PRINCIPIOS, DEBERES Y PROHIBICIONES

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PRINCIPIOS, DEBERES Y PROHIBICIONES por Mind Map: PRINCIPIOS, DEBERES Y PROHIBICIONES

1. CASO: Cuando Nayib Bukele cuando fue alcalde de San Salvador, Nayib Bukele, fue sancionado por el Tribunal con la multa de 10 salarios mínimos por haber designado a su hermano, Yamil Armando Bukele, como presidente del Instituto Municipal de Deportes ( Imder). Bukele designó además en su primer día de mandato a su primo Hassan Bukele como secretario municipal; y a su cuñada Arena Ortega como jefa de la Unidad de Cooperación Externa.

2. CASO: El diputado de ARENA, David Reyes, fue multado por el TEG por prestar a su hermana, Diana Carolina Reyes , el vehículo que la Asamblea Legislativa para que viajara en vacaciones hacia Nicaragua

3. c) Excusarse de intervenir o participar en asuntos en los cuales él, su cónyuge, conviviente, parientes dentro del cuarto grado de consanguinidad o segundo de afinidad o socio, tengan algún conflicto de interés.

4. b) Denunciar ante el Tribunal de Ética Gubernamental o ante la Comisión de Ética Gubernamental respectiva, las supuestas violaciones a los deberes o prohibiciones éticas contenidas en esta Ley, de las que tuviere conocimiento en el ejercicio de su función pública.

5. a) Utilizar los bienes, fondos, recursos públicos o servicios contratados únicamente para el cumplimiento de los fines institucionales para los cuales están destinados.

6. DEBERES

7. PROHIBICIONES

7.1. a) Solicitar o aceptar, directamente o por interpósita persona, cualquier bien o servicio de valor económico o beneficio adicional a los que percibe por el desempeño de sus labores, por hacer, apresurar, retardar o dejar de hacer tareas o trámites relativos a sus funciones.

7.1.1. e) Realizar actividades privadas durante la jornada ordinaria de trabajo, salvo las permitidas por la ley.

7.2. b) Solicitar o aceptar, directamente o por interpósita persona, cualquier bien o servicio de valor económico o beneficio adicional a los que percibe por el desempeño de sus labores, para hacer valer sus influencias en razón al cargo que ocupa ante otra persona sujeta a la aplicación de esta Ley, con la finalidad de que éste haga, apresure, retarde o deje de hacer tareas o trámites relativos a sus funciones.

7.2.1. f) Exigir o solicitar a los subordinados que empleen el tiempo ordinario de labores para que realicen actividades que no sean las que se les requiera para el cumplimiento de los fines institucionales.

7.3. c) Percibir más de una remuneración proveniente del presupuesto del Estado, cuando las labores deban ejercerse en el mismo horario, excepto las que expresamente permita el ordenamiento jurídico.

7.3.1. g) Aceptar o mantener un empleo, relaciones contractuales o responsabilidades en el sector privado, que menoscaben la imparcialidad o provoquen un conflicto de interés en el desempeño de su función pública.

7.4. d) Desempeñar simultáneamente dos o más cargos o empleos en el sector público que fueren incompatibles entre sí por prohibición expresa de la normativa aplicable, por coincidir en las horas de trabajo o porque vaya en contra de los intereses institucionales.

7.4.1. h) Nombrar, contratar, promover o ascender en la entidad pública que preside o donde ejerce autoridad, a su cónyuge, conviviente, parientes dentro del cuarto grado de consanguinidad o segundo de afinidad o socio, excepto los casos permitidos por la ley.

7.5. i) Retardar sin motivo legal la prestación de los servicios, trámites o procedimientos administrativos que le corresponden según sus funciones. Se entiende por retardo cuando una persona sujeta a la aplicación de esta Ley difiriere, detiene, entorpece o dilata la prestación de los servicios, trámites y procedimientos administrativos no acatando lo regulado en la ley, en los parámetros ordinarios establecidos en la institución pública o, en su defecto, no lo haga en un plazo razonable.

7.5.1. k) Utilizar indebidamente los bienes muebles o inmuebles de la institución para hacer actos de proselitismo político partidario.

7.6. j) Denegar a una persona la prestación de un servicio público a que tenga derecho, en razón de nacionalidad, raza, sexo, religión, opinión política, condición social o económica, discapacidad o cualquiera otra razón injustificada.

7.6.1. l) Prevalerse del cargo para hacer política partidista.

8. CASO : donde se viola un de los principios de la Ética Gubernamental es cuando el ex-presidente de la Asamblea Sr. Sigfredo Reyes utilizo fondos del estado para organizar fiestas de fin de año y gastarse $15 mil en obras de arte, todo con fondos provenientes de los contribuyentes al fisco violando el inciso N° 11 de los principios de la ética gubernamental.

9. PRINCIPIOS

9.1. 1. PRINCIPIO DE SUPREMACÍA DEL INTERÉS PÚBLICO SOBRE EL PARTICULAR: El interés público es aquel que se refiere a la sociedad en general y es la finalidad única de la administración pública

9.2. 2. LA PROBIDAD está vinculada a la honradez y la integridad en el accionar. Quien actúa con probidad no comete ningún abuso, no miente ni incurre en un delito.

9.3. 3. IGUALDAD: es el principio que reconoce que todas las personas deben ser tratadas de la misma manera por la ley sin importar raza, genero, religión etc.

9.4. 4. IMPARCIALIDAD: es el Proceder de un funcionario con objetividad en el ejercicio de sus función pública.

9.5. 5. JUSTICIA: es dar a cada quien lo que le corresponde, según derecho y razón.

9.6. 6. TRANSPARENCIA: es actuar de manera accesible para que toda persona natural o jurídica, que tenga interés legítimo, pueda conocer si las actuaciones del servidor público son apegadas a la ley, a la eficiencia, a la eficacia y a la responsabilidad.

9.7. 7. RESPONSABILIDAD: es cumplir con diligencia las obligaciones del cargo o empleo público.

9.8. 8. LEALTAD: Actuar con fidelidad a los fines del Estado y a los de la institución en que se desempeña.

9.9. 9.DECORO: es el que guardar las reglas de urbanidad, respeto y buena educación en el ejercicio de la función pública.

9.10. 10. EFICIENCIA: es cumplir los objetivos institucionales al menor costo posible.

9.11. 11. EFICACIA: es utilizar los recursos del Estado de manera adecuada para el cumplimiento de los fines institucionales.

9.11.1. CASO

9.11.1.1. Donde el Expresidente de Asamblea

9.12. 12. RENDICIÓN DE CUENTAS: es rendir cuentas de la gestión pública a la autoridad competente y al público.