
1. 2.2.4.6.40
1.1. Servicios privados de SST
1.1.1. Toda persona natural o jurídica bajo la supervisión del ministerio de salud y protección social
2. 2.2.4.6.42
2.1. Contratación de servicios de SST
2.1.1. No implica el traslado de responsabilidades
3. 2.2.4.6.41
3.1. Responsabilidades de los servicios privados de SST
3.1.1. Cumplir con la normatividad
3.1.2. Licencia de SST
3.1.3. Cumplir con la ejecución de actividades de higiene
4. 2.2.4.6.39
4.1. Sujeción de otras entidades gubernamentales
4.1.1. Toda entidad que ejerza acciones de SST debe integrarse al plan de seguridad y salud en el trabajo
5. 2.2.4.6.8
5.1. Resolución 1111 de 2017
5.1.1. Estándar 2 Gestión integral del sistema de la seguridad y salud en el trabajo
5.1.1.1. estándar 2.1 política de seguridad y salud en el trabajo
5.1.2. Artículo 8
5.1.2.1. Cumplir con los estándares mínimos
5.1.2.2. Documentar y mantener y procedimiento para la selección y contratación de proveedores y contratistas
5.1.2.3. Documentar el cumplimentero de los Estándares mínimos
5.2. Obligaciones del representante legal ( res 1111/2017)
5.2.1. Protección de la seguridad y salud de los trabajadores de acuerdo a la normatividad vigente
5.2.2. Definir, firmar y divulgar la política de SST
5.2.2.1. Marco de referencia
5.2.2.1.1. Establecer y revisar objetivos
5.2.3. Asignar y comunicar responsabilidades
5.2.4. Rendición de cuentas
5.2.5. Definición de recursos
5.2.5.1. Humanos
5.2.5.2. Financieros
5.2.5.3. Técnicos
5.2.6. Cumplimiento de requisitos normativos aplicables
5.2.7. Gestión de peligros y riesgos
5.2.8. Plan de trabajo anual
5.2.8.1. Resolución 1111 de 2017 Estándar 2.4 plan anual de trabajo
5.2.9. Prevención y promoción de riesgos laborales
5.2.10. Asegurar la participación de los trabajadores
5.2.11. Dirección de la Seguridad y Salud en el trabajo de las empresas
5.2.11.1. Garantizar la disponibilidad de personal responsable de SST
5.2.11.1.1. Resolución 4502 de 2012
5.2.12. Integrar el sistema de gestión de SST con los otros sistemas de gestión procesos y procedimientos de la empresa
6. 2.2.4.6.9
6.1. Obligaciones de las administradoras de riesgos laborales
6.1.1. Capacitarán al COPASST
6.1.1.1. Aspectos relacionados con el sistema de gestión en seguridad y salud en el trabajo
6.1.2. Prestarán asesoría y asistencia técnica a las empresas y trabajadores afiliados
6.2. Resolución 1111 de 2017
6.2.1. Artículo 8
6.2.1.1. Asesoría y asistencia en la implementación de los estándares mínimos
6.2.1.2. No pueden desplazar el recurso humano ni financiar las actividades que le corresponden legalmente al trabajador.
6.2.1.3. No pueden establecer sistemas de gestión para sus empresas afiliadas
7. 2.2.4.6.10
7.1. Responsabilidad de los trabajadores
7.1.1. Procurar el cuidado integral de su salud
7.1.1.1. Ley 1751 de 2015
7.1.1.1.1. Por medio del cual se regula el derecho fundamental a la salud y se dictan otras disposiciones.
7.1.1.2. P.A.I.S
7.1.1.2.1. Política de Atención Integral en Salud
7.1.1.3. M.I.A.S
7.1.1.3.1. Integralidad
7.1.1.4. R.I.A.S
7.1.1.4.1. Garantizar condiciones necesarias para la atención integral en salud
7.1.2. Suministrar información clara, veraz y completa sobre su estado de salud
7.1.2.1. solo si esta supone una condición de riesgo para el y sus compañeros.
