LEY GENERAL DE RESPONSABILIDADES ADMINISTRATIVAS

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LEY GENERAL DE RESPONSABILIDADES ADMINISTRATIVAS por Mind Map: LEY GENERAL DE RESPONSABILIDADES ADMINISTRATIVAS

1. LIBO SEGUNDO, Disposiciones Adjetivas

1.1. TÍTULO PRIMERO DE LA INVESTIGACIÓN Y CALIFICACIÓN DE LAS FALTAS GRAVES Y NO GRAVES

1.1.1. Capítulo I Inicio de la investigación

1.1.1.1. Se deberá observar los principios de legalidad, imparcialidad, objetividad, congruencia, verdad material y respeto a los derechos humanos

1.1.1.2. Las faltas administrativas son principalmente por oficio, denuncia o derivado de las auditorías

1.1.2. Capítulo II De la Investigación

1.1.2.1. Las Autoridades investigadoras llevarán de oficio las auditorías o investigaciones

1.1.2.1.1. Tendrán acceso a la información necesaria para el esclarecimiento de los hechos

1.1.3. Capítulo III De la calificación de Faltas administrativas

1.1.3.1. Análisis de los hechos

1.1.4. Capítulo IV Impugnación de la calificación de faltas no graves

1.1.4.1. Será notificada al Denunciante, cuando este fuere identificable

1.1.4.1.1. El plazo para la presentación del recurso será de cinco días hábiles

1.2. TÍTULO SEGUNDO DEL PROCEDIMIENTO DE RESPONSABILIDAD ADMINISTRATIVA

1.2.1. Capítulo I Disposiciones comunes al procedimiento de responsabilidad administrativa

1.2.1.1. Sección Primera Principios, interrupción de la prescripción, partes y autorizaciones

1.2.1.1.1. Llos procedimientos de responsabilidad administrativa deberán observarse por medio de:

1.2.1.2. Sección Segunda Medios de apremio

1.2.1.2.1. Las autoridades substanciadoras o resolutoras, podrán hacer uso de los siguientes medios:

1.2.1.3. Sección Tercera Medidas cautelares

1.2.1.3.1. Las autoridades investigadoras podrán solicitar a la autoridad substanciadora o resolutora medidas como:

1.2.1.3.2. Medidas cautelares

1.2.1.4. Sección Cuarta De las pruebas

1.2.1.4.1. Podrán valerse de cualquier persona o documento

1.2.1.4.2. Serán valoradas atendiendo a las reglas de la lógica, la sana crítica y de la experiencia

1.2.1.5. Sección Quinta De las pruebas en particular

1.2.1.5.1. Las partes podrán ofrecer los testigos para acreditar los hechos

1.2.1.5.2. Las pruebas documentales son:

1.2.1.5.3. Documentos indubitables para el cotejo:

1.2.1.6. Sección Sexta De los incidentes

1.2.1.6.1. Incidentes que no tengan señalado una tramitación especial se promoverán mediante un escrito

1.2.1.6.2. Cuando los incidentes tengan por objeto tachar testigos

1.2.1.7. Sección Séptima De la acumulación

1.2.1.7.1. Cuando a dos o más personas se les atribuya la comisión de una o más Faltas administrativas

1.2.1.7.2. Cuando se trate de procedimientos de responsabilidad administrativa donde se imputen dos a más Faltas administrativas

1.2.1.8. Sección Octava De las notificaciones

1.2.1.8.1. Podrán ser hechas a las partes personalmente o por los estrados de la Autoridad

1.2.1.8.2. Notificaciones en el extranjero

1.2.1.9. Sección Novena De los Informes de Presunta Responsabilidad Administrativa

1.2.1.9.1. Los informes sonemitido por las Autoridades investigadoras

1.2.1.10. Sección Décima De la improcedencia y el sobreseimiento

1.2.1.10.1. Causas de improcedencia del procedimiento de responsabilidad administrativa

1.2.1.11. Sección Décimo Primera De las audiencias

1.2.1.11.1. Serán públicas

1.2.1.11.2. No se permitirá la interrupción de la audiencia

1.2.1.11.3. Los secretarios de la audiencia, deberán hacer constar el día, lugar y hora en que principie laaudiencia

1.2.1.11.4. Las Autoridades substanciadoras o resolutoras tienen el deber de mantener el buen orden y de exigir que se les guarde el respeto

