1. QUE ES PSICOLOGÍA JURÍDICA
1.1. Como dice Muñoz Sabaté (1980) todo intento de clasificación corre el peligro de ser puramente convencional y casi todas las clasificaciones pueden ser sustituidas por otras que aparentan idéntica validez.
1.1.1. Muñoz Sabaté (1980) nos presenta tres vías en las que la Psicología se puede relacionar con el Derecho como forma de delimitar el mundo existente entre estas dos disciplinas y hace una distinción entre la Psicología del Derecho, en el Derecho y para el Derecho.
1.1.1.1. La Psicología del Derecho, por una parte, va dirigida a explicar la esencia jurídica, que sería uno de los fines de la psicología jurídica, según Muñoz Sabaté (1980, citando a J. P. Haesert).
1.1.1.2. Frente a esta Psicología del Derecho, el Ps. Fernando Díaz Colorado (2003) dice que la Psicología tiene un papel de suma importancia, pues debe aportar en la tarea de hacer un mejor derecho.
1.1.1.2.1. Derecho; si bien el Derecho se concentra en el deber ser, la Psicología se concentra en el ser y sus conocimientos pueden ser muy útiles;
1.2. conceptos históricos
1.2.1. Dichas ciencias auxiliares, son llamadas a informar sobre los fines o política del Derecho, o para interpretar los hechos referentes al caso concreto.
1.2.2. Díaz (2003) sostiene, sobre el tipo de relación entre la Psicología y el Derecho, que en Colombia el papel de la Psicología es fundamentalmente de auxiliar del Derecho; y ha sido denominada Psicología Forense, es decir, la utilización de los conocimientos y prácticas psicológicas a la resolución de problemas legales.
1.2.2.1. Ha sido denominada Psicología Forense, es decir, la utilización de los conocimientos y prácticas psicológicas a la resolución de problemas legales.
1.2.3. Muñoz Sabaté (1980) propone que los anteriores esquemas o vías, tal vez nos hayan convencido de que debemos prescindir de explicar el método jurídico a través de la psicología (psicologismo jurídico); y de interferir en la política o fines del Derecho mediante criterios psicológicos.
1.2.4. Todas las escuelas hacen su aporte dese distintos puntos de vista
1.2.4.1. Uno de ellos radica en que dichos experimentos normalmente se han hecho con personas y en lugares ajenos a la escena real, lo cual descalifica sus resultados.
1.2.4.1.1. La segunda escuela expuesta por Mira y López (1980), es el Psicoanálisis
1.2.4.2. La tercera escuela que es la Personalogía difundida por Stern. Según Mira y López (1980), esta escuela propone un cambio a la técnica de investigación psicológica
1.2.4.2.1. La cuarta escuela que expone Mira y López (1980) es la Psicología de la Forma (Gestaltpasychologie). Según esta psicología, el acto delictivo es también una estructura (Gestalt) que no puede ser desmenuzada o descompuesta, como hacen los juristas, para ser enjuiciada.
1.2.4.3. Mira y López (1980) propone la escuela Genético Evolutiva que, en palabras de Piñeros (2004), ha sido de gran utilidad ya que sus investigaciones han demostrado la alta correlación genética del delito, debido a sus estudios con gemelos.
1.2.4.3.1. La sexta escuela es la Neuroreflexológica de Sherrington, Bechterew y Pavlov. Mira y López (1980) aduce que esta concepción psicológica explica la ineficacia de las sanciones (penas y castigos) para conseguir evitar la reincidencia.
1.2.4.4. Séptima escuela, Mira y López (1980) expone la Psicología Tipológica; y aporta a la psicología jurídica en cuanto ofrece extraordinarias sugerencias para la comprensión de las motivaciones y los efectos de las reacciones delictivas.
1.2.4.4.1. Octava escuela expuesta por Mira y López (1980) encontramos la Psicología Anormal, cuya utilidad psicojurídica se sobrentiende que es enorme.
1.2.4.5. Mira y López (1980) expone la novena escuela que es la Psicología Social; como uno de los grandes bastones de la psicología jurídica.
1.3. ÁREAS DE APLICACIÓN DE LA PSICOLOGÍA JURÍDICA EN COLOMBIA
1.3.1. Cabe destacar areas como: Psicología Jurídica, del Derecho, Forense, Judicial, Criminológica; esta diversidad en su terminología denota tanto una cierta ambivalencia, como una amplia gama de posibilidades de desarrollo. Hoy en día el término más extendido es el de Psicología Jurídica, aunque siguen utilizándose el resto de las denominaciones, dependiendo en cada caso tanto del autor como del contenido de lo tratado
1.3.1.1. Los autores García y Araña (2001) dicen que la actuación pericial de la psicología está siendo reclamada en orden creciente.
2. REFERENCIAS
2.1. Muñoz, E. (2005). El desarrollo de la Psicología Jurídica en Colombia desde la perspectiva de sus peritos y pioneros. Barranquilla: Fundación Universidad del Norte. División de Humanidades y Ciencias Sociales.