7.1.2.2. Código sustantivo del trabajo
7.1.2.2.1. Artículo 58 Obligaciones de los trabajadores
7.1.2.2.2. Artículo 60 Prohibiciones a los trabajadores
7.1.3. Cumplir con las normas, reglamentos e instrucciones del sistema de gestión de seguridad y salud en el trabajo
7.1.4. Informar oportunamente al empleador o contratante acerca de los peligros y riesgos latentes en su puesto de trabajo así como los incidentes, accidentes, actos y condiciones inseguras
7.1.5. Participar en actividades de capacitación en seguridad y salud en el trabajo definido en el plan de capacitación
7.1.6. Participar y contribuir al cumplimiento de los objetivos del sistema de gestión de seguridad y salud en el trabajo.
8. 2.2.4.6.11
8.1. Capacitación en seguridad y salud en el trabajo
8.1.1. Requisitos de conocimiento y práctica
8.1.1.1. Cumplimiento en todos los aspectos dela ejecución con el fin de prevenir accidentes de trabajo y enfermedades laborales
8.1.2. Programa de capacitación
8.1.2.1. Conocimiento para la identificación de riesgos y peligros
8.1.2.2. Debe ser impartido por personal idóneo
8.1.2.2.1. Resolución 4502 de 2012
8.1.2.3. Revisado una vez al año con la participación del COPASST
8.1.3. Debe recibirla de manera previa al inicio de las labores que aborde aspectos generales y específicos de las actividades y el entorno
8.2. Resolución 1111 de 2017
8.2.1. Estándar 1.2 capacitación en el sistema de gestión de seguridad y salud en el trabajo
8.2.1.1. 1.2.1 Programa de capacitación anual en promoción y prevención incluyendo los peligros/ riesgos prioritarios a todos los niveles de la organización.
8.2.1.2. 1.2.2 Todos los trabajadores deben recibir capacitación previa al inicio de sus labores sobre aspectos generales y específicos de las actividades a realizar
8.2.1.3. 1.2.3 Los responsables del sistema de gestión deben contar con el curso de 50 horas.
9. 2.2.4.6.12
9.1. Documentación
9.1.1. El empleador debe mantener disponibles y debidamente actualizados los siguientes documentos
9.1.1.1. Política y objetivos
9.1.1.1.1. Firmados por el representante legal
9.1.1.2. Las responsabilidades asignadas para la implementación y mejora continua del SGSST
9.1.1.3. Identificación anual de peligros y riesgos
9.1.1.4. Información de condiciones de salud y el perfil socio demográfico de la población trabajadora
9.1.1.5. Plan de trabajo anual en seguridad y salud ene el trabajo
9.1.1.5.1. Firmado por el representante legal
9.1.1.6. Programa de capacitación anual en seguridad y salud en el trabajo
9.1.1.6.1. soportes de inducción, re inducción y capacitaciones
9.1.1.7. Procedimientos e instructivos internos
9.1.1.7.1. Fichas de seguridad de productos químicos
9.1.1.7.2. Manuales de procedimientos
9.1.1.7.3. Ficha de identificación de indicadores
9.1.1.8. Matriz de EPP
9.1.1.9. Registro de entrega de equipos y elementos de protección personal
