1. finalidad
1.1. Dar estabilidad y seguridad al grupo familiar en su sostenimiento y desarrollo, salvaguardando su morada y techo y los bienes necesarios para su supervivencia en condiciones de dignidad.
2. Derecho y núcleo esencial
3. Los Derechos de los menores de edad, priman sobre los de los demás, pues son sujetos de mayores garantías y beneficios
3.1. Menor de edad, grupo poblacional en condiciones de debilidad
3.2. Demanda protección y cuidados especiales
4. INTERÉS SUPERIOR DEL MENOR
4.1. Atraen de manera prioritaria las actuaciones oficiales y particulares que les concierna
5. REQUISITO DE PROCEDIBILIDAD
5.1. Audicencia de CONCILIACIÓN antes del proceso.
5.1.1. 1.
5.1.1.1. ENTIDADES AUTORIZADAS
5.1.1.1.1. Consultorios jurídicos
5.1.1.1.2. Comisarías de familia
5.1.1.1.3. Centros de conciliación
5.1.1.1.4. Personeria
5.1.1.1.5. Procuradores judiciales
5.1.1.1.6. Defensora del pueblo
5.1.1.1.7. Notarías
5.1.2. 2.
5.1.2.1. TRÁMITE
5.1.2.1.1. Solicitud especial a cada entidad
5.1.2.1.2. Acompañados de apoderado
5.1.3. 3.
