.6.3.1.4. RESUMEN

7.6.3.1.5. TOTALIDAD

7.6.3.1.6. GANANCIALES

8. INCLUSION EDUCATIVA PUBLICA DE PCD EN COLOMBIA

8.1. D'A LA IGUALDAD Y DERECHO A LA EDUCACIÓN

8.1.1. CONVENCIÓN ONU PERSONAS CON ALGÚN TIPO DE DISCAPACIDAD

8.1.2. Convención interamericana para la eliminación de todas las formas de discriminación contra las PCD

8.1.2.1. Ley 762 de 2002

8.1.2.2. ley 1346 de 2009

8.1.3. Organización Mundial de la Salud

8.2. concepto

8.2.1. Limitación funcional por deficiencia física, intelectual o sensorial, dolencia que requiera atención medica o una enfermedad mental, tales dolencias pueden ser de carácter permanente o transitorio.

8.3. inclusión educativa

8.3.1. Estado Social de Derecho

8.3.1.1. Constitución Política Art 47 y 67

8.3.2. Ley 368 de 1996

8.3.2.1. Resalta las habilidades de PCD

8.3.2.2. Red de solidaridad social (RSS)

8.3.3. Enfoque histórico-normativo

8.3.3.1. ley 115 de 1994

8.3.3.1.1. reconoce a PCD como parte integrante del servicio publico educativo

8.3.3.1.2. Ley 361 de 1997

8.3.3.1.3. Decreto 2247 de1997

8.3.3.2. Ley 715 de 2001

8.3.3.2.1. Ley 762 de 2002

8.3.3.2.2. Distribución Adm regional y sectorial de recursos

8.3.3.2.3. Resolución 2565 de 2003

8.3.3.2.4. Ley 1154 de 2007

8.3.3.2.5. Decreto 366 de 2009

8.3.3.2.6. Ley 1618 de 2013

8.3.3.2.7. Decreto 1421 de 2017

8.3.4. Enfoque practico

8.3.4.1. 1. Desde el censo del 2005 no existe cifra exacta PCD

8.3.4.1.1. 2. Discriminación social con matoneo y tratos distintos en centros educativos

8.3.4.2. 4. Falta capacitación de los educadores

8.3.4.2.1. 5. Desigualdad públicos y privados

8.3.4.3. FUNDEI

8.3.5. Aporte del grupo

8.3.5.1. 1. Educación social desde casa y reforzada en los colegios

8.3.5.2. 2. salones con todo niño sin importar condición

8.3.5.3. 3. Educación alterna, especifica e igualitaria

8.3.5.4. 4. Capacitación económica y normativa en centros educativos públicos

9. AFECTACION DE VIVIENDA FAMILIAR Y PATRIMONIO DE FAMILIA

9.1. Patrimonio de familia

9.1.1. concepto

9.1.1.1. Bienes inembargables para llenar las necesidades económicas de una familia

9.1.2. caracteristicas

9.1.2.1. El bien no puede superar los 250 SMMLV

9.1.2.2. No se extingue con la muerte de alguno de los cónyuges

9.1.2.3. Si fallecen los dos cónyuges, subsistirá si hay hijos menores

9.1.2.4. No procede sobre bienes hipotecados, bajo anticresis o censo

9.2. Afectación de vivienda familiar

9.2.1. concepto

9.2.1.1. Bien inmueble adquirido en su totalidad por uno de los cónyuges, antes o después de la celebración del matrimonio destinado a la habitación de la familia

9.2.2. finalidad

9.2.2.1. Poner a salvo al cónyuge o compañero no propietario y a sus hijos de los actos de disposición del cónyuge propietario

9.2.3. características

9.2.3.1. Solo se puede afectar un solo bien

9.2.3.2. Se extingue con la muerte de alguno de los cónyuges

9.2.3.3. El inmueble puede estar hipotecado al momento de su constitución

10. Presunción: el hijo que nace se entiende ser de los conyugues.

11. Violencia física y psicológica

12. CONFORMACIÓN DE LA FAMILIA

12.1. FILIACIÓN

12.1.1. Vínculo jurídico existente entre un hijo o una hija con su padre o madre, es un derecho integrante del Estado civil de las personas, por tal razón, es un atributo de la personalidad.