9.1.1.10. Registro de entrega de los protocolos de seguridad de las fichas técnicas
9.1.1.11. Soportes de convocatorias, elección y conformación del comité paritario
9.1.1.12. Reportes de investigaciones, de incidentes, accidentes y enfermedades laborales
9.1.1.13. La identificación de amenazas junto con la evaluación de la vulnerabilidad
9.1.1.13.1. Plan de emergencias
9.1.1.14. Programas de vigilancia epidemiológica
9.1.1.15. Resultados de mediciones ambientales
9.1.1.16. Registro de las inspecciones a instalaciones, máquinas y equipos
9.1.1.17. Matriz legal
9.1.1.18. Documentos de selección y contratación
10. 2.2.4.6.13
10.1. Conservación de documentos
10.1.1. Cotrolada
10.1.2. Identificables
10.1.3. Legibles
10.1.4. Accesibles
10.1.5. Protegidos contra cualquier daño y deterioro
10.2. El responsable del SGSST contará con el acceso a todos los documentos excepto las evaluaciones médicas ocupacionales y las historias clínicas
10.2.1. Resolución 2346 de 2007
10.2.1.1. Capítulo 3 Historia clínica ocupacional
10.2.1.1.1. Artículo 16 Reserva de la historia clínica ocupacional
10.3. Deben ser conservados por 20 años los siguientes documentos
10.3.1. Resultados de perfiles epidemiológicos de salid de los trabajadores
10.3.2. Conceptos de los exámenes de ingreso, periódicos y egreso
10.3.3. En caso de tener médico especialisa en la empresa este debe conservar
10.3.3.1. Resultados de exámenes de ingreso, periódicos y egreso
10.3.3.2. Resultados de paraclínicos
10.3.3.2.1. Audiometrías
10.3.3.2.2. Espirometrías
10.3.3.2.3. Radiografias
10.3.3.2.4. OTros
10.3.4. Resultados de mediciones de monitoreo ambiental como resultado de los programas de vigilancia y control de peligros y riesgos.
10.3.5. Registros de las actividades de capacitación, formación y entrenamiento en seguridad salud en el trabajo
10.3.6. Registro del suministro de elementos y equipos de protección personal
10.4. Se debe elaborar un sistema de archivo de acuerdo a la normatividad vigente y políticas de la empresa
10.4.1. Resolución8934 de 2014
10.4.1.1. Se establecen directrices en materia de gestión documental y organización de archivos que deben cumplir los vigilados por la Superintendencia de Industria y Comercio.
10.4.1.1.1. Programa de gestión documental
10.4.1.1.2. Tablas de retención documental
10.4.1.1.3. Cuadro de clasificación documental
10.4.1.1.4. Tablas de valoración documental
10.4.1.1.5. Reglamento interno de archivo
11. 2.2.4.6.14
11.1. Comunicación
11.1.1. Establecimiento de mecanismos eficaces para
11.1.1.1. Recibir ,documentar y responder adecuadamente a las comunicaciones internas y externas
11.1.1.2. Garantizar el conocimiento del Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el trabajo
11.1.1.3. Disponer de medios para la recolección de inquietudes, ideas y aportes de los trabajadores en materia de seguridad y salud en el trabajo.
