Régimen de Incorporación Fiscal (RIF)

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Régimen de Incorporación Fiscal (RIF) por Mind Map: Régimen de Incorporación Fiscal (RIF)

1. se ha generado para aquellos contribuyentes que cuenten con alguna de las siguientes características:

2. Art. 112. los contribuyentes sujetos al régimen previstos en esta sección, tendrán como obligaciones las siguientes: Inscripción al RFC. I. Inscripción en el Registro Federal de Contribuyente Conservación de Comprobantes II. Conservar comprobantes que reúnan requisitos fiscales, únicamente cuando no se haya emitido un comprobante fiscal por la operación.

3. Art. 112. los contribuyentes sujetos al régimen previstos en esta sección, tendrán como obligaciones las siguientes: Registro de ingresos, egresos, inversiones y deducciones. III. Registrar en los medios o sistemas electrónicos a que se refiere al art. 28 del CFF, los ingresos, los egresos, inversiones y deducciones del ejercicio correspondiente. Entrega de Comprobantes Fiscales. IV. Entregar a los clientes comprobantes fiscales. Los contribuyentes podrán expedir dichos comprobantes utilizando la herramienta electrónica de servicios de generación gratuita de factura

4. Calculo del Impuesto. A la utilidad fiscal que se obtenga conforme al sexto párrafo de este artículo, se le aplicará la siguiente:

5. Cálculo y entero del impuesto. Los contribuyentes a que se refiere este articulo, calcularán y enterarán el impuesto en forma bimestral. Este tendrá el carácter de pago definitivo, a mas tardar el día 17 de los meses de marzo, mayo, julio, septiembre, noviembre y enero del año siguiente mediante declaración que presentaran a través de los sistemas que disponga el servicio de Administración Tributaria en su pagina de internet.

6. Integrantes: Chable Uitzil Cristal Guadalupe Pech Puc Giezi Argelio Peech Kú Edna Zahid Peech Kú Zully Zahid Poot Kauil Shirley Hillary Kauil Can Gerardo Enrique

7. Obligaciones

8. También Podrán acogerse a este régimen los siguientes puntos: Actividades empresariales en co-propiedad, siempre y cuando no exceda la cantidad establecida. Personas con diversos ingresos.

9. Art º. 112. los contribuyentes sujetos a un régimen de previsiones en esta sección, tales como las obligaciones de las siguientes actividades: V. Efectuar pago de erogaciones relativas a sus compras e inversiones, cuyo importe sea superior a $ 5 000 mediante transferencia electrónica de fondos desde cuentas abiertas a nombre del contribuyente. Por medio de cheque, nominativo de la cuenta del contribuyente, tarjetas de crédito, débito, servicios, o denominados monederos electrónicos. Formas de pago. Prestación de declaraciones. VI. Presentar, a más 17 del mes inmediato posterior a aquel que El pago, las declaraciones bimestrales en la que se determina y pagará el impuesto conforme a los dispuestos en esta sección.

10. No podrán pagar el impuesto en los términos de esta sección: Los socios accionistas o integrantes de personas morales. Los contribuyentes que realicen actividades relacionadas con bienes y raíces, capital inmobiliarios, negocios inmobiliarios o actividades financieras. Las personas físicas que obtengan ingresos a que se refiere este capitulo por concepto de comisión, medición, agencia, representación, Correduría, Consignación y distribución. Las personas Físicas que obtengan ingresos a que se refiere este capitulo por concepto de espectáculos públicos y franquiciatarios. Los contribuyentes que realicen actividades a través de fideicomisos o asociación en participación.