1.2.1.12. Sección Décimo Segunda De las actuaciones y resoluciones

1.2.1.12.1. Las resoluciones serán:

1.2.2. Capítulo II Del procedimiento de responsabilidad administrativa ante las Secretarías y Órganos internos de control

1.2.2.1. Asuntos relacionados con Faltas administrativas no graves

1.2.2.1.1. La Autoridad investigadora deberá presentar ante la Autoridad substanciadora el Informe de Presunta Responsabilidad Administrativa

1.2.3. Capítulo III Del procedimiento de responsabilidad administrativa cuya resolución corresponda a los Tribunales

1.2.3.1. Asuntos relacionados con Faltas administrativas graves o Faltas de particulares

1.2.3.2. Sección Primera De la revocación

1.2.3.2.1. Serán impugnables ante los Tribunales

1.2.3.3. Sección Segunda De la Reclamación

1.2.3.3.1. procederá en contra de las resoluciones de las autoridades, desechen o tengan por no presentado el Informe de Presunta Responsabilidad Administrativa

1.2.3.4. Sección Tercera De la Apelación

1.2.3.4.1. Las resoluciones emitidas por los Tribunales, podrán ser impugnadas por los responsables o por los terceros

1.2.3.5. Sección Cuarta De la Revisión

1.2.3.5.1. Se sujetará a lo establecido en la Ley de Amparo de nuestra Constitución

1.2.3.5.2. Sección Primera Cumplimiento y ejecución de sanciones por Faltas administrativas no graves

1.2.3.5.3. Sección Segunda Cumplimiento y ejecución de sanciones por Faltas administrativas graves y Faltas de particulares

2. LIBRO PRIMERO, Disposiciones sustantivas

2.1. Establece las responsabilidades administrativas de los Servidores Públicos.

2.2. TÍTULO PRIMERO OBJETO, AMBITO DE APLICACION Y SUJETOS DE LA LEY

2.2.1. Son sujetos a la ley

2.2.1.1. Los Servidores Públicos

2.2.1.2. Particulares con faltas administrativas graves

2.2.2. Capítulo II Principios y directrices que rigen la actuación de los Servidores Públicos

2.2.2.1. Los entes y los servidores públicos estan obligados a mantener condiciones y principios pa su mejor funcionamiento.

2.2.2.1.1. ALgunos de ellos son: -Actuar conforme a las leyes -Conducise con rectitud -Dar a las personas el mismo trato

2.2.3. Capítulo III Autoridades competentes para aplicar la presente Ley

2.2.3.1. Autoridades de la Federación y Entidades federativas

2.2.3.1.1. Las facultades para aplicar la presente ley son: Las secetrias, Los Organos Internos de control, la Auditoraia Superior de la Federación y las entidades de fiscalización.

2.3. TÍTULO SEGUNDO MECANISMOS DE PREVENCIÓN E INSTRUMENTOS DE RENDICIÓN DE CUENTAS

2.3.1. Capítulo I Mecanismos Generales de Prevención

2.3.1.1. Implementar acciones para orientar el criterio que en situaciones específicas

2.3.1.2. Tener el alto conocimiento del codigo de Etica

2.3.2. Capítulo II De la integridad de las personas morales

2.3.2.1. Deben contar con una politica de integridad de alguno de los siguientes elementos:

2.3.2.1.1. Manual de Organización y procedimientos

2.3.2.1.2. Codigo de Conducta

2.3.2.1.3. Sistemas adecuados y eficaces de control, vigilancia y auditoría

2.3.2.1.4. Políticas de recursos humanos

2.3.3. Capítulo III De los instrumentos de rendición de cuentas

2.3.3.1. Sección Primera Del sistema de evolución patrimonial, de declaración de intereses y constancia de presentación de declaración fiscal

