El Debido Proceso en Materias Civiles

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El Debido Proceso en Materias Civiles por Mind Map: El Debido Proceso en Materias Civiles

1. Definición y Comentarios

2. Características Básicas

3. Nicaragua y el Debido Proceso.

4. ¿A que se refiere con otro camino?

5. Las características básicas del Debido Proceso de dividen en 3 y son las siguientes

6. Razonabilidad

7. Proporcionalidad

8. Progresivo

9. El Debido Proceso no debe regirse de manera absoluta, puesto que no se consideran reglas imperativas, si no estándares a seguir por cada tribunal en aras de dar una resolución apegada a Derecho.

10. Cada caso debe observarse desde la perspectiva de su contexto, y a partir de ello, cautelar la aplicación del debido proceso.

11. Cuando vamos al Supermercado a comprar víveres, no tomamos las mismas precauciones que tomaríamos cuando compramos un bien inmueble.

12. Un juicio en donde la cuantía demandada o la envergadura de los Derechos puestos a consideración judicial son muy grandes, el debido proceso deberá aplicarse con mayor cautela a cada paso de la audiencia

13. Es decir, que mas alla de toda duda razonable el juez debera estar convencido

14. Sin embargo, esto no significa que para los juicios de menor envergadura, no haya debido proceso, al contrario, si existe pero su cautela en cuanto a aplicación es menor.

15. Esto representa la fluidez aplicativa del Debido proceso

16. Dado que el debido proceso son estándares que un adjudicador debe seguir durante el juicio, dichos estándares se aplicaran con distinta intensidad en dependiendo del caso concreto

17. Puede considerarse una extensión de la característica de razonabilidad.

18. Mayor la pena=Mayor el cuido

19. La aplicabilidad o el cuido del Debido Proceso son análogos a las compras o quehaceres de la vida cotidiana, las precauciones que tomamos al comprar víveres no es la misma que tomaríamos al comprar un bien inmueble.

20. El Debido Proceso es proporcional puesto que se toman (los tribunales) protecciones proporcionales a la importancia de la decisión que enfrentan los tribunales

21. ¿Acaso el Juez no debe fallar sencillamente con quien más lo convenza?

22. Si, el juez debe fallar a favor de quien favorezca a su convicción en mayor medida. Sin embargo, tal y como se explicaba antes, dependiendo del caso concreto el juez no deberá solamente estar vagamente convencido (51%) si no que tambien debera estar completamente seguro que la parte perdidosa no salga afectada por un posible error, procurando llegar al 90% de certeza.

23. Ejemplo.

24. Tal y como el Derecho mismo, los estándares esenciales que componen al Debido Proceso evolucionan con el tiempo.

25. Sus componentes esenciales no son estáticos, por ende los estándares básicos a adoptarse cambian en el plano internacional conforme nuevas necesidades se hacen visibles

26. Como la novísima reforma regional en Latinoamérica en cuanto a los procesos civiles.

27. Puesto que hasta hace poco, se tomo la oralidad como medio único para lograr la convicción del juez, sintonizando así, los preceptos presentes en el Derecho Internacional para esta institución del Derecho.

28. Primeramente, es menester destacar que es imposible determinar derechos u obligaciones de las personas sin un proceso previo que contemple el análisis y aplicación requerimientos mínimos.

29. ¿Qué son esos requerimientos mínimos?

30. Se conocen como el Debido Proceso el conjunto de estándares procedimentales que todo proceso, independientemente de la materia, debe seguir en aras de garantizar a los ciudadanos su efectiva tutela judicial

31. Sin embargo, de acorde la Doctrina Internacional, el definir el Debido Proceso implicaría encerrar en márgenes la posibilidad semántica que este podría ostentar en un futuro, por ende, se ha preferido otro camino

32. ¿Cuáles son estos requerimientos mínimos?

33. Se optó por el camino de la funcionalidad, el cual conlleva a una compresibilidad mayor por parte de los posibles lectores.

34. Entonces, ¿Para qué sirve el Debido Proceso?

35. Sirve para fijar ante los tribunales de un país, indistintamente de su materia, una cantidad de preceptos básicos a observarse con cautela a lo largo del proceso y basar las decisiones o sentencias en dichos principios.

36. Exigencias mínimas en el Marco Internacional.

37. En el caso de Nicaragua, ellos se encuentran contenidos en el articulo 34 de la Constitución Política y algunos son:

38. A ser tenido como inocente siempre y cuando no se demuestre lo contrario

39. A ser juzgado sin dilaciones y por el Juzgado competente

40. A no ser sustraído de su Juez natural

41. A requerir y recibir la asistencia formal de un interprete siempre y cuando el idioma que la persona habla no es el mismo que el del tribunal

42. A no ser juzgado retroactivamente por la ley.

43. Tener Derecho a la proporción oficiosa de Defensa mediante un abogado.

44. El Derecho Internacional en su ámbito publico y a través de las voluntades de varios Estados contratantes ha establecido claramente los puntos indispensables para el Debido proceso en dos cuerpos internacionales.

45. Convención Europea de Derechos Humanos

46. Pacto Internacional de Derechos Civiles y Politicos

47. Plasma en su cuerpo, específicamente en su articulo 6, los estandares necesarios y a los que deben sujetarse los Estados parte, bajo la denominación "Derecho a un proceso equitativo"

48. Algunos de esos preceptos son:

49. Toda persona se presume inocente mientras no se demuestre lo contrario

50. A ser informado en la lengua que comprenda la acusación formulada contra el

51. A ser asistido gratuitamente de requerirse y de tener la posibilidad de defenderse asi mismo.

52. Estos preceptos están en sintonía con:

53. Plasma en su deslinde codicistico, sin nomenclatura aparente y específicamente en su articulo 14 los preceptos requeridos para el Debido Proceso y de igual forma están en sintonía con la legislación Nicaragüense.

54. ¿Cuales son las exigencias mínimas?

55. Audiencia pública, oral y contradictoria.

56. Plazo Razonable

57. Estandarización y no regulación.

58. Esto implica que el ciudadano o ciudadanos en cuestión, cuyos derechos y obligaciones serán puestos a determinación judicial, tienen el derecho de exigir que le proceso se desarrolle de forma ágil, dentro de los margenes establecidos por la ley.

59. Esto indica, que el único objeto sobre el cual el adjudicador deberá basar su convicción, sera el proceso de audiencia en donde ambas partes tienen la oportunidad de presentar aquello que encuentren a bien, mientras ostentan la ocasión para desacreditar a la otra.

60. ¿Porqué oral?

61. ¿Porqué público?

62. Puesto que de lo contrario, contribuirá a la delegación de funciones dentro de un tribunal y un intercambio de papeles entre abogados y autoridades judiciales. De ser escrito, la oportunidad de ambas partes para desmeritarse no vería la luz jamas.

63. Puesto que esto constituye una herramienta de control ciudadano, ya que somete al juez no solo al escrutinio técnico -jurídico profesional, si no que también al popular.

64. Considerada la mas importante.

65. Cada Estado parte de los susodichos acuerdos internacionales, deberán velar por el cuido de los preceptos establecidos para el debido proceso, pero de forma mínima.

66. Posteriormente a que cada Estado garantice la observancia mínima y aplicable al caso concreto, tiene la facultad de desarrollar su aplicación en cada sistema o subsistema.

67. Kelvin Obrian Wilson Reina. (2018)