FUNDAMENTOS DE LA VALUACIÓN

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FUNDAMENTOS DE LA VALUACIÓN por Mind Map: FUNDAMENTOS DE LA VALUACIÓN

1. OBJETIVO: Identificar los distintos bienes y métodos para la valuación mediante la descripción y explicación de las características de los mismos para sustentar el desarrollo metodológico de la valuación

2. Intangible: intangible De in-2 y tangible. 1. adj. Que no debe o no puede tocarse. Se refiere a aquellos bienes que, a pesar de no ser percibidos por los sentidos, existen y son susceptibles de aprovechamiento; tales como derechos (créditos y obligaciones); los derechos o atributos de la personalidad (nombre, domicilio, etc) y los derechos de autor, entre otros.

3. Bienes fungibles y no fungibles. 1. m. pl. Der. bienes muebles de que no puede hacerse el uso adecuado a su naturaleza sin consumirlos y aquellos en reemplazode los cuales se admite legalmente otro tanto de igual calidad. Estos bienes, es decir los fungibles son los que admiten reemplazo por otro de misma especie, calidad y cantidad; como un kilo de acero, de arroz… los bienes no fungibles, son aquellos que no admiten una equivalencia de su misma especie; es decir una pieza especial, como una estatua o una obra de arte.

4. De dominio Público y De Propiedad particular.Aquellos cuyo dominio corresponde a la Nación y aquellos cuyo dominio y propiedad, pertenece a un particular.Esta clasificación utiliza la razón de su propiedad como elemento distintivo; así los bienes públicos son aquellos cuyo uso o dominio corresponde a la Nación de acuerdo con el esquema de organización (legislación) un ejemplo de estos, es el castillo de Chapultepec, el zócalo, entre otros. Los bienes de propiedad particular, son aquellos cuyo dominio es ejercido de forma particular, es decir por una persona.

5. Los bienes de propiedad particular, son aquellos cuyo dominio es ejercido de forma particular, es decir por una persona.

6. Inmueble y mueble. Inmueble se refiere a aquello que “no puede moverse” y mueble, aquello que puede ser desplazado. Esta sub clasificación encuentra que hay bienes inmuebles por destino o naturaleza. Aquí, en esta clasificación encontramos un elemento material o que de acuerdo a su naturaleza les distingue, y esto es que le permite movilidad o no. Un edificio (inmueble) o un automóvil (mueble) por ejemplo.

7. Bien(es). Tiene diversos significados, para el que nos ocupa, se refiere a aquellas cosas, que se encuentran en el comercio (o no excluidas del comercio); es decir que son susceptibles de vender, o comprar y en consecuencia de ejercer el derecho real de propiedad sobre de ellas. En los términos de nuestra legislación Civil, los bienes se clasifican de la siguiente manera: Bienes Inmuebles Bienes Muebles El Código Civil Federal, nos indica cómo o qué bienes se entienden en ellos y nos otorga una sub clasificación de éstos. Otra clasificación la encontramos en el siguiente esquema: Tangible Intangible Fungible No fungible Consumible No consumible De dominio Público De Propiedad particular Mueble Inmueble

8. 4. Referencia bibliográfica de los materiales consultados. Recuerda que debe ser bibliografía, que a través de tu experiencia indique que son sitios reconocidos en el campo de la valuación. http://www.banxico.org.mx/disposiciones/marco-juridico/otras-disposiciones-aplicables-al-banco-de-mexico/criterios-contables-nifbdm/serie-c/%7B9C98D6E4-F56A-6839-4F6F-A9939B8FA844%7D.pdf http://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5485560&fecha=06/06/2017 http://dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5078449&fecha=26/01/2009 http://www.archivos.ujat.mx/2011/difusion/libros/19.pdf http://www.ircep.gob.mx/pdf/manual_valuacion_comercial_capitulo_tres.pdf http://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5079680&fecha=06/02/2009 http://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=4886567&fecha=21/12/1995 http://www.dof.gob.mx/nota_detalle_popup.php?codigo=5077134 http://dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=4770460&fecha=29/12/1978 https://definicionlegal.blogspot.mx/2012/06/clasificacion-de-los-bienes.html a

9. Tangible/corpóreo: Del lat. tangibĭlis. 1. adj. Que se puede tocar. 2. adj. Que se puede percibir de manera precisa. corpóreo, a Del lat. corporeus. 1. adj. Que tiene cuerpo o consistencia. 2. adj. Perteneciente o relativo al cuerpo o a su condición de tal. Esto es el suelo y las construcciones adheridas a él; Las plantas y árboles, mientras estuvieren unidos a la tierra, y los frutos pendientes de los mismos árboles y plantas mientras no sean separados de ellos por cosechas o cortes regulares; Todo lo que esté unido a un inmueble de una manera fija, de modo que no pueda separarse sin deterioro del mismo inmueble o del objeto a él adherido

10. Consumibles y no consumibles. adj. Que puede consumirse. (que su utilización le transforma hasta su extinción). Esta clasificación de bienes, se refiere a que los bienes consumibles se agotan por su uso, como puede ser la gasolina, y los no consumibles, son aquellos que por su uso no se extinguen, como puede ser el coche o automóvil.

11. CLASIFICACIÓN SUB CLASIFICACIÓN TANGIBLE Peso, medida, calidad. INTANGIBLE Titularidad, clase de beneficio o tipo de derecho. FUNGIBLE Cantidad, calidad, especie. NO FUNGIBLE Característica especial que lo hace no fungible CONSUMIBLE Identificación plena del bien. Tipo de utilidad o acción que le utiliza y en consecuencia le transforma hasta extinguirlo NO CONSUMIBLE Identificación plena del bien. Tipo de utilidad DOMINIO PÚBLICO titularidad DOMINIO PRIVADO titularidad MUEBLE característica INMUEBLE característica A su vez, se debe precisar lo siguiente: a) Tipo de valuación b) Finalidad o propósito de la valuación c) Vigencia del avalúo d) Fundamento legal. Con tales elementos, es suficiente para identificar el método de valuación, así como los elementos suficientes para defender, fundamentar y aplicar el mismo. a

12. 3. Elementos distintivos de cada tipo de bien. Qué variables, elementos o componentes son los que están implicados en el valor del bien. Es decir, si vas a realizar un avalúo de cada uno de los bienes que has establecido en tu clasificación, qué variables, elementos o componentes considerarías para valuarlos. Dentro de la clasificación de los bienes antes señalada, cada bien debe de ser identificado en ésta; es decir, una casa es un bien tangible, fungible, no consumible, de dominio privado, e inmueble. Un kilo de arroz, es un bien tangible, fungible, consumible, de dominio privado, mueble. Un mural de Diego Rivera en un muro Palacio Nacional, es un bien tangible, no fungible, no consumible, de dominio público, inmueble. La marca de coca cola, es un bien intangible, no fungible, no consumible, de dominio privado y mueble. Así, la clasificación otorgada, nos permitirá identificar, de acuerdo a sus características, ante qué tipo de bien estamos o que es sujeto de valuación. Esto nos permitirá determinar con claridad qué características y elementos distintivos son aquellos que nos permitan realizar la valuación de tal bien. Suponiendo entonces, que en todo avalúo debe existir los siguientes elementos: a) Precisa identificación del bien b) Edad definida del bien e indicación de vida útil c) Finalidad del bien d) Costo original de fabricación e) Grado de utilidad