12. 2.2.4.6.16
12.1. Evaluación inicial del sistema de gestión de la seguridad y salud en el trabajo
12.1.1. Identificar la prioridades en seguridad y salud en el trabajo para establecer el plan anual de trabajo.
12.1.2. Identificación de la normatividad
12.1.3. Verificación de la identificación de los peligros, evaluación y valoración de riesgos
12.1.4. Identificación de las amenazas y evaluación de la vulnerabilidad
12.1.5. Cumplimiento del programa de capacitación anual
12.1.6. Evaluación de los puestos de trabajo
12.1.7. Descripción sociodemográfica de los trabajadores y caracterización de las condiciones de salud
12.1.8. Seguimiento y registro a los resultados de los indicadores
12.2. Resolución 1111 de 2017
12.2.1. Artículo 10 Fases de adecuación, transición y aplicación del SGSST con estándares mínimos
12.2.1.1. Fase 1 Evaluación inicial
12.2.2. Articulo 11 Implementación definitiva del SGSST
12.2.2.1. El plan de mejora debe dejarse listo y aprobado por gerencia a partir del 2020 y años sucesivos
12.2.3. Artículo 12 Tabla de valores de los estándares mínimos
12.2.3.1. Auto-diagnósticco debe realizarse cada año
12.2.4. Artículo 13 Planes de mejora conforme al resultado de la auto-evaluación de los estándares mínimos
13. 2.2.4.6.17
13.1. Planificación del SGSST
13.1.1. Adopción de mecanismos para planificar el SGSST basado en la evaluación inicial
13.1.1.1. Debe aportar a
13.1.1.1.1. Cumplimiento de la normatividad
13.1.1.1.2. Fortalecimiento de cada uno de los componentes
13.1.1.1.3. Mejoramiento continuo de los resultados
13.1.1.1.4. Definición de prioridades
13.1.1.1.5. Definición de objetivos
13.1.1.1.6. Establecimiento del plan anual
13.1.1.1.7. Definición de indicadores
13.1.1.1.8. Definición de recursos
13.2. Resolución 1111 de 2017
13.2.1. Artículo 10 Fases de adecuación, transición y aplicación del sistema de gestión de seguridad y salud en el trabajo con estándares mínimos
13.2.1.1. Fase 2 Plan de mejoramiento conforme a la evaluación inicial
14. 2.2.4.6.32
14.1. Investigación de incidentes, accidentes y enfermedades laborales
14.1.1. Identificar y documentar las deficiencias
14.1.2. Informar a los trabajadores se los resultados
14.1.3. Informar a la alta dirección sobre el ausentismo laboral
14.1.4. Alimentar el proceso de revisión que haga la alta direección
14.2. Acciones correctivas
14.3. Conformación de equipo investigador
14.4. Resolución1401 de 2007
14.4.1. Por la cual se reglamenta la investigación de incidentes y accidentes de trabajo
15. 2.2.4.6.33
15.1. Acciones preventivas y correctivas
15.1.1. Basados en los resultados de la supervisión y medición de la eficacia del SGSST
15.1.1.1. Identificar y analizar las causas fundamentales de no conformidades
15.1.1.2. Adopción planificación, aplicación, comprobación de la eficacia
16. 2.2.4.6.34
16.1. Mejora Contínua
16.1.1. Recursos nesesarios
16.1.1.1. Mejorar la eficacia de todas las actividades
16.1.2. Oportunidades de mejora
16.1.2.1. Cumplimiento de los objetivos
16.1.2.2. Resultados de la intervención de peligros y riesgos
16.1.2.3. Resultados de Auditoría