2.1.1. Mira y López, E. (1980). Manual de Psicología Jurídica. (6ta. ed.) Argentina: Editorial El Ateneo.
2.1.1.1. Morales, L.A. & López, E.G. (2010). Psicología jurídica: quehacer y desarrollo. Diversitas, Perspectivas en psicología. 6(2); 237-256.
3. CONCEPTO
3.1. La psicología jurídica es una de las ramas o especialidades de la psicología, la cual es relativamente nueva dentro del contexto colombiano.
3.1.1. Su definición es mejor explicada por Teixido (Citado por Parra, 2000), cuando expone que el objeto de estudio de la psicología jurídica va enfocado hacia la orientación de una leyes más adecuadas a la persona y a los grupos humanos; y a la orientación más idónea en la organización del sistema de administración de justicia
4. PSICOLOGIA JURIDICA EN COLOMBIA
4.1. Jiménez Burrillo (1986. Citado por: Caballero y Prada, 2001)
4.1.1. Estos autores presentan, además, las posibles causas que han contribuido a este atraso
4.2. Según Haward y Gudjonsson (1998)
4.2.1. El lugar de nacimiento de la Psicología Jurídica es Leipzig, Alemania; siendo en la Universidad de Leipzig donde se fundó el primer laboratorio de psicología experimental del mundo, por Wilhelm Wundt, en el año de 1879.
4.3. En Colombia, se destaca la Ps. Victoria Eugenia Villegas Mejía; quien en 1974
4.3.1. Empieza a desempeñarse como psicóloga forense en el Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses de la ciudad de Bogotá.
4.3.1.1. La ciudad de Bogotá y la de Medellín fueron pioneras en esta área de la psicología en Colombia
4.4. En la ciudad de Barranquilla, se destacará a la Universidad Simón Bolívar
4.4.1. Con la inclusión del área de psicología forense en su currículo académico desde 1995.
4.4.1.1. Se destaca la C.U.C., en el 2002; y la Universidad del Norte, en el año 2004. Las dos primeras, son pioneras en el área de Psicología Jurídica en pregrado
4.5. La psicología jurídica como tal, se presenta ante nuestros sentidos hacia 1800 y 1900 en Alemania;
4.5.1. En Colombia, hace su entrada en el año de 1974.
4.5.1.1. Hoy en día las investigaciones en este campo, van encaminadas en nuestro país primordialmente hacia las víctimas
4.6. Según lo hallado en las fuentes bibliográficas es posible afirmar que la psicología jurídica en Colombia tiene alrededor de 31 años de existencia y un pronóstico de larga vida.
4.6.1. Tal vez por la situación violenta que sufre el país,
4.6.1.1. La victimología, de la psicología forense y de la psicología del testimonio; han sido de gran importancia.
5. FUNCIONES DEL PSICOLOGO KURIDICO
5.1. las funciones del psicólogo jurídico dentro de su rol profesional incluyen:
5.1.1. Evaluación y Diagnóstico
5.1.2. Asesoramiento
5.1.3. Intervención
5.1.4. Investigación
5.1.5. Victimología
5.1.6. Mediación
5.2. ROLES
5.2.1. El rol clínico (de evaluación)
5.2.1.1. Se refiere a aquellos problemas de evidencia en donde el estado mental o la anormalidad mental de una de las partes es relevante para el asunto legal.
5.2.2. El rol experimental
5.2.2.1. Es impersonal en el sentido en que el testigo experto que adopta este rol, normalmente no verá a la parte de la cual se encarga el trabajo experimental hasta que vaya a la corte a testificar.
5.2.3. El rol actuarial
5.2.3.1. El actuario es un matemático que estudia la incidencia de un evento humano, en una muestra apropiada de una población.
5.2.3.1.1. Esto habilita a las compañías de seguros a predecir con precisión qué tan seguido eventos asegurados ocurrirán.
5.2.4. El rol asesor
5.2.4.1. El rol en el cual los psicólogos forenses eximan la evidencia que ha sido propuesta por otro experto, usualmente pero no siempre, de su misma profesión.
6. La célebre colombiana, Ángela Cristina Tapias Saldaña (2002),
6.1. A diferencia las áreas de aplicación de la psicología jurídica en personajes y procesos de la siguiente manera
6.1.1. Personajes
6.1.2. Agresor
6.1.3. Víctimas
6.1.4. Profesionales
6.1.5. Otras personas en conflicto
6.2. Procesos civiles, en los cuales el psicólogo tiene una alta injerencia como asesor en los Juzgados de Familia para asesorar procesos de custodia de los hijos y de régimen de visitas postdivorcio (Ibañez y Luis, 1998. Citado por Tapias, 2002).
6.2.1. Peritaje
6.2.2. Asesoría a los abogados y a la norma
6.2.3. Conciliación
6.2.4. Criminología
6.2.5. Psicología Penitenciaria
6.2.6. Psicología Forense
6.2.7. Psicología del testimonio