2.3.3.1.1. La llevará a su cargo la Secretaría Ejecutiva del Sistema Nacional Anticorrupción

2.3.3.2. Sección Segunda De los sujetos obligados a presentar declaración patrimonial y de intereses

2.3.3.2.1. Los servidoes públicos deberán presentar su declaración fiscal anual, en los términos que disponga la legislación de la materia

2.3.3.3. Sección tercera Plazos y mecanismos de registro al sistema de evolución patrimonial, de declaración de intereses y constancia de presentación de declaración fiscal

2.3.3.3.1. La declaracion de conclusión y el reingreso al servicio publico es dentro de sesenta dias naturales

2.3.3.3.2. En caso de que nose presente la declaración correspondiente, sin causa justificada,

2.3.3.3.3. Los Declarantes estarán obligados a proporcionar a las Secretarías y los Órganos internos de control

2.3.3.4. Sección cuarta Régimen de los servidores públicos que participan en contrataciones públicas

2.3.3.4.1. Procedimientos para contrataciones públicas

2.3.3.4.2. Atención y resolución para la adjudicación de un contrato

2.3.3.4.3. Otorgamiento de una concesión

2.3.3.4.4. Licencia

2.3.3.4.5. Permiso o autorización y sus prórrogas

2.3.3.5. Sección quinta Del protocolo de actuación en contrataciones

2.3.3.5.1. Las Secretarías o los Órganos internos de control deberán supervisar la ejecución de los procedimientos de contratación pública

2.3.3.6. Sección sexta De la declaración de intereses

2.3.3.6.1. Los servidores públicos deben informar y determinar el conjunto de intereses, cuándo éstos entran en conflicto con su función.

2.4. TÍTULO TERCERO DE LAS FALTAS ADMINISTRATIVAS DE LOS SERVIDORES PÚBLICOS Y ACTOS DE PARTICULARES VINCULADOS CON FALTAS ADMINISTRATIVAS GRAVES

2.4.1. Capítulo I De las Faltas administrativas no graves de los Servidores Públicos

2.4.1.1. Son actos u omisiones que incumplan o transgredan lo contenido en las obligaciones siguientes:

2.4.1.1.1. Disciplina y respeto, tanto a los demás Servidores Públicos como a los demás

2.4.1.1.2. Denunciar los actos u omisiones que en ejercicio de sus funciones

2.4.1.1.3. Atender las instrucciones de sus superiores

2.4.1.1.4. Presentar en tiempo y forma las declaraciones de situación patrimonial y de intereses

2.4.1.1.5. Cuidar y custodiar la documentación e información que este a su empleo, cargo o comisión

2.4.2. Capítulo II De las faltas administrativas graves de los Servidores Públicos

2.4.2.1. El servidor público que exija, acepte, obtenga o pretenda obtener con motivo de sus funciones

2.4.2.2. El servidor público que autorice, solicite o realice actos para el uso o apropiación

2.4.2.3. Servidor público que adquiera para sí, bienes inmuebles, muebles y valores que pudieren incrementar su valor o, en general

2.4.2.4. El servidor público que ejerza atribuciones para realizar o inducir actos u omisiones arbitrarios

2.4.2.5. Servidor público que falte a la veracidad en la presentación de las declaraciones de situación patrimonial o de intereses

2.4.2.6. Servidor público que realice deliberadamente alguna conducta para su ocultamiento o encubriento de otro

2.4.2.7. Los servidores públicos incurrirán en obstrucción de la justicia cuando:

2.4.2.7.1. Realicen cualquier acto que simule conductas no graves durante la investigación

2.4.2.7.2. No inicien el procedimiento correspondiente ante la autoridad competente

2.4.2.7.3. Revelen la identidad de un denunciante anónimo

2.4.3. Capítulo III De los actos de particulares vinculados con faltas administrativas graves

2.4.3.1. Incurrirá en soborno el particular que prometa, ofrezca o entregue cualquier beneficio indebido

2.4.3.2. participación ilícita en procedimientos administrativos el particular que realice actos u omisiones

2.4.3.3. Incurrirá en tráfico de influencias para inducir a la autoridad el particular que use su influencia

2.4.3.4. Incurrirá en colusión el particular que ejecute con uno o más sujetos particulares, en materia de contrataciones públicas