16.1.2.4. Recomendaciones de los trabajadores
16.1.2.5. Resultados de programas de promoción y prevención
16.1.2.6. Resultado de la supervisón
16.1.2.7. Cambios en la legislación
17. 2.2.4.6.35
17.1. Capacitación Obligatoria
17.1.1. Los responsables de SGSST Deben realizar el curso de capacitación de 50 Horas
17.2. Resolución 1562 de 2012
17.2.1. Artículo 12 objeto del fondo de riesgos laborales
17.2.1.1. Literal a)Adelantar estudios, campañas y acciones de educación, prevención e investigación de los accidentes de trabajo y enfermedades laborales en todo el territorio nacional y ejecutar programas masivos de prevención en el ámbito ciudadano y escolar para promover condiciones saludables y cultura de. prevención,
17.3. Resolución 4927 de 2016
17.3.1. Por la cuál se establecen los parámetros y requisitos para desarrollar, certificar registrar la capacitación virtual en el Sistema de Gestión en Seguridad y Salud en el Trabajo
18. 2.2.4.6.36
18.1. Sanciones
18.1.1. Las ARL realizarán vigilancia e informaran a las entidades territoriales
18.2. Decreto 1295 de 1994
18.2.1. Artículo 91 Sanciones
18.3. Ley 1562 de 2012
18.3.1. Artículo 13 Sanciones
19. 2.2.4.6.37
19.1. Transición
19.1.1. Los empleadores deberan sustituir el programa de salud ocupacional por el Sistema de Gestión de Seguridad y Salud ene el trabajo
19.1.1.1. 18 meses para las empresas de menos de 10 trabajadores
19.1.1.2. 24 medes para empresas de 10 a 200 trabajadores
19.1.1.3. 30 meses para empresas de 201 o más trabajadores
20. 2.2.4.6.38
20.1. Constitución del plan nacional de seguridad y salud en el trabajo
20.1.1. Las actividades de todas las empresas deben estar contempladas en el plan nacional de SST
21. 2.2.4.6.18
21.1. Objetivos del sistema de gestión de la seguridad y salud en el trabajo
21.1.1. Deben estar alineados con la política de seguridad y salud en el trabajo
21.1.1.1. Claros medibles y cuantificables
21.1.1.2. Adecuados para las características, tamaño y actividad económica
21.1.1.3. Coherentes con el plan de trabajo anual
21.1.1.4. Compatibles para el cumplimiento de la normatividad vigente en materia de riesgos laborales
21.1.1.5. Documentados y comunicados a los trabajadores
21.1.1.6. Revisión y evaluación periódica
22. 2.2.4.6.19
22.1. Indicadores del sistema de gestión de la seguridad y salud en el trabajo
22.1.1. Definición del indicador
22.1.2. Interpretación
22.1.2.1. Líneas de tendencia
22.1.3. Límite para el indicador
22.1.4. Método de cálculo
22.1.5. Fuente de la información para el cálculo
22.1.6. Periodicidad de recolección de datos
22.1.7. Periodicidad de análisis
22.1.8. Periodicidad del reporte
22.1.9. Personas que deben conocer el resultado
23. 2.2.4.6.20
23.1. Indicadores que evalúan la estructura
23.1.1. Son de carácter operativo
23.1.2. Se debe tener en cuenta lo siguiente
23.1.2.1. Comunicación de la política a los trabajadores
23.1.2.2. Objetivos y metas
23.1.2.3. Plan anual de trabajo
23.1.2.4. Asignación de responsabilidades
23.1.2.5. Asignación de recursos
23.1.2.6. Metodología para identificar peligros y riesgos
23.1.2.7. COPASST
