los derechos y obligaciones de los universitarios de la UDGpor Alma Perez
1. I.- Recibir la enseñanza que imparta la Universidad.
2. III.- Reunirse, asociarse y expresar dentro de la Universidad sus opiniones sobre los asuntos que a la Institución conciernan, sin màs limitaciones que las de no interrumpir las labores universitarias y guardar el decoro y el respeto debidos a la Institución y a los miembros de su comunidad.
3. VI.- Estudiar y cumplir con las demás actividades escolares o extraescolares derivadas de los planes y programas académicos.
4. VII.- Cooperar mediante sus aportaciones económicas, al mejoramiento de la Universidad, para que ésta pueda cumplir con la mayor amplitud su misión.
5. VIII.- Presentar, de acuerdo con su condición, el Servicio Social que la Universidad disponga.
6. X.- Las demás que establezcan los ordenamientos correspondientes.
7. La condición de alumno en la Universidad de Guadalajara se pierde por cualquiera de las siguientes causas, mismas que se encuentran establecidas en el articulo 32 del Estatuto General.
8. I.- Por conclusión del plan de estudios.
9. III.- Por resolución definitiva, emitida por autoridad competente.
10. II.- Obtener, mediante la acreditación de las respectivas pruebas de conocimiento y demás requisitos establecidos, el diploma, titulo o grado universitario correspondiente
10.1. III.- Reunirse, asociarse y expresar dentro de la Universidad sus opiniones sobre los asuntos que a la Institución conciernan, sin màs limitaciones que las de no interrumpir las labores universitarias y guardar el decoro y el respeto debidos a la Institución y a los miembros de su comunidad.
11. IV.- Formar parte de los órganos de gobierno de la Universidad
12. V.- Realizar actividades en beneficio de la Institución.
13. IX.- Realizar actividades académicas en los términos de los planes y programas correspondientes, y;
14. II.- Por renuncia expresa a la Universidad
15. V.- Los alumnos como parte de la comunidad universitaria son responsables por el incumplimiento de las obligaciones que les imponen la Ley Orgánica, el Estatuto General y sus reglamentos.
16. IV.- En los demás casos que establezca el Consejo General Universitario.
17. VII.- Ocurrir a la Universidad en estado de ebriedad o bajo los efectos de algún estupefaciente, psicotropico o inhalante, ingerir, distribuir onerosa o gratuitamente a otros, en los recintos universitarios, bebidas alcohólicas y las substancias consideradas por la ley como estupefacientes o psicotropicos, o cualquier otra que produzca efectos similares en la conducta del individuo que los utiliza.