12.1.1.1. CLASES

12.1.1.1.1. MATRIMONIAL

12.1.1.1.2. EXTRAMATRIMONIAL

12.1.1.1.3. ADOPTIVA

12.1.2. ¿QUIÉN PUEDE IMPUGNAR?

12.1.2.1. El hijo en cualquier tiempo, a partir del momento en que se entera.

12.1.2.2. Quien se crea padre biológico

12.1.2.2.1. En cualquier tiempo

12.1.2.3. Quien reconoció al hijo creyendo ser el padre

12.2. CUSTODIA CUIDADO PERSONAL Y PATRIA POTESTAD

12.2.1. CUSTODIA

12.2.1.1. Obligación de hacerse cargo de un niño, sea de la persona o porque se le cedió la responsabilidad de facto

12.2.1.1.1. Se le da a uno de los padres

12.2.1.1.2. En caso de inhabilidad física o moral de los padres, se puede confiar el cuidado personal a otra persona.

12.2.1.1.3. En cabeza de los dos

12.2.1.1.4. Puede cederse a un miembro de la familia extensa, de manera temporal o permanente.

12.2.1.2. Hijos extramatrimoniales

12.2.1.2.1. PROCESO DE FILIACIÓN

12.2.1.2.2. Ostenta la custodia quien conviva con el menor.

12.2.1.3. Custodia de mutuo acuerdo

12.2.1.3.1. No existe en Colombia

12.2.1.4. VISITAS

12.2.1.4.1. Derecho del padre que no ostenta la custodia.

12.2.2. CUIDADO PERSONAL

12.2.2.1. Responde por cualquier lesión que sufre el menor, por descuido de quién lo cuida de manera personal.

12.2.3. Concepto 78/2013 ICBF

12.2.3.1. Procedimiento para solicitar custodia y cuidado personal.

12.2.3.1.1. Ante juez o comisario de familia

12.2.3.1.2. Se tiene en cuenta el Domicilio del menor

12.2.3.1.3. Requisito de procedibilidad

12.2.4. PATRIA POTESTAD

12.2.4.1. COMPETENCIA

12.2.4.1.1. Juez de familia

12.2.4.2. Comisaría de Familia la otorga de manera provisional.

12.2.4.3. Surge por ministerio de la ley, no deriva del matrimonio.

12.2.4.4. Conjunto de derechos que se le otorga al padre del hijo no emancipado para facilitar el cumplimiento de sus deberes.

12.2.4.4.1. Única y exclusivamente la ejercen los padres, sea cual fuere el hijo; matrimonial, extra o adoptivo.

12.2.4.4.2. No es modificada o extinguida por la propia voluntad.

12.2.4.5. FINALIDAD

12.2.4.5.1. Bienestar emocional y material de los menores.

12.2.4.6. CARACTERÍSTICAS

12.2.4.6.1. Obligatoria

12.2.4.6.2. Irrenunciable

12.2.4.6.3. Personal e intransferible

12.2.4.6.4. Indisponible

12.2.4.6.5. Gratuita

12.2.4.7. PERDIDA O SUSPENSIÓN

12.2.4.7.1. Ascendientes

12.2.4.7.2. Se puede suspender o perder por proclamación de Juez competente.

12.3. PARENTESCO

12.3.1. Elemento que cohesiona jurídicamente a los miembros de una misma familia, mediante un conjunto de vínculos que se clasifican según su procedencia

12.3.1.1. CONSANGUÍNEO

12.3.1.1.1. Artículo 35 C.C

12.3.1.2. CIVIL

12.3.1.2.1. Artículo 50 C.C

12.3.1.3. AFINIDAD

12.3.1.3.1. Familia de su pareja; vínculo que surge con la familia de la persona con quien se ha conocido carnalmente.

12.4. ALIMENTOS

12.4.1. Todo lo que es indispensable para el sustento, la habitación, el vestido, la asistencia médica, la recreación, la formación integral y la educación o instrucción del menor.

