ÁREAS NATURALES PROTEGIDAS.

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1. Estas zonas son manejadas bajo el instrumento político con mayor definición jurídica para la conservación, regulando sus actividades bajo el marco normativo de la Ley General del Equilibrio Ecológico y Protección al Ambiente (LGEEPA), estando sujetas a regímenes especiales de protección, conservación, restauración y desarrollo, según categorías establecidas en la Ley.

2. Las ANP tienen como fin vigilar que el aprovechamiento de los recursos dentro de la zona se realice de manera sustentable, preservando la flora y fauna particular del ecosistema, permitir y propiciar la investigación y estudio de los ecosistemas con el fin de generar conocimiento y transmitir aquellas prácticas o tecnologías que permitan el aprovechamiento sustentable de los mismos y, a su vez, proteger el entorno de las zonas históricas, arqueológicas y turísticas de valor e importancia cultural y recreativa.

3. Actualmente, El Salvador cuenta con aproximadamente más de 117 áreas naturales protegidas por el MARN, entre las cuales se encuentran el arrecife Los Cóbanos, bosque de Chaguantique, Barra de Santiago, cerro El Águila, El Pital, complejo Taquillo, golfo de Fonseca, El Jocotal, jardín botánico Plan de la Laguna, la Puerta del Diablo, lago de Ilopango, los Chorros de la Calera, Los Andes, Parque Nacional El Boquerón, Parque Nacional Los Volcanes, Parque Nacional Montecristo (El Trifinio), Cerro Verde, Plan de Amayo, río Sapo, San Juan Buenavista, Santa Rita-Zanjón El Chino, volcán Tecapa y laguna de Alegría.

4. Se consideran áreas naturales protegidas: Reservas de la biósfera; Parques nacionales; monumentos naturales; áreas de protección de recursos naturales; áreas de protección de flora y fauna; parques y reservas estatales, así como las demás categorías que establezcan las legislaciones locales; zonas de conservación ecológica municipales, así como las demás categorías que establezcan las legislaciones locales, y áreas destinadas voluntariamente a la conservación.

5. Un Área Natural Protegida (ANP) es una porción de territorio (terrestre o acuático) cuyo fin es conservar la biodiversidad representativa de los ecosistemas para asegurar el equilibrio y la continuidad de los procesos evolutivos y ecológicos y cuyas características no han sido esencialmente modificadas.