1. El delito debe consistir en un comportamiento externo e individualizado por el cual se sanciona al autor del mismo.
2. El individuo posee el derecho a ser tratado con dignidad y respeto a su integridad humana
3. En todo hecho punible debe de ser posible realizar un juicio de reproche en contra del autor del hecho considerado como delito
4. El juez que haya de sentenciar el proceso judicial penal debe de ser el mismo que haya presenciado el debate y la promoción y evaluación de las pruebas introducidas por las partes.
5. Las penas o sanciones establecidas en la Ley y sentencias por el juez deben guardar relación con la gravedad del hecho punible (Prevención y rehabilitación)
6. No puede condenarse o sancionar una conducta o acto realizado por una persona si no se encuentra expresamente previsto en una ley formal
7. Legalidad
8. Indubio pro reo
8.1. Cuando haya dudas se aplicará la norma que beneficie al reo
9. Presunción de inocencia
9.1. Toda persona será considerada inocente hasta que se demuestre lo contrario en un juicio a través de una sentencia
10. Respeto a la dignidad humana
11. Inmediación
12. Autonomía e independencia de los jueces
12.1. Es necesario para el mantenimiento de la imparcialidad en el proceso judicial.
13. Del hecho
14. Pena humanitaria
15. Culpabilidad
16. Oralidad
16.1. Es el medio en en que a través de él se cumplen los otros principios procesales