23.1.2.8. Documentos quw soportan el SGSST
23.1.2.9. Procedimiento para diagnosticar las condiciones de de salud de los trabajadores
23.1.2.10. Plan de atención a emergencias
23.1.2.11. Plan de capacitación
24. 2.2.4.6.21
24.1. Indicadores que evalúan el procedimiento del sistema de gestión de la seguridad y salud en el trabajo
24.1.1. Carácter operativo
24.1.1.1. Se debe considerar
24.1.1.1.1. Evaluación inicial
24.1.1.1.2. Ejecucuón del plan anual de trabajo
24.1.1.1.3. Ejecución del plan de capacitación
24.1.1.1.4. Intervención de los peligros
24.1.1.1.5. Evaluación de las condiciones de salud
24.1.1.1.6. Ejecución de las acciones preventivas
24.1.1.1.7. Ejecución del cronograma de las mediciones ambientales
24.1.1.1.8. Desarrollo de los programas de vigilancia
24.1.1.1.9. Cumplimiento de los procesos de reporte e investigación de los Incidentes accidentes y enfermedades laborales
24.1.1.1.10. Registro estadístico de enfermedades laborales incidentes, accidentes de trabajo y ausentismo laboral
24.1.1.1.11. Ejecución del plan de atención a emergencias
24.1.1.1.12. Conservación de documentos
25. 2.2.4.6.22
25.1. Indicadores que evalúan el resultado del SGSST
25.1.1. Se debe tener en cuenta
25.1.1.1. Cumplimiento de los requisitos normativos
25.1.1.2. Cumplimientos de los objetivos
25.1.1.3. Cumplimiento del plan anual de trabajo
25.1.1.4. Evaluación de las no conformidades detectadas en el seguimiento al plan anual de trebajo
25.1.1.5. Evaluación de las acciones preventivas correctivas y de mejora incluidas en las acciones de mejora
25.1.1.6. Cumplimiento de los programas de vigilancia epidemiológica
25.1.1.7. Evaluación de los programas de rehabiltación de la salud de los trabajadores
25.1.1.8. Análisis de los registros de enfermedades laborales, incidentes y accidentes
25.1.1.9. Análisis de los resultados en la implementación de las medidas de control de los peligros y riesgos
25.1.1.10. Evaluación del cumplimiento del cronograma de las mediciones ambientales
26. 2.2.4.6.27
26.1. Adquisiciones
26.1.1. Establecer un procedimiento
26.1.1.1. Garantizar la identificación y evaluación de las especificaciones de las compras de productos o servicios
26.1.2. Resolución 1111 de 2017
26.1.2.1. Estándar 2.9 Adquisiciones
26.1.2.1.1. 2.9.1 La empresa estableció un procedimiento para identificar y evaluar las especificaciones en SST en la compra de productos y servicios
27. 2.2.4.6.28
27.1. Adopción y mantenimiento de disposiciones que garanticen el cumplimiento de normas
27.1.1. Trabajadores
27.1.2. Proveedores
27.1.3. Contratistas
27.1.4. Subcontratistas
27.2. Se debe tener en cuenta lo siguiente
27.2.1. Aspectos de SST
27.2.2. Desarrollar canales de comunicación para la gestión de SST
27.2.3. Verificar antes, durante y después de las actividades el cumplimiento al sistema general de riesgos laborales
27.2.4. Informar sobre peligros y riesgos generales y específicos en el área de trabajo y las actividades de alto riesgo
27.2.5. Instruir a los proveedores contratistas y trabajadores cooperados la importancia de reportar los posibles accidentes y enfermedades laborales