2.4.3.5. uso indebido de recursos públicos el particular que realice actos mediante los cuales se apropie, haga uso indebido o desvíe los recursos públicos

2.4.4. Capítulo IV De las Faltas de particulares en situación especial

2.4.4.1. Cuando son incurridas por candidatos a cargos de elección popular, miembros de equipos de campaña electoral o de transición entre administraciones del sector público, y líderes de sindicatos del sector público

2.4.5. Capítulo V De la prescripción de la responsabilidad administrativa

2.4.5.1. Faltas administrativas no graves

2.4.5.1.1. Sanciones en tres años, o a partir del momento en que hubieren cesado.

2.4.5.2. Faltas administrativas graves o Faltas de particulares

2.4.5.2.1. Será de siete años o a partir del momento en que hubieren cesado.

2.4.5.3. En ningún caso, en los procedimientos de responsabilidad administrativa podrá dejar de actuarse por más de seis meses sin causa justificada

2.5. TÍTULO CUARTO SANCIONES Capítulo I Sanciones por faltas administrativas no graves

2.5.1. Capítulo I Sanciones por faltas administrativas no graves

2.5.1.1. Responsabilidades administrativas distintas a las que son competencia del Tribunal

2.5.1.1.1. Amonestación pública o privada

2.5.1.1.2. Suspensión del empleo

2.5.1.1.3. Destitución de su empleo

2.5.1.1.4. Inhabilitación temporal para desempeñar empleos, cargos o comisiones en el servicio público

2.5.1.2. imposición de las sanciones que desempeñaba el servidor público cuando incurrió en la falta

2.5.1.2.1. Nivel jerárquico y antigüedad en el servicio

2.5.1.2.2. Condiciones exteriores y los medios de ejecución

2.5.1.2.3. Reincidencia en el incumplimiento de obligaciones

2.5.2. Capítulo II Sanciones para los Servidores Públicos por Faltas Graves

2.5.2.1. Sanciones administrativas que imponga el Tribunal a los Servidores Públicos,

2.5.2.1.1. Amonestación pública o privada

2.5.2.1.2. Suspensión del empleo

2.5.2.1.3. Destitución de su empleo

2.5.2.1.4. Inhabilitación temporal para desempeñar empleos, cargos o comisiones en el servicio público

2.5.2.2. En el caso de que la Falta administrativa grave cometida por el servidor público En ningún caso la sanción económica que se imponga podrá ser menor o igual al monto de los beneficios económicos obtenidos

2.5.3. Capítulo III Sanciones por Faltas de particulares

2.5.3.1. Personas físicas

2.5.3.1.1. Sanción económica

2.5.3.1.2. Inhabilitación temporal

2.5.3.1.3. Indemnización por los daños y perjuicios ocasionados

2.5.3.2. Personas morales

2.5.3.2.1. Sanción económica

2.5.3.2.2. Inhabilitación temporal

2.5.3.2.3. suspensión de actividades, por un periodo que no será menor de tres meses

2.5.3.2.4. Pérdida de la capacidad legal de una persona moral, para el cumplimiento del fin por el que fue creada

2.5.3.2.5. Indemnización por los daños y perjuicios ocasionados

2.5.3.3. Imposición de las sanciones por Faltas de particulares

2.5.3.3.1. Grado de participación del o los sujetos en la Falta de particulares

2.5.3.3.2. Reincidencia en la comisión de las infracciones previstas

2.5.3.3.3. Capacidad económica del infractor

2.5.3.3.4. El monto del beneficio, lucro, o del daño o perjuicio derivado de la infracción

2.5.4. Capítulo IV Disposiciones comunes para la imposición de sanciones por faltas administrativas graves y Faltas de particulares

2.5.4.1. Imposición de las sanciones por faltas administrativas graves y Faltas de particulares

2.5.4.1.1. Suspensión o la destitución del puesto de los Servidores Públicos

2.5.4.1.2. La inhabilitación temporal para desempeñar un empleo

2.5.4.1.3. Sanciones económicas que serán impuestas por el Tribunal y ejecutadas por el Servicio de Administración Tributaria