Organización Política de la colonia

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1. la familia: el padre tiene todos los derechos sobre los hijos; el municipio era la base territorial y estaba dominado por la nobleza, las atribuciones del municipio eran muy amplias, mayores que las del Estado; el corregidor era una especie de gobernador civil con mayores poderes, su función era ejercitar por la baja y los medios nobles; el señorío territorial y señorial representaba la delegación del poder real en favor de un particular (más de la mitad de las villas de España estaban sometidas al régimen señorial). el Rey: la autoridad real recibió una sanción religiosa y civil, tenía carácter absoluto (no estaba obligado a las órdenes ordinarias, solo a las morales y divinas); los poderes públicos de que estaba en proceso la sociedad se contraponía a la suprema autoridad que poseía el rey; las Cortes representaban el reino y eran el órgano de colaboración con él, hacían jurar los fueros a los ojos y votaban los impuestos extraordinarios; Los consejos fueron órganos asamblearios consultantes encargados de asuntos específicos: Consejo de Estado, Consejo de Castilla, Consejo de Indias, Consejo de Hacienda; la Iglesia: el regalismo se cifró en la confrontación permanente entre el poder monárquico y el pontificio por el control de títulos discutibles: retención de bulas, inmunidades, patronato sobre las iglesias, recursos de fuerza, los reyes de España reclamaban a la Iglesia los derechos de presentación de cargos eclesiásticos, pase regio y recursos de fuerza. Las interferencias entre la Iglesia y el Estado fueron jurisdiccionales, económicas y políticas.

2. ORGANISMOS DE GOBIERNO METROPOLITANOS

2.1. La Casa de Contratación de las Indias (1503) La Corona castellana, al monopolizar los derechos de descubrimiento y soberanía sobre los nuevos territorios, quiso controlar también la emigración a ultramar. El tráfico castellano con América se centralizó en Sevilla, donde el rey tuvo un representante y pronto creó su Casa de la Contratación de las Indias occidentales en 1503, a imitación del modelo lusitano de la Casa de Guiné e Mina, más tarde Casa de India.

2.2. El Consejo de Indias (1517) - Consejo Real y Supremo de las Indias Los orígenes de este máximo órgano consultivo del gobierno de Indias se remontan a 1517, fecha en la que los responsables de la política americana se independizaron del Consejo de Castilla. Pero el Consejo Real y Supremo de Indias no adquirió su forma definitiva hasta el reinado de Felipe II. Creado en 1524 para atender los temas relacionados con el gobierno de los territorios españoles en América. En 1834 resultó definitivamente suprimido.

3. ORGANISMOS DE GOBIERNO AMERICANOS

3.1. Los CABILDOS La base política de la colonia la formaban los cabildos, instituciones municipales que en su día constituirían la base de los movimientos emancipadores. Ya dijo algún autor que España sembró cabildos en toda Hispanoamérica y recogió más tarde naciones.

3.2. Las AUDIENCIAS Como eslabón intermedio entre los cabildos y el virrey, estaban las audiencias, que eran un organismo colegiado integrado por jueces, denominados oidores, con la función de administrar justicia y actuar como tribunales de apelación en las diferentes provincias. Más tarde se añadió un fiscal. En el orden jerárquico, ocupaba un lugar por debajo del virrey, aunque mantenía un alto nivel de independencia. Las audiencias americanas tuvieron mayores competencias que las españolas, que sólo actuaban como tribunales de justicia.

3.2.1. Audiencias en el siglo XVI: La Audiencia de Santo Domingo (actual República Dominicana) actuó desde 1524 hasta 1527. La Audiencia de México (1527) La Audiencia de Panamá (1530) La Audiencia de Lima (1542) La Audiencia de Los Confines o Guatemala (1543) La Audiencia de Santa Fe de Bogotá (Colombia) (1549) La Audiencia de Nueva Galicia o Guadalaja (México) (1548) La Audiencia de Charcas (1559) La Audiencia de Buenos Aires (1561) La Audiencia de Quito (1563) La Audiencia de Chile (1563) Al final se formaron once audiencias en tierras americanas y una en Manila (Filipinas).