12.4.1.1. CLASES

12.4.1.1.1. CONGRUOS

12.4.1.1.2. NECESARIOS

12.4.1.2. SE DEBEN

12.4.1.2.1. Artículo 411 C.C

12.4.1.3. Se saca el monto total y si divide en el número de cónyuges, teniendo en cuenta su capacidad económica.

12.4.1.3.1. HABITACIÓN

12.4.1.3.2. ALIMENTOS

12.4.1.3.3. SALUD

12.4.1.3.4. EDUCACIÓN

12.4.1.3.5. VESTUARIO

12.4.1.4. DISMINUCIÓN DE LA CUOTA

12.4.1.4.1. Estos procesos son de única instancia, cuando se violan Derechos Fundamentales se puede Entutelar.

12.4.1.5. INCREMENTO A LA CUOTA

12.4.1.5.1. Requisito de procedibilidas

12.4.1.6. PROCESO EJECUTIVO DE ALIMENTOS

12.4.1.6.1. Sentencia como acta de proceso ejecutivo.

12.4.1.6.2. Se puede embargar

12.4.1.6.3. No se hace tránsito a cosa juzgada

12.4.1.6.4. Excepciones

12.4.1.7. ÁMBITO PENAL

12.4.1.7.1. Inasistencia alimentaria

12.4.1.8. NIVEL INTERNACIONAL

12.4.1.8.1. A través de exhortó

12.4.1.8.2. Trámite ante el consulado

12.5. PERMISO PARA SALIDA DEL PAÍS

12.5.1. TRÁMITE

12.5.1.1. Basta con ir a la Notaria de quien ostente la custodia y llenar el formato y autenticarlo.

12.5.1.1.1. CONFLICTO

12.5.1.2. Permiso Temporal

12.5.1.2.1. Ante escritura pública

12.5.1.2.2. Conflicto

13. EXHORTOS

13.1. Trámite de procesos en Colombia ante otros Estados

13.1.1. Prueba de ADN

13.1.2. Restitución Internacional de menores

13.1.3. Alimentos

14. UNIÓN MARITAL DE HECHO

14.1. LEY 54 DE 1990

14.1.1. Antes de la ley concubinato

14.1.1.1. Sin estar casados

14.1.2. Artículo 1

14.1.2.1. Comunidad de vida permanente y singular, conformada por una pareja.

14.1.2.1.1. Llamados compañeros permanentes

14.1.3. Surge la sociedad patrimonial

14.1.4. NATURALEZA JURÍDICA

14.1.4.1. Consensual

14.1.4.2. Extramatrimonial

14.1.5. CONSTITUCIÓN

14.1.5.1. Dos (2) años continuos de convivencia.

14.1.5.2. Capacidad

14.1.5.3. IMPEDIMENTOS

14.1.5.3.1. Preexista un vínculo matrimonial

14.1.5.3.2. Interrupción

14.1.6. COMPONENTES

14.1.6.1. Permanencia

14.1.6.1.1. Duración firme, constante y perseverante

14.1.6.2. Estabilidad

14.1.6.2.1. Comunidad de vida

14.1.6.3. Convivencia, ayuda y socorro mutuo y relaciones sexuales.

14.1.7. EFECTOS PATRIMONIALES

14.1.7.1. Artículo 2

14.1.7.1.1. Surge la sociedad patrimonial

14.1.7.1.2. Pertenencia igualitaria de bienes

14.1.8. PRUEBA DE LA UNIÓN

14.1.8.1. Ley 979 de 2005, artículo 4

14.1.8.1.1. Por escritura pública

14.1.8.1.2. Acta de conciliación

14.1.8.1.3. Sentencia judicial

14.1.8.1.4. testamento

14.1.9. TERMINACIÓN

14.1.9.1. Artículo 5

14.1.9.1.1. Mutuo consentimiento

14.1.9.1.2. Sentencia judicial

14.1.9.1.3. Muerte de uno o ambos cónyuges

14.1.10. DISOLUCIÓN Y LIQUIDACIÓN

14.1.10.1. Proceso declarativo

14.1.10.1.1. Existencia de la sociedad

14.1.10.2. Ejecución de la sentencia

14.1.10.2.1. Bienes partibles

14.1.10.2.2. Pasivos comunes

14.1.10.2.3. Distribución

14.1.10.3. Recurso de alzada

15. ENFOQUE DE LA MATERIA:

15.1. ADMINISTRATIVO

15.1.1. ICBF

15.2. JUDICIAL

15.2.1. Jueces de familia

15.2.2. Promiscuos de Familia

15.2.3. Municipales

16. ADOPCIÓN