5.1.3.1. FASES-CONSECUENCIAS
5.1.3.1.1. Asisten y concilian
5.1.3.1.2. No asiste una de las partes
5.2. NO APLICA
5.2.1. Estado civil
5.2.2. Investigación de paternidad
5.2.3. Matrimonio
5.2.3.1. Impugnación de paternidad
5.2.4. Intersección
5.2.5. Sucesión
5.2.6. Perdida o suspensión de patria potestad
6. CONCEPTO DE FAMILIA
6.1. Institución sociológica derivada de la naturaleza del ser humano.
6.1.1. TIPOS DE FAMILIA
6.1.1.1. En cabeza de una pareja
6.1.1.1.1. Por union marital de hecho o matrimonio
6.1.1.2. Adopción
6.1.1.3. Crianza
6.1.1.4. Monoparentales
6.1.1.5. Ensambladas
6.1.1.5.1. Unión de hijos de relaciones anteriores
6.1.2. CLASES DE HIJOS
6.1.2.1. Simple Conjunción
6.1.2.1.1. Hijo de un solo padre (por otra relación
6.1.2.2. Doble Conjunción
6.1.2.2.1. Hijo de la unión de los dos
6.2. La Constitución de 1991 crea un nuevo Fundamento Constitucional
6.2.1. Protección social, económica y jurídica a la familia
6.2.1.1. ARTÍCULO 5
6.2.1.1.1. Familia como institución básica de la sociedad
6.2.1.2. ARTÍCULO 42
6.2.1.2.1. Derechos de la familia
6.3. PROTECCIÓN CONSTITUCIONAL
6.3.1. La familia se constituye por vínculos naturales o jurídicos.
7. MATRIMONIO, DIVORCIO Y LIQUIDACIÓN DE LA SOCIEDAD CONYUGAL
7.1. OBLIGACIONES Y DERECHOS
7.1.1. Artículo 176
7.1.1.1. Ambos tienen la dirección del hogar
7.1.1.2. Ambos fijan el Domicilio y la Residencia de ese hogar
7.1.1.3. Ambos deben contribuir a los gastos del hogar, de acuerdo a su capacidad
7.1.1.4. Ayuda mutua
7.1.1.4.1. Socorro, propiciarse entre ellos lo necesario para la congrua subsistencia, apoyó intelectual, moral y afectivo
7.1.1.5. Fidelidad
7.1.1.5.1. Prohibición de sostener relaciones íntimas por fuera del matrimonio
7.2. MATRIMONIO
7.2.1. EXTRATERRITORIAL
7.2.1.1. Rigen las leyes del Domicilio de la pareja
7.2.1.1.1. EN EL EXTERIOR
7.2.2. CELEBRACIÓN
7.2.2.1. Esponsales
7.2.2.1.1. Promesa bilateral que hacen los esposos (novios) de celebrar el matrimonio
7.2.2.2. PEDIDA DE MANO
7.2.2.2.1. Donaciones: Revocables
7.2.2.2.2. Regalos: No revocables
7.2.2.3. REQUISITOS
7.2.2.3.1. Decreto 2668 de 1988, artículo 2
7.2.2.3.2. Código Civil, artículo 160 y 170
7.2.2.4. Ante Notario
7.2.2.5. Inminente peligro de muerte
7.2.2.5.1. Artículo 136
7.2.3. Contrato solemne, donde hombre y mujer, deciden convivir juntos para socorrerse y auxiliarse mutuamente
7.2.3.1. Se reconoce más como una institución y no como un simple contrato
7.2.3.1.1. RITO CATOLICO
7.2.3.1.2. REQUISITOS
7.2.4. CONCEPTO
7.2.4.1. Artículo 113
7.2.5. SURGE LA SOCIEDAD CONYUGAL
7.2.5.1. Ley 28 de 1931
7.2.5.1.1. La Sociedad Conyugal tiene dos administradores
7.2.5.2. Artículo 1774
7.2.5.2.1. A parte de pacto escrito, surge la sociedad conyugal
7.2.5.3. SOCIEDAD DE GANANCIALES
7.2.5.3.1. Ingresan a la sociedad sin nada
7.2.5.3.2. Cada uno llega con bienes propios
7.2.5.3.3. Donaciones, Legados y Herencias
7.2.5.4. EXCEPCIONES
7.2.5.5. HABER DE LA SOCIEDAD CONYUGAL
7.2.5.5.1. Absoluto
7.2.5.5.2. Relativo
7.3. INEFICACIA DEL MATRIMONIO
7.3.1. CAPITULACIONES
7.3.1.1. Convención que celebran los futuros cónyuges para entregar bienes propios al matrimonio
7.3.2. Sanción que impone el legislador al Negocio Juridico del matrimonio, cuando en su celebración se desobedece, desataca o contiende la voluntad del legislador
7.3.2.1. INEXISTENCIA
7.3.2.1.1. No nació a la vida jurídica el Negocio del matrimonio
7.3.2.2. NULIDAD
7.3.2.2.1. Sanción de eficacia, nacen los efectos jurídicos pero viciados
7.3.2.2.2. EFECTOS
7.4. DIVORCIO
7.4.1. CAUSALES
7.4.1.1. Artículo 154
7.4.1.1.1. 1. Relaciones sexuales extramatrimoniales
7.4.1.1.2. 2. Grave e injustificado incumplimiento de sus deberes
7.4.1.1.3. 3.Trato cruel, ultraje y/o malos tratos
7.4.1.1.4. 4. Embriaguez habitual de uno de los cónyuges
7.4.1.1.5. 5. Uso excesivo de drogas
7.4.1.1.6. 6. Enfermedades o demás que pongan en peligro a otro miembro del núcleo familiar
7.4.1.1.7. 7. Corromper a otro
7.4.1.1.8. 8. Separación de cuerpos; judicial o de hecho
7.4.2. LIBRE CONSENTIMIENTO
7.4.2.1. Si el menor ya a sido asignado RESPONDEN
7.4.2.2. Mutuo acuerdo ante
7.4.2.2.1. Notaria
7.4.2.2.2. Juez
7.4.3. EFECTOS
7.4.3.1. PERSONALES
7.4.3.1.1. Cesa la convivencia, cesan las obligaciones de socorro y ayuda mutua