3.3. La GOBERNACIÓN En algunos países, territorio que depende del gobierno nacional: las gobernaciones en la antigua América hispánica gozaban de competencias administrativas, legislativas y judiciales.

3.4. Los VIRREINATOS En la cima de la organización jurídico-política estaban los virreyes. Virrey era el título utilizado en España, Portugal, Gran Bretaña y Francia para denominar al representante de la monarquía en el gobierno de los reinos situados fuera de los propios límites fronterizos.

4. ESTRUCTURA SOCIAL DE LA COLONIA AMERICANA

4.1. Hasta la llegada de Diego Colón como gobernador a Santo Domingo (1509), la sociedad antillana estaba constituida por inmigrantes de la clase humilde procedentes de Andalucía occidental y Extremadura, algunos vascos, aragoneses, genoveses, esclavos negros hispanizados y gentes de varia procedencia. El mestizaje racial ya se había iniciado, ya que la mayoría de los inmigrantes llegados de Europa eran solteros

4.2. Llega Diego Colón, acompañado de su esposa, de familia noble, y comienza a constituirse una sociedad estamental al estilo castellano. La élite del poder la formaban los funcionarios reales. Los repartimientos y encomiendas de indios, servirían de base a una jerarquización social, apoyada en los siguientes factores; la condición de hidalgo, a falta de nobles, era la más apreciada por los gobernadores; los lazos de amistad y paisanaje con los que ejercían el poder; la veteranía y experiencia en la frontera del baquiano. Primero estaban los funcionarios públicos y los clérigos, les seguían en influencia los encomenderos y misioneros, luego los empresarios (mercaderes, prestamistas, dueños de medios de explotación o de transporte); a continuación estaban los propietarios de plantaciones o de ganado. En los niveles más inferiores estaban los técnicos mineros, los empleados y criados, los artesanos, los aventureros, los vagabundos.

5. la Organización del estado y la Monarquía Hispánica bajo los reyes católicos

5.1. El reinado de los Reyes Católicos (1469-1516) marca el límite entre la Edad Media y la Edad Moderna

5.2. Se caracteriza por la unión política de los reinos peninsulares, la conclusión de la Reconquista y el descubrimiento de América

5.3. Los órganos de poder en España eran:

6. Incorporación de las Indias Occidentales al reino de Castilla

6.1. La América Hispana no estaba compuesta de “colonias”.

6.2. La corona de Castilla no llamó nunca “colonias” a sus “reinos de Ultramar”; sino “reinos de las Indias”.

6.3. Y un maestro vasco de la Universidad de Salamanca, comparaba, en 1529, la soberanía y dignidad política de esos “reinos” indianos, con las de los reinos europeos de Francia, Castilla y Venecia.

6.4. Las tierras conquistadas hasta el 1518 se consideraron jurídicamente adquiridas a título personal mitad por el rey Fernando de Aragón (Fernando el Católico), mitad por la Reina Isabel de Castilla (Isabel la Católica) y se administraron como señoríos reales.

6.5. A partir de 1519, las llamadas Indias Occidentales fueron incorporadas al reino de Castilla como parte inalienable del mismo. «Los flamencos que llegaron a Castilla con Carlos I demostraron una brutal voracidad de mercedes, que el rey les concedió sin chistar y que constituyeron un verdadero escándalo; entre ellas figura la concesión de licencias en exclusiva para llevar esclavos a las Antillas, y que apenas obtenidas las vendieron a altos precios a negreros genoveses; el resultado fue que, por encarecimiento de la mano de obra, las plantaciones de caña en Santo Domingo se convirtieron en muy poco rentables y declinaron con rapidez.

6.6. Las irresponsables y estrafalarias concesiones reales a los flamencos de su entorno fueron tantas que en la Corte se temió el traslado de Sevilla a Flandes de la Casa de Contratación de las Indias [fundada en 1503 para monopolizar el comercio con el Nuevo Mundo].