1. Programa de Atención Psicosocial y Salud Integral a Víctimas- PAPSIVI
1.1. Ruta de Acompañamientos. Este organismo del estado forma parte del ministerio de salud y protección social, de acuerdo al decreto 4800 de 2011, artículo 164. PAPSIVI atiende a las victimas del Conflicto Armado en Colombia. de manera individual o colectiva.
1.1.1. La atención de este organismo cubre: reparación, atención en salud (física y mental) trabaja con el grupo social para la recuperación y recosntrucción del tejido social.
1.1.1.1. Se identifica cuales son las necesidades de las vïctimas, se realiza un plan que contiene atención en salud, atención psicosocial y al final se hace un cierre del proceso.
1.1.1.1.1. se valora a la victima identifiando si tiene plan de salud al cual este afiliado, si no lo tiene se afilia, se identifica que problemas tiene en la salud, si esta muy enfermo se hospitaliza o se puede atender ambulatoriamente según el caso.
2. CLAV-El Centro Local de Atención a Víctimas.del Conflicto Armado Interno
2.1. Ruta de Acompañamiento. Esta ley se aplica a partir de 1985 . ley 1448 de 2011. a quienes la ley cobija son a las personas que hayan sufrido algunas de las siguientes situaciones por causa del Conflicto Armado en Colombia.
2.1.1. Los CLAV, entidad del Estado donde victimas del Conflicto Armado pueden denunciar para que realicen investigaciones. lo pueden hacer ellos mismos o un apoderadoDesplazamientos, despojo de tierras, desaparición forzada, secuestro, actos terroristas, delitos contra la integridad sexual. reclutamiento ilícito, por parte de grupos guerrilleros, paramilitares, bacrim, o por parte de grupos de narcotraficantes. en el contexto del conflicto armado
2.1.1.1. CLAV. Las victimas del conflicto armado interno, reciben asesoría, orientación, se les restablecen los derechos que tienen las victimas que fuerón desplzadas de las tierras por causa del conflicto armado.
2.1.1.1.1. El estado se compromete a realizar la investigación con los datos que la victima aporte, además los datos son confidenciales.
3. Jurisdicción Especial para la Paz-JEP. Acto Legislativo 01 de 2017
3.1. JEP los implicados deben cumplir con requisitos especiales, de verdad, reparación y no repetición.
3.1.1. Incluidos en estos procesos quienes quedarón incritos en el acuerdo de paz y la participación en el SIVJRNR.
3.1.1.1. Miembros del estado, guerrilleros de las FARC EP. serán también procesados quienes cometierón delitos en medio del conficto armado.
3.1.1.1.1. El trabajo de la JEP tiene prevalencia sobre sobre todas las conductas cometidas en el marco del conflicto armado en colombia, tiene por ahora 10 años y 5 más por solicitud de los magistrados, para resolver procesos, sí aún no han terminado.
3.2. La JEP dara seguridad jurídica a quienes estuvierón implicados en el conflicto armado de manera directa o indirecta,
3.2.1. Delitos que serán juzgados, de lesa humanidad, crímenes de guerra, el acceso carnal violento, sustracción o reclutamiento de menores, desplazamiento forzado, ejecuciones extrajudiaciales, la desaparición forzada, toma de rehenes, torturas.
3.2.1.1. Todos los implicados en el contexto del conflicto, tendran derecho al debido proceso, presumirles inocencia hasta no comprobar lo contrario, a tener una defensa, las sentencias serán fundamentadas en pruebas confiables
3.3. La JEP. Tiene el objetivo de investigar, esclarecer, perseguir, juzgar y sancionar vilaciones a los derecho humanos, ocurridos en el conflicto armado en Colombia. para que la paz sea estable y duradera.
3.3.1. Darle el derecho a las victimas a la justicia, verdad a la sociedad en Colombia, contribuir a la reparación de las víctimas, luchar contra la impunidad, dar seguridad jurídica a los actores del conflicto.
3.3.1.1. Las víctimas tienen derecho a la verdad la reparación y no repetición, La JEP debe propender por dar el derecho a todos los Colombianos a la paz.
3.3.1.1.1. El enfoque diferencial tiene que ver con, violaciones a mujeres, pueblos indígenas, afro-descendiente, campesinos, personas en condición de discapacidad, desplazados, refugiados, adultos mayores y LGBTI.
3.4. Ruta de acompañamiento. Atención a las víctimas en la JEP: Jurisdicción especial para la paz. Participación de víctimas en la UIA: Unidad de investigación y acusación, de la JEP.
3.4.1. Comunicación, participación de las victimas con la JEP inicialmente con victimas se acuerda un proceso de protocolo
3.4.1.1. La JEP se reune con Víctimas a traves de organizaciones de mujeres, infancia ninez, indígenas, afro, y LGBTI.
3.4.1.1.1. Para ser más eficaz la JEP trabaja con otros organismos del Estado, fisclía General de la Nación, Medicina Legal, Defensoria del Pueblo, Medicina Legal, Policia Nacional, Ejercito, etc. para satisfacer necesidades de las víctimas, además de lo Jurídico con acompañamiento Psicosocial
4. RNI Red Nacional de Informacón
4.1. Estamento que da información rápida y eficaz sobre violaciones a los derechos humanos de la pablación víctima en el país.
4.1.1. Articula diferentes sistemas de información. Sistema Nacional de Atención y Reparación Integral a las Víctimas
4.2. Reparación individual. Medida individual de indemnización administrativa. Resolución 01958 del 6 junio de 2018
4.2.1. También tiene encuenta, lo colectivo, material, moral y simbolico.
4.2.1.1. Rehabilitación indemnización, satisfacción, restitución de tierras, fuentes de ingreso, empleo, acceso a crédito y garantías de no repetición.
4.2.1.1.1. El estado garantiza, educación, salud, vivienda, empleo, devolver la dignidad, memoria, recuperar la verdad.
4.3. Proceso para recibir indemnización, priorizada transitoria general. Las victimas deben Registro único de victimas RUV
4.3.1. Deben ser victimas de hechos ocurridos en el marco del conflicto armado en Colombia, que viven en dentro o fuera del pais
4.3.1.1. Desplazamiento forzado, homicidio, dasaparición, secuestro, tortura, lesiones de incapacidad, abuso sexual, niños nacidos por esta consecuencia, reclutamiento forzado.
4.3.1.1.1. si cumple con los requisitos pide cita y lleva documentación al No tel. 4261111, diligencia un formulario donde solicita indemnización,
4.4. Ruta de acompañemiento. artículo 134 de ley 1448 de 2011
4.4.1. Para que la víctima invierta bien la indemnización mejoré las condiciones de vida, de manera voluntaria, participan distintas entidades SNARIV
4.4.1.1. Asesoría y orientación, oportunidades reales de inversión, evaluación y seguimiento de la inversión. pueden usarla para vivienda, creación de empresas, formación técnica para las victimas o los hijos.
4.4.1.1.1. Las acciones que se desarrollan son: ferias integrales de servicios, planes, programas, proyectos, con el fin de apoyar a la victima a una reparación integral, educación financiera, encuentro sumando metas I y II- estrategias para el posconflicto.