Ley General de Responsabilidades Administrativas

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1. TÍTULO TERCERO. DE LAS FALTAS ADMINISTRATIVAS DE LOS SERVIDORES PÚBLICOS Y ACTOS DE PARTICULARES VINCULADOS CON FALTAS ADMINISTRATIVAS GRAVES

1.1. Capítulo I. De las faltas administrativas no graves de los servidores públicos

1.1.1. Artículos 49 y 50

1.2. Capítulo II. De las faltas administrativas graves de los servidores públicos

1.2.1. Artículos 51 al 64

1.2.1.1. Incurrirá en cohecho el servidor público que exija, acepte, obtenga o pretenda obtener a través de terceros beneficios en su remuneración con motivo de sus funciones como servidor público.

1.3. Capítulo III. De los actos particulares vinculados con faltas administrativas graves

1.3.1. Artículos 65 al 72

1.3.1.1. Incurrirá en participación ilícita en procedimientos administrativos el particular que realice actos u omisiones para participar en los mismos, sean federales, municipales o locales, no obstante por ley se encuentre inhabilitado para ello.

1.4. Capítulo IV. De las faltas particulares en situación especial

1.4.1. Artículo 73

1.4.1.1. Se consideran aquellas faltas cometidas por candidatos de elección popular, miembros de equipo de campaña o transición.

1.5. Capítulo V. De la prescripción de la responsabilidad administrativa

1.5.1. Artículo 74. El plazo de prescripción será de 7 años

2. Artículo 1°. Su objetivo principal es distribuir competencias entre los ordenes de gobierno para establecer las responsabilidades administrativas de los servidores públicos, obligaciones, las sanciones aplicables por los actos y omisiones, así como las faltas administrativas graves en las que incurran y los procedimientos para su aplicación.

3. LIBRO SEGUNDO. DISPOCISIONES ADJETIVAS

3.1. TÍTULO PRIMERO . DE LA INVESTIGACIÓN Y CALIFICACIÓN DE LAS FALTAS GRAVES Y NO GRAVES

3.1.1. Capítulo IV. Impugnación de la calificación de las faltas no graves.

3.1.1.1. Artículos 102 al 110

3.1.2. Capítulo I. Inicio de investigación

3.1.2.1. Artículos 90 al 93

3.1.3. Capítulo II. De la investigación

3.1.3.1. Artículos 94 al 99

3.1.4. Capítulo III. De la calificación de faltas administrativas

3.1.4.1. Artículos 100 y 101

3.1.5. Capítulo IV. Impugnación de la calificacición de las faltas no graves

3.1.5.1. Artículos 102 al 110

3.2. TÍTULO SEGUNDO. DEL PROCEDIMIENTO DE RESPONSABILIDAD ADMINISTRATIVA

3.2.1. Capítulo I. Disposiciones al procedimiento de responsabilidad administrativa

3.2.1.1. Secciones 1 a 12

3.2.1.1.1. Artículos 111 al 200

3.2.1.1.2. Principios, medidas cautelares, de las pruebas, en particular, de los incidentes, de la acumulación, de las notificaciones, de los informes, de la improcedencia y el sobreseimiento, de las audiencias, actuaciones y resoluciones.

3.2.2. Capítulo II.. Del procedimiento de responsabilidad administrativa ante las Secretarías y Órganos internos de control

3.2.2.1. Artículo 208

3.2.3. Caítulo III. Del procedimiento de responsabilidad administrativa cuya resolución corresponda a los Tribunales

3.2.3.1. Artículo 209

3.2.3.1.1. Secciones 1 a 4

3.2.4. Capítulo IV. De la Ejecución

3.2.4.1. Sección Primera

3.2.4.1.1. Artículos 222 y 223

3.2.4.2. Sección segunda

3.2.4.2.1. Artículos 224 al 229

4. TÍTULO PRIMERO

4.1. Capítulo I. Objeto, ámbito, aplicación y sujetos de la ley.

4.1.1. Artículos 1 al 5.

4.1.1.1. Objeto de esta Ley. Los principios y obligaciones que rigen la actuación de los servidores públicos y las faltas admisnitrativas graves y no graves, así como las sanciones aplicables.