7.4.3.2. FAMILIARES
7.4.3.2.1. Obligaciones frente a los hijos
7.4.3.3. PATRIMONIALES
7.4.3.3.1. Sociedad conyugal disuelta y lista para liquidarse
7.5. Compra y Venta de inmuebles
7.6. LIQUIDACIÓN DE LA SOCIEDAD CONYUGAL
7.6.1. HABER DE LA SOCIEDAD CONYUGAL
7.6.1.1. HABER ABSOLUTO
7.6.1.1.1. ARTÍCULO 1781
7.6.1.2. HABER RELATIVO
7.6.1.2.1. Lo que debería estar en el momento de la liquidación, pero no esta
7.6.1.3. OBLIGACIONES EXCLUIDAS DEL HABER SOCIAL
7.6.1.3.1. Artículo 1782
7.6.2. NO INGRESA A LA SOCIEDAD CONYUGAL
7.6.2.1. Donaciones
7.6.2.2. Nungún bien futuro
7.6.2.3. Articulo 1789
7.6.2.3.1. Inmueble subrogado
7.6.2.4. IMPORTANTE
7.6.2.4.1. Las cuentas llegan hasta la sentencia de DIVORCIO
7.6.3. DILIGENCIA DE AVALÚOS E INVENTARIOS
7.6.3.1. Cada una de las partidas del Haber Absoluto deben describirse de manera individual
7.6.3.1.1. ACTIVOS SOCIALES
7.6.3.1.2. PASIVOS SOCIALES
7.6.3.1.3. RECOMPENSAS
7.6.3.1.4. RESUMEN
7.6.3.1.5. TOTALIDAD
7.6.3.1.6. GANANCIALES
8. INCLUSION EDUCATIVA PUBLICA DE PCD EN COLOMBIA
8.1. D'A LA IGUALDAD Y DERECHO A LA EDUCACIÓN
8.1.1. CONVENCIÓN ONU PERSONAS CON ALGÚN TIPO DE DISCAPACIDAD
8.1.2. Convención interamericana para la eliminación de todas las formas de discriminación contra las PCD
8.1.2.1. Ley 762 de 2002
8.1.2.2. ley 1346 de 2009
8.1.3. Organización Mundial de la Salud
8.2. concepto
8.2.1. Limitación funcional por deficiencia física, intelectual o sensorial, dolencia que requiera atención medica o una enfermedad mental, tales dolencias pueden ser de carácter permanente o transitorio.
8.3. inclusión educativa
8.3.1. Estado Social de Derecho
8.3.1.1. Constitución Política Art 47 y 67
8.3.2. Ley 368 de 1996
8.3.2.1. Resalta las habilidades de PCD
8.3.2.2. Red de solidaridad social (RSS)
8.3.3. Enfoque histórico-normativo
8.3.3.1. ley 115 de 1994
8.3.3.1.1. reconoce a PCD como parte integrante del servicio publico educativo
8.3.3.1.2. Ley 361 de 1997
8.3.3.1.3. Decreto 2247 de1997
8.3.3.2. Ley 715 de 2001
8.3.3.2.1. Ley 762 de 2002
8.3.3.2.2. Distribución Adm regional y sectorial de recursos
8.3.3.2.3. Resolución 2565 de 2003
8.3.3.2.4. Ley 1154 de 2007
8.3.3.2.5. Decreto 366 de 2009
8.3.3.2.6. Ley 1618 de 2013
8.3.3.2.7. Decreto 1421 de 2017
8.3.4. Enfoque practico
8.3.4.1. 1. Desde el censo del 2005 no existe cifra exacta PCD
8.3.4.1.1. 2. Discriminación social con matoneo y tratos distintos en centros educativos
8.3.4.2. 4. Falta capacitación de los educadores
8.3.4.2.1. 5. Desigualdad públicos y privados
8.3.4.3. FUNDEI
8.3.5. Aporte del grupo
8.3.5.1. 1. Educación social desde casa y reforzada en los colegios
8.3.5.2. 2. salones con todo niño sin importar condición
8.3.5.3. 3. Educación alterna, especifica e igualitaria
8.3.5.4. 4. Capacitación económica y normativa en centros educativos públicos
9. AFECTACION DE VIVIENDA FAMILIAR Y PATRIMONIO DE FAMILIA
9.1. Patrimonio de familia
9.1.1. concepto
9.1.1.1. Bienes inembargables para llenar las necesidades económicas de una familia
9.1.2. caracteristicas
9.1.2.1. El bien no puede superar los 250 SMMLV
9.1.2.2. No se extingue con la muerte de alguno de los cónyuges
9.1.2.3. Si fallecen los dos cónyuges, subsistirá si hay hijos menores
9.1.2.4. No procede sobre bienes hipotecados, bajo anticresis o censo
9.2. Afectación de vivienda familiar
9.2.1. concepto
9.2.1.1. Bien inmueble adquirido en su totalidad por uno de los cónyuges, antes o después de la celebración del matrimonio destinado a la habitación de la familia
9.2.2. finalidad
9.2.2.1. Poner a salvo al cónyuge o compañero no propietario y a sus hijos de los actos de disposición del cónyuge propietario
9.2.3. características
9.2.3.1. Solo se puede afectar un solo bien
9.2.3.2. Se extingue con la muerte de alguno de los cónyuges
9.2.3.3. El inmueble puede estar hipotecado al momento de su constitución
10. Presunción: el hijo que nace se entiende ser de los conyugues.
11. Violencia física y psicológica
12. CONFORMACIÓN DE LA FAMILIA
12.1. FILIACIÓN
12.1.1. Vínculo jurídico existente entre un hijo o una hija con su padre o madre, es un derecho integrante del Estado civil de las personas, por tal razón, es un atributo de la personalidad.