27.2.6. Verificar durante la actividad el cumplimiento de la normatividad de SST
27.3. Resolución 1111 de 2017
27.3.1. Artículo 8: Obligaciones del empleador o contratante
27.3.1.1. Documentar y mantener un procedimiento para la selección y contratación de proveedores y contratistas
27.4. Resolución 0114 de 2017
27.4.1. Se adopta el formato de identificación de peligros para trabajadores independientes
27.5. Código sustantivo el trabajo
27.5.1. Artículo 34
27.5.2. Artículo 35
28. 2.2.4.6.29
28.1. Auditoria de cumplimiento del SGSST
28.1.1. Auditoría anual con participación del COPASST
28.1.1.1. Definición de la idoneidad de la persona auditora
28.1.1.2. Los auditores no deben auditar su trabajo
29. 2.2.4.6.30
29.1. Alcance de la auditoria de cumplimiento de SST
29.1.1. Debe abarcar
29.1.1.1. Cumplimiento de la política
29.1.1.2. Resultado de los indicdores
29.1.1.3. Participación de los trabajadores
29.1.1.4. Desarrollo de la responsabilidad y la obligación del rendimiento de cuentas
29.1.1.5. Mecanismo de comunicación de los contenidos del SGSST
29.1.1.6. Planificación, desarrollo y aplicación del SGSST
29.1.1.7. Alcance y aplicación del SGSST a los contratistas y proveedores
29.1.1.8. Supervisión y medición de los resultados
29.1.1.9. Proceso de inversigación de incidentes, accidentes y enfermedades laborales.
29.1.1.10. Desarrollo de la auditoría
29.1.1.11. Evaluación por parte de alta dirección
30. 2.2.4.6.31
30.1. Revisión por alta dirección
30.1.1. Una vez al año
30.1.2. Determinar el cumplimiento de la política y los objetivos
30.1.3. Revisión pro-activa de los resultados
30.1.4. Documentados y divulgados al COPASST o Vigía
31. 2.2.4.6.7
31.1. Resolución 1111 de 2017
31.1.1. Estándar 2 Gestión integral del sistema de la seguridad y salud en el trabajo
31.1.1.1. estándar 2.1 política de seguridad y salud en el trabajo
31.2. Compromisos (Res1111/2017) de la política de seguridad y salud en el trabajo
31.2.1. Identificar peligros, evaluar y valorar los riesgos y establecer los respectivos controles
31.2.1.1. Artículo 2.2.4.6.15
31.2.2. Proteger la seguridad y salud de todos los trabajadores
31.2.2.1. Mejora continua
31.2.3. Cumplimiento de la normatividad vigente
32. 2.2.4.6.6
32.1. Requisitos de la política de seguridad y salud en el trabajo
32.1.1. Compromiso de la empresa con la implementación de la SST
32.1.2. Ser específica para la empresa, actividad laboral y tamaño de la organización
32.1.3. Ser concisa, redactada con claridad, fechada y firmada por el representante legal
32.1.4. Debe darse a conocer a todos los niveles de la organización
32.1.5. Revisada una vez al año de acuerdo a los cambios de SST como en la empresa.
32.2. Resolución 1111 de 2017
32.2.1. Estándar 2 Gestión integral del sistema de la seguridad y salud en el trabajo
32.2.1.1. estándar 2.1 política de seguridad y salud en el trabajo
33. 2.2.4.6.15
33.1. Identificación de peligros, evaluación y valoración de riesgos
33.1.1. Matriz de peligros
33.1.2. Resolución 144 de 2017
33.1.2.1. Formato de identificación de peligros trabajadores independientes
33.1.3. Estándar 4: Gestión de peligros y riesgos
33.1.3.1. E 4.1 Identificación de peligros evaluación y valoración de los riesgos
33.1.3.1.1. 4.1.1 Riesgos de origen físico, ergonómico, biológico, químico, de seguridad, psicosocial
33.1.3.1.2. 4.1.2 Participación de todos los niveles de la empresa
33.1.3.1.3. 4.1.3 Empresa donde se procesen manipulen o trabajen con agentes o sustancias carcinógenas o con toxicidad aguda
33.1.3.1.4. 4.1.4 Mediciones ambientales de los riesgos prioritarios
33.1.4. Metodología sistemática
33.1.4.1. Procesos y actividades internas o externas, para todos los puestos y centros de trabajo y todos los trabajadores
33.1.5. Desarrollada por el empleador
33.1.5.1. Documentada y actualizada
33.1.5.2. Participación de todos los niveles de la empresa
33.1.6. Metodologías adicionales para el complemento de la evaluación
33.1.6.1. Agentes potencialmente cancerígenos
33.1.6.1.1. Plan decenal para el control de cáncer
33.1.6.1.2. Ley 55 de 1993 Adopción del convenio 170
33.1.6.1.3. Decreto 1496 de 2018
33.1.6.2. Resolución 2400 de 1979
33.1.6.2.1. Titulo III normas generales sobre riesgos físicos, químicos y biológicos en los establecimientos de trabajo.
33.1.7. Informar al comité paritario o vigía sobre los resultados de las evaluaciones de los ambientes de trabajo
33.1.7.1. Resolución 2013 de 1986
33.1.7.1.1. Por la cual se reglamenta la organización y el funcionamiento de los comités de Medicina, Higiene y Seguridad Industrial en los lugares de trabajo.