16.1. LEY 1098 DE 2006 Código de la Infancia y la Adolescencia.

16.1.1. Medida de protección a través de la cual se establece una relación paterno filial.

16.1.1.1. Forma de restablecimiento de los derechos de los menores, abandonados, maltratados o huérfanos.

16.1.1.1.1. ICBF como ente rector

16.1.1.1.2. Se pone al menor a la disposición de las familias que lo quieren adoptar.

16.1.2. CARACTERÍSTICAS

16.1.2.1. Gratuidad del proceso

16.1.2.2. Preferencia de nacionales

16.1.2.3. Suprema vigilancia del Estado

16.1.2.4. Irrevocable

16.1.2.5. Menores deben ser declarados en situación de adoptabilidad.

16.1.2.6. Solo podrá adoptarse menores de 18 años

16.1.3. TIPOS

16.1.3.1. Simple

16.1.3.2. Plena

16.1.3.2.1. Aplicada en Colombia

16.1.4. REQUISITOS DEL ADOPTANTE

16.1.4.1. Mayor de 25 años

16.1.4.2. Adoptar a una persona de sexo diferente

16.1.4.3. Diferencia de edad con el menor de 15 años

16.1.4.4. Persona idónea física, psíquica, social y moral

16.1.4.5. Casado, Soltero, Unión Marital de Hecho o que el menor se hijo consanguíneo de uno de los cónyuges o compañeros permanentes.

16.1.5. EFECTOS

16.1.5.1. Artículo 64

16.1.5.1.1. Se adquieren derechos y obligaciones

16.1.5.1.2. Establece parentesco civil

16.1.5.1.3. Adoptivo llevará cada apellido de los adoptantes

16.1.5.1.4. Se extingue todo parentesco consanguíneo

16.1.6. Personas mayores de 18 años pueden solicitar ser adoptados por su familia de crianza.

17. DERECHOS Y OBLIGACIONES ENTRE PADRES E HIJOS

17.1. DEBERES DE LOS PADRES CON SUS HIJOS

17.1.1. Contenidos en la Carta Suprema, Código Civil y Código de la Infancia y la Adolescencia.

17.1.1.1. Artículo 253 C.C

17.1.1.1.1. Cuidado personal

17.1.1.2. Custodia

17.1.1.2.1. Moderadamente

17.1.1.3. Sentencia C-371 de 1994

17.1.1.3.1. EXCLUYE

17.1.2. OBLIGACIÓN DE LOS ABUELOS

17.1.2.1. Artículo 260 C.C

17.1.2.1.1. Alimentar y educar al menor, por falta o insuficiencia de sus padres.

17.2. DEBERES DE LOS HIJOS CON LOS PADRES

17.2.1. Persona competente, se preferirá a los consanguíneos más cercanos.

17.2.2. Respeto y obediencia

17.2.2.1. Artículo 250 C.C

17.2.2.1.1. Solo termina con la muerte de uno de los dos.

17.2.3. Cuidado y auxilio

18. SISTEMA DE RESPONSABILIDAD PENAL PARA ADOLESCENTES

18.1. Normas que intervienen en la investigación y juzgamiento de delitos cometidos por menores entre 14-18 años.

18.1.1. FINALIDAD

18.1.1.1. Garantía y restablecimiento de los derechos del menor.

18.1.1.2. Justicia restaurativa

18.1.1.3. Verdad

18.1.1.4. Reparación del daño

18.1.1.5. Acuerdos para reparación y conciliación entre las partes.

18.1.1.6. Acuerdos con visión formativa

18.1.1.7. Aplicar principio de oportunidad

18.1.2. SANCIONES

18.1.2.1. Artículos 182-187

18.1.2.1.1. Amonestaciones

18.1.2.1.2. Reglas de conducta

18.1.2.1.3. Prestación de servicios sociales y a la comunidad

18.1.2.1.4. Libertad vigilada

18.1.2.1.5. Medio semi-cerrado

18.1.2.1.6. Privación de la libertad

18.1.3. EXCLUSIÓN DE RESPONSABILIDAD

18.1.3.1. Menores de 14 años

18.1.3.2. Personas entre 14 y 18 años con discapacidad psíquica o mental.