Infracciones, Sanciones y Medidas de Control en Materia Aduanera

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Infracciones, Sanciones y Medidas de Control en Materia Aduanera por Mind Map: Infracciones, Sanciones y Medidas de Control en Materia Aduanera

1. Adolfo Martín Araujo López

2. Infracciones

2.1. Comete las infracciones relacionadas con la importación o exportación, quien introduzca al país o extraiga de él mercancías, en cualquiera de los siguientes casos:

2.1.1. Omitiendo el pago total o parcial de los impuestos al comercio exterior y, en su caso, de las cuotas compensatorias, que deban cubrirse.

2.1.2. Sin permiso de las autoridades competentes o sin la firma electrónica en el pedimento que demuestre el descargo total o parcial del permiso antes de realizar los trámites del despacho aduanero o sin cumplir cualesquiera otras regulaciones o restricciones no arancelarias emitidas conforme a la Ley de Comercio Exterior

2.1.3. Cuando su importación o exportación esté prohibida o cuando las maquiladoras y empresas con programa autorizado por la Secretaría de Economía

2.1.4. Cuando se ejecuten actos idóneos inequívocamente dirigidos a realizar las operaciones a que se refieren las fracciones anteriores, si éstos no se consuman por causas ajenas a la voluntad del agente.

2.1.5. Cuando se internen mercancías extranjeras procedentes de la franja o región fronteriza al resto del territorio nacional en cualquiera de los casos anteriores.

2.1.6. Cuando se extraigan o se pretendan extraer mercancías de recintos fiscales o fiscalizados sin que hayan sido entregadas legalmente por la autoridad

2.1.7. Cuando las mercancías extranjeras en tránsito internacional se desvíen de las rutas fiscales o sean transportadas en medios distintos a los autorizados tratándose de tránsito interno.

2.1.8. Cuando se introduzcan o se extraigan mercancías del territorio nacional por aduana no autorizada

2.1.9. Cuando no se acredite con la documentación aduanal correspondiente la legal estancia o tenencia de las mercancías en el país o que se sometieron a los trámites previstos en esta Ley, para su introducción al territorio nacional o para su salida del mismo.

2.1.10. Cuando el nombre, denominación o razón social o domicilio del proveedor en el extranjero o domicilio fiscal del importador, señalado en el pedimento

3. Sanciones

3.1. a quien cometa las infracciones relacionadas con el destino de las mercancías

3.2. a quien cometa las infracciones relacionadas con el control, seguridad y manejo de las mercancías

3.3. a quien cometa infracciones relacionadas con el uso indebido de gafetes de identificación utilizados en los recintos fiscales,

3.4. a quien cometa las infracciones relacionadas con la seguridad o integridad de las instalaciones aduaneras

3.5. Multas

3.5.1. a quienes cometan las infracciones relacionadas con las obligaciones de presentar documentación y declaraciones, así como de transmisión electrónica de la información

3.5.2. a quienes cometan la infracción relacionada con la obligación de llevar los sistemas de control de inventarios

3.5.3. a quien cometa infracciones relacionadas con la obligación de transmitir la información referente al valor de la mercancía y de los demás datos relativos a su comercialización

3.6. Se aplicarán a quien enajene, comercie, adquiera o tenga en su poder por cualquier título mercancías extranjeras, sin comprobar su legal estancia en el país.

4. Medidas de Control

4.1. Prevención Represiva

4.1.1. Este tipo de prevención se funda en la intimidación, se trata que el sujeto se desista de su idea infractora o delictiva a través de la punibilidad (amenaza de pena o sanción), se da en el ámbito legislativo. Aunque sabemos que la solución no sólo es la creación de normas, sino la aplicación correcta de éstas.

4.2. Prevención Mecánica

4.2.1. Trata de crear mecanismos que obstaculicen al infractor la comisión de las conductas ilícitas, en este contexto, por ejemplo puede auxiliar la implementación de la tecnología en las Aduanas y de instrumentos de detección de mercancías prohibidas o restringidas.

4.3. Prevención Colectiva

4.3.1. Trata de detectar y reducir los factores delictivos; se trata de una forma no penal, y es previa a la conducta ilícita, como ejemplo de ello, se tienen las campañas publicitarias y de información en medios de comunicación masivos, mediante las cuales se hace el conocimiento de los particulares las consecuencias de incurrir conductas ilícitas.