TÍTULOS DE VALORES EN COLOMBIA

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TÍTULOS DE VALORES EN COLOMBIA por Mind Map: TÍTULOS DE VALORES EN COLOMBIA

1. Los títulos de valores son documentos necesarios para legitimar el ejercicio del derecho literal y autónomo que en ellos se incorpora. Pueden ser de contenido crediticio, corporativos o de participación y de tradición o representativos de mercancías.

2. PRINCIPIO DE INCORPORACIÓN

2.1. El título valor es un documento probatorio, constitutivo y dispositivo. Contiene una declaración unilateral de voluntad, de la que deriva un derecho a favor del beneficiario y una carga respecto a los obligados. El derecho patrimonial está compenetrado en el título; El documento es indispensable para que el legítimo tenedor pueda reclamar las prestaciones que contiene. El título valor tiene un derecho patrimonial que le permite al tenedor del mismo obtener un beneficio que se encuentre en el texto del documento.

3. PRINCIPIO DE LEGITIMACIÓN

3.1. Al ser el título valor por naturaleza un bien mueble, la legitimidad la adquiere quien lo posee; Este es un requisito indispensable para ejercer los derechos incorporados en él. La legitimidad tiene dos aspectos:

3.1.1. Legitimación activa.- Concierne a la posición del titular como habilitado para el cumplimiento de la obligación o para transmitir válidamente el documento.

3.1.2. Legitimación pasiva.- Determina que el deudor cumpla las prestaciones frente al tenedor legitimado. El título de un título en el mar no es el titular del derecho verdadero, sino un titular titular.

4. PRINCIPIO DE LITERALIDAD

4.1. Por este principio los derechos y obligaciones que representan el título valor deben constar por escrito en el documento. Esto significa que para determinar el contenido y los valores se pueden repetir en el título mismo o en una hoja adherida a éste. De esta manera, ni el acreedor ni el deudor, ni las cuestiones que emanan literalmente de lo que se manifiesta en el título valor.

5. PRINCIPIO DE AUTONOMIA

5.1. Por este principio, las relaciones cambiarán entre los sujetos que intervienen en el título valor son independientes unas de las otras. En consecuencia, si un título valor fue transferido a diversas personas "tenedores", en un tiempo distinto y circunstancia. Cada una de esas relaciones cambiará de manera independiente. Así el último tenedor se considerará como el titular actual sin importar quién o quienes le antecedieron. Es decir como si no hubiera transferido el título.