33.1.7.2. Resolución 2400 de 1979
33.1.7.2.1. Título I disposiciones generales
34. 2.2.4.6.23
34.1. Gestión de peligros y riesgos
34.1.1. Adopción de métodos para la identificación para la prevención, evaluación, valoración y control de peligros y riesgos en la empresa
34.1.1.1. Resolución 1348 de 2009
34.1.1.1.1. Mediante el cual se adopta el reglamento de salud ocupacional en los procesos de generación, transmisión y distribución de energía eléctrica en las empresas del sector
34.1.1.2. Decreto 1886 de 2015
34.1.1.2.1. Por el cual se establece el Reglamento de Seguridad en las Labores Mineras Subterráneas
34.1.1.3. Resolución 11 de 2017
34.1.1.3.1. Estándar 4 de gestión de peligros y riesgos
35. 2.2.4.6.24
35.1. Medidas de prevención y control
35.1.1. Análisis de pertinencia
35.1.1.1. Eliminación
35.1.1.1.1. Suprimir el peligro/riesgo
35.1.1.2. Sustitución
35.1.1.2.1. Remplazar un peligro por otro que no genere riesgo o que genere menos riesgo
35.1.1.3. Controles de ingeniería
35.1.1.3.1. Medidas técnicas para el control del peligro en su origen o en el medio
35.1.1.4. Controles administrativos
35.1.1.4.1. Disminución del tiempo de exposición al peligro
35.1.1.5. Equipos y elementos de protección personal
35.1.1.5.1. uso de dispositivos, accesorios y vestimentas por parte de los trabajadores
35.1.1.5.2. Cuya finalidad es la protección contra posibles daños a su salud o integridad física.
35.1.1.6. Resolución 1111 de 2017
35.1.1.6.1. Estándar 2 gestión integral del sistema de la seguridad y salud en el trabajo
35.1.2. Suministro de los elementos por parte del empleador junto con la debida capacitación para el correcto uso
35.1.3. Mantenimiento de instalaciones, herramientas, y equipos de acuerdo a los informes de inspecciones
35.1.3.1. Basado en el artículo 2.2.4.6.15 y 2.2.4.6.26
35.1.3.2. Se debe realizar un cronograma de inspecciones de acuerdo a la frecuencia de uso del material.
35.1.4. Acciones de vigilancia de salud de los trabajadores por medio de exámenes ocupacionales de ingreso, periódicas y de egreso
35.1.4.1. Resolución 2346 de 2007
35.1.4.1.1. Por la cual se regula la práctica de evaluaciones médicas ocupacionales y el manejo y contenido de las historias clínicas ocupacionales.
35.1.4.2. Resolución 1111 de 2017
35.1.4.2.1. Estándar 3 Gestión de la salud
36. 2.2.4.6.25
36.1. Prevención, preparación y respuesta ante emergencias
36.1.1. Emergencia: Situación de peligro o desastre que afecta el funcionamiento normal de la empresa, requiere de una acción inmediata y coordinada de los trabajadores, brigadas de emergencia y primeros auxilios o de otros grupos de apoyo dependiendo de su magnitud.
36.1.2. Se debe establecer de acuerdo a la matriz de riesgos resultante de las acciones planteadas en el artículo 2.2.4.6.15
36.2. Decreto 2157 de 2017
36.2.1. Se adoptan directrices generales para la elaboración del plan de gestión del riesgo de desastres de las entidades públicas y privadas
36.3. Resolución 0256 de 2014
36.3.1. Se reglamenta la conformación, la capacitación y entrenamiento de las brigadas contra incendio de los sectores energético. industrial, petrolero, minero, portuario, comercial y similares.
37. 2.2.4.6.26
37.1. Gestión del cambio
37.1.1. Desarrollo de procedimientos
37.1.1.1. Evaluar el impacto sobre la seguridad y salud provenientes de cambios en los procesos, en las instalaciones, legislación y conocimientos de SST
37.1.1.1.1. Se debe llevar a cabo lo establecido en el artícuo 2.2.4.6.15 con ayuda del COPASST
38. 2.2.4.6.5
38.1. Política de seguridad y salud en el trabajo
38.1.1. Elaborada por el representante legal de acuerdo al estándar 2.1.1 de la resolución 1111 de 2017
38.1.2. Debes ser parte de las otras políticas de la empresa
38.1.3. Con alcance a todos los centros de trabajo y trabajadores
38.1.4. El COPASST o Vigía debe tener conocimiento de esta