12.1.1.1. CLASES
12.1.1.1.1. MATRIMONIAL
12.1.1.1.2. EXTRAMATRIMONIAL
12.1.1.1.3. ADOPTIVA
12.1.2. ¿QUIÉN PUEDE IMPUGNAR?
12.1.2.1. El hijo en cualquier tiempo, a partir del momento en que se entera.
12.1.2.2. Quien se crea padre biológico
12.1.2.2.1. En cualquier tiempo
12.1.2.3. Quien reconoció al hijo creyendo ser el padre
12.2. CUSTODIA CUIDADO PERSONAL Y PATRIA POTESTAD
12.2.1. CUSTODIA
12.2.1.1. Obligación de hacerse cargo de un niño, sea de la persona o porque se le cedió la responsabilidad de facto
12.2.1.1.1. Se le da a uno de los padres
12.2.1.1.2. En caso de inhabilidad física o moral de los padres, se puede confiar el cuidado personal a otra persona.
12.2.1.1.3. En cabeza de los dos
12.2.1.1.4. Puede cederse a un miembro de la familia extensa, de manera temporal o permanente.
12.2.1.2. Hijos extramatrimoniales
12.2.1.2.1. PROCESO DE FILIACIÓN
12.2.1.2.2. Ostenta la custodia quien conviva con el menor.
12.2.1.3. Custodia de mutuo acuerdo
12.2.1.3.1. No existe en Colombia
12.2.1.4. VISITAS
12.2.1.4.1. Derecho del padre que no ostenta la custodia.
12.2.2. CUIDADO PERSONAL
12.2.2.1. Responde por cualquier lesión que sufre el menor, por descuido de quién lo cuida de manera personal.
12.2.3. Concepto 78/2013 ICBF
12.2.3.1. Procedimiento para solicitar custodia y cuidado personal.
12.2.3.1.1. Ante juez o comisario de familia
12.2.3.1.2. Se tiene en cuenta el Domicilio del menor
12.2.3.1.3. Requisito de procedibilidad
12.2.4. PATRIA POTESTAD
12.2.4.1. COMPETENCIA
12.2.4.1.1. Juez de familia
12.2.4.2. Comisaría de Familia la otorga de manera provisional.
12.2.4.3. Surge por ministerio de la ley, no deriva del matrimonio.
12.2.4.4. Conjunto de derechos que se le otorga al padre del hijo no emancipado para facilitar el cumplimiento de sus deberes.
12.2.4.4.1. Única y exclusivamente la ejercen los padres, sea cual fuere el hijo; matrimonial, extra o adoptivo.
12.2.4.4.2. No es modificada o extinguida por la propia voluntad.
12.2.4.5. FINALIDAD
12.2.4.5.1. Bienestar emocional y material de los menores.
12.2.4.6. CARACTERÍSTICAS
12.2.4.6.1. Obligatoria
12.2.4.6.2. Irrenunciable
12.2.4.6.3. Personal e intransferible
12.2.4.6.4. Indisponible
12.2.4.6.5. Gratuita
12.2.4.7. PERDIDA O SUSPENSIÓN
12.2.4.7.1. Ascendientes
12.2.4.7.2. Se puede suspender o perder por proclamación de Juez competente.
12.3. PARENTESCO
12.3.1. Elemento que cohesiona jurídicamente a los miembros de una misma familia, mediante un conjunto de vínculos que se clasifican según su procedencia
12.3.1.1. CONSANGUÍNEO
12.3.1.1.1. Artículo 35 C.C
12.3.1.2. CIVIL
12.3.1.2.1. Artículo 50 C.C
12.3.1.3. AFINIDAD
12.3.1.3.1. Familia de su pareja; vínculo que surge con la familia de la persona con quien se ha conocido carnalmente.
12.4. ALIMENTOS
12.4.1. Todo lo que es indispensable para el sustento, la habitación, el vestido, la asistencia médica, la recreación, la formación integral y la educación o instrucción del menor.
