1. El derecho penal subjetivo, en su sentido más amplio, es la facultad que el estado tiene de definir los delitos y fijar y ejecutar las penas o medidas de seguridad: es el llamado jus puniendi.
2. El derecho penal objetivo es el régimen jurídico por el cual el estado sistematiza, limita y precisa su facultad punitiva, cumpliendo con la función de garantía que, justamente con la tutela de bienes jurídicos, es el derecho del derecho penal
3. norte
4. Delito {accion, omision, culposo
5. Sánchez Villar Luis Enrique 6-1 matutino
6. regula la potestad punitiva del Estado, asociando a hechos, estrictamente determinados por la ley, como presupuesto, una pena, medida de seguridad o corrección como consecuencia
7. Conjunto de normas de derecho que tienen por objeto la sanción de las infracciones. En sentido amplio, el derecho penal también comprende las normas que tienden a la sanción de los estados peligrosos. Sinónimo: derecho criminal.
8. Es una parte del derecho público interno que trata del delito, el delincuente y las penas.
9. Elementos del delito conducta, tipicidad, imputabilidad, punibilidad, culpabilidad