CLASES DE CONTRATOS EN COLOMBIA.

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1. Tipos de Contratos

1.1. Unilateral

1.1.1. los contratos unilaterales son aquellos en los cuales quien se obliga es una parte, mientras que la otra no tiene obligación alguna, por ejemplo, el contrato de préstamo de uso o comodato.

1.2. Bilateral

1.2.1. en este tipo de contrato ambas partes se obligan, por ejemplo, en un contrato de compraventa el vendedor se obliga a entregar la cosa y el comprador a pagar el precio.

1.3. Gratuito

1.3.1. cuando solo beneficia a una de las partes, por ejemplo el contrato de donación.

1.4. Oneroso

1.4.1. en este caso ambos contratantes obtienen un beneficio

1.5. Principal

1.5.1. un contrato es principal cuando no depende de otro para existir, este es el caso del contrato de arrendamiento.

1.6. Accesorio

1.6.1. Depende de otro para poder existir, contrato de prenda que se da para garantizar el pago de un préstamo.

1.7. Real

1.7.1. el contrato es real cuando se necesita para su validez la tradición de la cosa.

1.8. Solemne

1.8.1. cuando se requiere que se cumplan ciertas formalidades establecidas en la ley.

1.9. Consensual

1.9.1. cuando se perfecciona por el solo consentimiento de las partes.

1.10. Conmutativo

1.10.1. cuando una de las partes se obliga a hacer algo equivalente a lo que la otra parte va a hacer.

1.11. Aleatorio

1.11.1. cuando se trata de algo incierto que depende del azar.

2. El contrato es un acto jurídico mediante el cual una parte se compromete para con otra a cumplir una obligación. En los contratos también dos o más partes pueden estar comprometidas a cumplir una obligación, de ahí que los contratos tengan unas características especiales.

3. Contrato de trabajo

3.1. Contrato de Trabajo

3.1.1. Termino fijo

3.1.1.1. Es un contrato laboral que tiene un límite temporal especificado de manera clara en el contrato. Puede ser prorrogado indefinidamente, salvo en los casos en los cuáles el plazo pactado sea inferior a un año.

3.1.1.1.1. Modalidad 1: Igual o superior a un (1) año

3.1.1.1.2. Modalidad 2: Inferior a un (1) año

3.1.1.1.3. En caso de terminación unilateral del contrato sin justa causa, el empleador deberá pagar al trabajador una indemnización, en los términos establecidos en el artículo 28 de la Ley 789 de 2002.

3.1.2. Termino indefinido

3.1.3. Obra labor

3.1.4. Contrato de aprendizaje

3.1.5. Contrato temporal, ocasional o accidental.

3.1.6. Contrato Civil por prestación de Servicios.

3.1.6.1. Este tipo de contrato se celebra de manera bilateral entre una empresa y una persona (natural o jurídica) especializada en alguna labor específica. La remuneración se acuerda entre las partes y no genera relación laboral ni obliga a la organización a pagar prestaciones sociales. La duración es igualmente en común acuerdo dependiendo del trabajo a realizar. El empleado recibe un sueldo al cual se le descuenta únicamente por concepto de retención en la fuente.

3.2. en Colombia está regulado por el código sustantivo del trabajo o código laboral, en sus artículos 22 a 75, donde se regulan las diferentes modalidades de contratación laboral, su duración, terminación e indemnización en caso que el despido sea injustificado.