12.4.1.1. CLASES
12.4.1.1.1. CONGRUOS
12.4.1.1.2. NECESARIOS
12.4.1.2. SE DEBEN
12.4.1.2.1. Artículo 411 C.C
12.4.1.3. Se saca el monto total y si divide en el número de cónyuges, teniendo en cuenta su capacidad económica.
12.4.1.3.1. HABITACIÓN
12.4.1.3.2. ALIMENTOS
12.4.1.3.3. SALUD
12.4.1.3.4. EDUCACIÓN
12.4.1.3.5. VESTUARIO
12.4.1.4. DISMINUCIÓN DE LA CUOTA
12.4.1.4.1. Estos procesos son de única instancia, cuando se violan Derechos Fundamentales se puede Entutelar.
12.4.1.5. INCREMENTO A LA CUOTA
12.4.1.5.1. Requisito de procedibilidas
12.4.1.6. PROCESO EJECUTIVO DE ALIMENTOS
12.4.1.6.1. Sentencia como acta de proceso ejecutivo.
12.4.1.6.2. Se puede embargar
12.4.1.6.3. No se hace tránsito a cosa juzgada
12.4.1.6.4. Excepciones
12.4.1.7. ÁMBITO PENAL
12.4.1.7.1. Inasistencia alimentaria
12.4.1.8. NIVEL INTERNACIONAL
12.4.1.8.1. A través de exhortó
12.4.1.8.2. Trámite ante el consulado
12.5. PERMISO PARA SALIDA DEL PAÍS
12.5.1. TRÁMITE
12.5.1.1. Basta con ir a la Notaria de quien ostente la custodia y llenar el formato y autenticarlo.
12.5.1.1.1. CONFLICTO
12.5.1.2. Permiso Temporal
12.5.1.2.1. Ante escritura pública
12.5.1.2.2. Conflicto
13. EXHORTOS
13.1. Trámite de procesos en Colombia ante otros Estados
13.1.1. Prueba de ADN
13.1.2. Restitución Internacional de menores
13.1.3. Alimentos
14. UNIÓN MARITAL DE HECHO
14.1. LEY 54 DE 1990
14.1.1. Antes de la ley concubinato
14.1.1.1. Sin estar casados
14.1.2. Artículo 1
14.1.2.1. Comunidad de vida permanente y singular, conformada por una pareja.
14.1.2.1.1. Llamados compañeros permanentes
14.1.3. Surge la sociedad patrimonial
14.1.4. NATURALEZA JURÍDICA
14.1.4.1. Consensual
14.1.4.2. Extramatrimonial
14.1.5. CONSTITUCIÓN
14.1.5.1. Dos (2) años continuos de convivencia.
14.1.5.2. Capacidad
14.1.5.3. IMPEDIMENTOS
14.1.5.3.1. Preexista un vínculo matrimonial
14.1.5.3.2. Interrupción
14.1.6. COMPONENTES
14.1.6.1. Permanencia
14.1.6.1.1. Duración firme, constante y perseverante
14.1.6.2. Estabilidad
14.1.6.2.1. Comunidad de vida
14.1.6.3. Convivencia, ayuda y socorro mutuo y relaciones sexuales.
14.1.7. EFECTOS PATRIMONIALES
14.1.7.1. Artículo 2
14.1.7.1.1. Surge la sociedad patrimonial
14.1.7.1.2. Pertenencia igualitaria de bienes
14.1.8. PRUEBA DE LA UNIÓN
14.1.8.1. Ley 979 de 2005, artículo 4
14.1.8.1.1. Por escritura pública
14.1.8.1.2. Acta de conciliación
14.1.8.1.3. Sentencia judicial
14.1.8.1.4. testamento
14.1.9. TERMINACIÓN
14.1.9.1. Artículo 5
14.1.9.1.1. Mutuo consentimiento
14.1.9.1.2. Sentencia judicial
14.1.9.1.3. Muerte de uno o ambos cónyuges
14.1.10. DISOLUCIÓN Y LIQUIDACIÓN
14.1.10.1. Proceso declarativo
14.1.10.1.1. Existencia de la sociedad
14.1.10.2. Ejecución de la sentencia
14.1.10.2.1. Bienes partibles
14.1.10.2.2. Pasivos comunes
14.1.10.2.3. Distribución
14.1.10.3. Recurso de alzada
15. ENFOQUE DE LA MATERIA:
15.1. ADMINISTRATIVO
15.1.1. ICBF
15.2. JUDICIAL
15.2.1. Jueces de familia
15.2.2. Promiscuos de Familia
15.2.3. Municipales
16. ADOPCIÓN
16.1. LEY 1098 DE 2006 Código de la Infancia y la Adolescencia.
