Derechos y responsabilidades de los ciudadanos (constitución de la república del ecuador ).

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Derechos y responsabilidades de los ciudadanos (constitución de la república del ecuador ). por Mind Map: Derechos y responsabilidades de los ciudadanos (constitución de la república del ecuador ).

1. Responsabilidades.

1.1. El Art. 83 Son deberes y responsabilidades de las ecuatorianas y los ecuatorianos, sin perjuicio.

1.1.1. Acatar y cumplir la Constitución, la ley y las decisiones legítimas de autoridad competente.

1.1.2. Cooperar con el Estado y la comunidad en la seguridad social, y pagar los tributos establecidos por la ley.

1.1.3. Colaborar en el mantenimiento de la paz y de la seguridad.

1.1.4. Asistir, alimentar, educar y cuidar a las hijas e hijos.

1.1.5. Promover la unidad y la igualdad en la diversidad.

1.1.6. Respetar los derechos de la naturaleza, preservar un ambiente sano.

1.1.7. Defender la integridad territorial del Ecuador y sus recursos naturales.

1.1.8. Participar en la vida política, cívica y comunitaria del país, de manera honesta y transparente.

1.1.9. No ser ocioso, no mentir, no robar.

2. Derechos.

2.1. Art. 11.- EI ejercicio de los derechos se regirá por los siguientes principios:

2.1.1. Los derechos se podrán ejercer, promover y exigir de forma individual o colectiva ante las autoridades competentes

2.1.2. Todas las personas son iguales y gozarán de los mismos derechos, deberes y oportunidades.

2.1.3. Nadie podrá ser discriminado por razones de etnia, lugar de nacimiento, edad, sexo, identidad de género, identidad cultural, entre otros.

2.1.4. Ninguna norma jurídica podrá restringir el contenido de los derechos ni de las garantías constitucionales.

2.1.5. Todos los principios y los derechos son inalienables, irrenunciables, indivisibles, interdependientes y de igual jerarquía.

2.1.6. El contenido de los derechos se desarrollará de manera progresiva a través de las normas, la jurisprudencia y las políticas públicas.

2.1.7. Derechos de las comunidades, pueblos y nacionalidades.

2.1.8. Derechos de participación, derechos de libertad y derechos de protección.

2.2. Art. 10.- Las personas, comunidades, pueblos, nacionalidades y colectivos son titulares y gozarán de los derechos garantizados en la Constitución y en los instrumentos internacionales.

2.2.1. La naturaleza será sujeto de aquellos derechos que le reconozca la Constitución.