Obligación aduanera
por Alejandra Castro
1. DIRECTOS Y INDIRECTOS
2. TRANSITO,Comprende la presentación de la declaración aduanera, la ejecución de la operación
3. DEPOSITO ADUANERO Comprende la presentación de la declaración aduanera, la obligación de obtener y conservar los documentos que soportan la operación
4. ACTUACIÓN ANTE LA ADMINISTRACIÓN ADUANERA
4.1. EL IMPORTADOR O EXPORTADOR O EL DECLARANTE, SIN PERJUICIO DE UTILIZAR LOS SERVICIOS DE UNA AGENCIA DE ADUANAS LAS AGENCIAS DE ADUANA, QUIENES ACTUAN A NOMBRE Y POR CUANTA DEL IMPORTADOR, EXPORTADOR O DECLARANTE
5. AMBITO DE RESPONSABILIDAD
5.1. El declarante responderá por la entrega de los documentos que deba aportar como soporte de la declaración aduanera, con el cumplimiento de los requisitos legales, así como por la autenticidad de los mismos. También responderá por el pago de los derechos e impuestos, intereses, valor del rescate y sanciones a que haya lugar
6. REQUISITOS Y OBLIGACIONES DEL IMPORTADOR Y EXPORTADOR
6.1. Presentar una solicitud de exportador autorizado Liquidar y cancelar los derechos e impuestos a la importación, intereses, sanciones y valor del rescate, a que hubiere lugar, en la forma que determine la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales Garantizar que la información entregada a través de los servicios informáticos electrónicos, corresponda con la contenida en los documentos que la soportan.
7. VIGENCIA DE LA AUTORIZACIÓN O HABILITACIÓN
7.1. Cuando los operadores de comercio exterior estén sujetos a concesión o autorización por parte de otras autoridades, deberán presentar la renovación de la respectiva concesión o autorización de tales autoridades como requisito para mantener la vigencia indefinida ante la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales.
8. OBLIGACIONES GENERALES
8.1. 1. Desarrollar el objeto social principal para el cual fue autorizado o habilitado. 2. Desarrollar sus actividades únicamente si cuentan con la resolución de autorización o habilitación otorgada por la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, y sólo después de aprobada la garantía requerida para cada uno de ellos. 3. Utilizar el código de registro asignado para adelantar trámites y refrendar documentos ante la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales. 4. Mantener los requisitos exigidos para su autorización o habilitación.
9. AUTORIZACION Y CALIFICACION DE IMPORTADORES Y EXPORTADORES
9.1. para su calificación se debe contar con una valoración de riesgos bajos emitida por el sistema de gestión de riesgos de la dirección de impuestos y aduanas nacionales
9.1.1. CONDICIONES
9.1.1.1. Haber realizado operaciones superiores de 12 declaraciones aduaneras de importación