Familia Sustituta
por Andrés Suárez
1. Definición y Objeto
1.1. Es aquella que no es familia de origen, pero acoge mediante una decisión judicial a un niño/a o adolescente
1.2. Esta se lleva a cabo:
1.2.1. Porque el niño o adolescente carece de padres
1.2.2. Porque los padres estén afectados en la titularidad, guarda o patria potestad
1.3. Esta puede ser temporal o de forma permanente
1.4. Tiene como objeto garantizar la oportunidad de crecer dentro de un entorno familiar
2. Modalidades
2.1. Según el articulo 394 de la LOPNNA, comprende 3 modalidades:
2.1.1. Colocación familiar
2.1.2. La Tutela
2.1.3. La Adopción
3. Principios fundamentales
3.1. Deber de escuchar al niño/a o adolescente
3.2. Su consentimiento es necesario si es mayor de 12 años y si no tiene algún defecto intelectual, que le impide entender
3.3. Conviene que existan parentesco entre el niño/a o adolescente y la familia sustituta
3.4. La responsabilidad de acoger a un niño bajo esta figura es intransferible
3.5. Opinión del equipo multidisciplinario
3.6. No se descalificara a ninguna familia sustituta por razón de no tener recursos económicos
3.7. Si la familia sustituta es por adopción o es pariente podrá residir en el extranjero
4. Programas
4.1. Tiene como objeto incentivar la sensibilizacion y formación de familia para el cumplimiento de la corresponsabilidad de los principios sociales, que tienen cada uno con el Estado
4.2. Son promovidos por órganos competentes, tales como:
4.2.1. Consejo municipal del derecho del niño, niña y adolescente
4.2.2. Consejos comunales