16.1.1. Medida de protección a través de la cual se establece una relación paterno filial.
16.1.1.1. Forma de restablecimiento de los derechos de los menores, abandonados, maltratados o huérfanos.
16.1.1.1.1. ICBF como ente rector
16.1.1.1.2. Se pone al menor a la disposición de las familias que lo quieren adoptar.
16.1.2. CARACTERÍSTICAS
16.1.2.1. Gratuidad del proceso
16.1.2.2. Preferencia de nacionales
16.1.2.3. Suprema vigilancia del Estado
16.1.2.4. Irrevocable
16.1.2.5. Menores deben ser declarados en situación de adoptabilidad.
16.1.2.6. Solo podrá adoptarse menores de 18 años
16.1.3. TIPOS
16.1.3.1. Simple
16.1.3.2. Plena
16.1.3.2.1. Aplicada en Colombia
16.1.4. REQUISITOS DEL ADOPTANTE
16.1.4.1. Mayor de 25 años
16.1.4.2. Adoptar a una persona de sexo diferente
16.1.4.3. Diferencia de edad con el menor de 15 años
16.1.4.4. Persona idónea física, psíquica, social y moral
16.1.4.5. Casado, Soltero, Unión Marital de Hecho o que el menor se hijo consanguíneo de uno de los cónyuges o compañeros permanentes.
16.1.5. EFECTOS
16.1.5.1. Artículo 64
16.1.5.1.1. Se adquieren derechos y obligaciones
16.1.5.1.2. Establece parentesco civil
16.1.5.1.3. Adoptivo llevará cada apellido de los adoptantes
16.1.5.1.4. Se extingue todo parentesco consanguíneo
16.1.6. Personas mayores de 18 años pueden solicitar ser adoptados por su familia de crianza.
17. DERECHOS Y OBLIGACIONES ENTRE PADRES E HIJOS
17.1. DEBERES DE LOS PADRES CON SUS HIJOS
17.1.1. Contenidos en la Carta Suprema, Código Civil y Código de la Infancia y la Adolescencia.
17.1.1.1. Artículo 253 C.C
17.1.1.1.1. Cuidado personal
17.1.1.2. Custodia
17.1.1.2.1. Moderadamente
17.1.1.3. Sentencia C-371 de 1994
17.1.1.3.1. EXCLUYE
17.1.2. OBLIGACIÓN DE LOS ABUELOS
17.1.2.1. Artículo 260 C.C
17.1.2.1.1. Alimentar y educar al menor, por falta o insuficiencia de sus padres.
17.2. DEBERES DE LOS HIJOS CON LOS PADRES
17.2.1. Persona competente, se preferirá a los consanguíneos más cercanos.
17.2.2. Respeto y obediencia
17.2.2.1. Artículo 250 C.C
17.2.2.1.1. Solo termina con la muerte de uno de los dos.
17.2.3. Cuidado y auxilio
18. SISTEMA DE RESPONSABILIDAD PENAL PARA ADOLESCENTES
18.1. Normas que intervienen en la investigación y juzgamiento de delitos cometidos por menores entre 14-18 años.
18.1.1. FINALIDAD
18.1.1.1. Garantía y restablecimiento de los derechos del menor.
18.1.1.2. Justicia restaurativa
18.1.1.3. Verdad
18.1.1.4. Reparación del daño
18.1.1.5. Acuerdos para reparación y conciliación entre las partes.
18.1.1.6. Acuerdos con visión formativa
18.1.1.7. Aplicar principio de oportunidad
18.1.2. SANCIONES
18.1.2.1. Artículos 182-187
18.1.2.1.1. Amonestaciones
18.1.2.1.2. Reglas de conducta
18.1.2.1.3. Prestación de servicios sociales y a la comunidad
18.1.2.1.4. Libertad vigilada
18.1.2.1.5. Medio semi-cerrado
18.1.2.1.6. Privación de la libertad
18.1.3. EXCLUSIÓN DE RESPONSABILIDAD
18.1.3.1. Menores de 14 años
18.1.3.2. Personas entre 14 y 18 años con discapacidad psíquica o mental.