4.2. Capítulo II. Principios y directrices que rigen la actuación de los Servidores Públicos

4.2.1. Artículos 6 al 7.

4.2.1.1. Los servidores públicos se basan en los principios de disciplina, honestidad, legalidad, objetividad, lealtad, integridad, eficiencia y eficacia, rendición de cuentas en el desempeños de sus actividades.

4.3. Capítulo III. Autoridades competentes para aplicar esta Ley.

4.3.1. Artículos 8 al 14

4.3.1.1. Las autoridades de la Federación y entidades federativas concurrirán en el cumplimiento del objeto y objetivos de esta Ley.

5. TÍTULO SEGUNDO. MECANISMOS DE PREVENCIÓN E INSTRUMENTOS DE RENDICIÓN DE CUENTAS

5.1. Capítulo I. Mecanismos Generales de prevención

5.1.1. Artículos 15 al 23

5.1.1.1. Las Secretarías y Órganos internos de control les corresponden el previo diagnóstico que al efecto realicen y aplicar las acciones correspondientes, para prevenir las faltas administrativas y hechos de corrupción.

5.2. Capítulo II. De la integridad de las personas morales

5.2.1. Artículos 24 -25

5.2.1.1. Sanciones por faltas administrativas a personas físicas que actuen en su nombre o representación de la persona moral.

5.3. Capítulo III. De los instrumentos de rendición de cuentas.

5.3.1. Artículos 26 al 31

5.3.1.1. Sección Primera. Del sistema de evolución patrimonial, de declaración de intereses y constancia de presentación de declaración fiscal.

5.3.2. Artículo 32

5.3.2.1. Sección segunda. De los sujetos obligados a presentar declaraciones patrimoniales y de intereses

5.3.3. Artículos 33 al 42

5.3.3.1. Sección tercera. Plazos y mecanismos de registro al sistema de evolución patrimonial, de declaración de intereses y constancia de presentación de declaración fiscal

5.3.4. Artículo 43

5.3.4.1. Sección cuarta. Régimen de los servidores públicos que participan en contrataciones públicas.

5.3.5. Artículos 44 y 45

5.3.5.1. Sección quinta. Del protocolo de actuación en contrataciones.

5.3.6. Artículos 46 al 48

5.3.6.1. Sección sexta. De declaración de intereses. Los servidores públicos tienen la obligación de presentar declaración de intereses que deban presentar declaración patrimonial estipulado en esta Ley.

6. TÍTULO CUARTO. SANCIONES

6.1. Capítulo I. Sanciones por faltas administrativas no graves

6.1.1. Artículos 75 al 77

6.1.1.1. Las amonestaciones que impondrán los tribunales, órganos internos o la Secretaría son: amonestación pública o privada, suspensión de empleo, cargo o comisión y inhabilitación temporal de empleo, cargos o comisiones al servicio público.

6.2. Capítulo II. Sanciones para los servidores públicos por faltas graves

6.2.1. Artículos 78 al 80

6.2.1.1. Las amonestaciones que impondrán los tribunales, órganos internos o la Secretaría son: amonestación pública o privada, suspensión de empleo, cargo o comisión y inhabilitación temporal de empleo, cargos o comisiones al servicio público.

6.3. Capítulo III. Sanciones por faltas particulares

6.3.1. Artículos 81 al 83

6.3.1.1. Personas Morales: Sanción económica, inhabilitación para participar en adquisiciones, suspensión de actividades, disolución de la sociedad e indemnización por daños y prejuicios.

6.3.1.2. Personas físicas: Sanción económica, inhabilitación para participar en adquisiciones y arrendamientos, servicios u obras públicas. Indemnización por daños y prejuicios.

6.4. Capítulo IV. Disposiciones comunes para la imposición de sanciones por faltas administrativas graves y Faltas de particulares

6.4.1. Artículos 84 al 89