Sociedad de Responsabilidad Limitada

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Sociedad de Responsabilidad Limitada por Mind Map: Sociedad de Responsabilidad Limitada

1. Órganos

1.1. Administradores o Gerentes

1.2. Asamblea de Socios

1.2.1. Socios

1.3. Persona extraña a la sociedad

2. Limitaciones

2.1. La constitución de la sociedad o aumento de capital, no puede ser por suscripción pública.

2.2. Cada socio no tendrá mas de una parte social salvo que la parte tenga derechos diversos.

2.3. Las partes sociales no pueden ser cedidas por títulos negociables a la orden o al portador.

2.4. En reforma, no es posible realizar prestaciones de trabajo o servicios personales de los socios.

2.5. La amortización con utilidades liquidas de una parte, solo es permitida en los términos del contrato social.

2.6. La modificación de las obligaciones de los socios debe ser votado por unanimidad.

2.7. Todas las comprendidas en los artículos 27,29,30,38,42,43,44,48,50(I II III IV)

2.7.1. Estos artículos tratan las condiciones bajo las cuales puede darse la separación de los socios, la rescisión del contrato y las condiciones para que los socios nombren a sus representantes.

3. Cambio en la estructura de la sociedad

3.1. Para la sesión de partes o nuevos socios, es mínimo necesario el consentimiento de los socios que reúnan la mayoría del capital social (50% + 1). Pero se puede aumentar el porcentaje en la definición de los estatutos.

3.2. Si la sesión de derechos es a una persona extraña a la sociedad, lo socios tienen por quince días el derecho sobre ella, si son varios, es en proporción de las aportaciones.

3.3. La transmisión por herencia no requiere autorización de los socios salvo se haya establecido un pacto previo.

3.4. Si las partes tienen derechos diversos y si un socio adquiere la totalidad o fracción de ella, se conservará la individualidad de las partes sociales.

3.5. Es posible establecer la división de las sociedades pero en el contrato de sociedad.

4. Requerimientos

4.1. La sociedad debe existir bajo una denominación o razón social.

4.2. Se permite máximo 50 socios

4.3. El nombre de la sociedad debe anteceder a: "Sociedad de Responsabilidad Limitada" o "S. de R. L."

4.4. El capital social puede ser divido en partes no iguales en valor y categoría pero múltiplos de 1 peso..

4.5. El capital de la sociedad debe estar suscrito y exhibido al menos al 50% al constituirse la sociedad.

4.6. Si es establecido en el contrato, los socios deben realizar aportaciones suplementarias.

5. Responsabilidades

5.1. Asamblea

5.1.1. La asamblea de socios debe reunirse al menos una vez al año convocada por gerentes, administradores o socios que conformen la tercera parte del capital social mas 1.

5.2. Persona extraña a la sociedad

5.2.1. Si una persona es extraña a la sociedad y su nombre está vinculado a ella, esta adquiere las responsabilidades sociales de la sociedad.

5.3. Socios

5.3.1. Los socios están obligados solo al pago de sus aportaciones.

5.3.2. La sociedad lleva un control (libro) de los socios, domicilio y aportaciones actualizado y disponible para consulta. Siendo los administradores designados por la sociedad en duración y tipo (socios o extraños a la sociedad).

6. Facultades

6.1. Socios

6.1.1. Los socios tienen derecho preferencial en aumentar el capital en nuevas emisiones salvo restricciones en el contrato social.

6.1.2. Derecho de participación en decisiones de la asamblea representado por Un voto por cada mil pesos de aportación o lo que se determine en el contrato.

6.2. Asamblea de Socios

6.3. *Tomar medidas en base al balance general anterior. *Reparto de utilidades. *Designar gerentes y consejo de vigilancia. *Resolver sobre las partes sociales (división y amortización). *Para con los socios, exigir las aportaciones suplementarias y tomar acciones referentes a daños y perjuicios. *Modificaciones al contrato Social, cesiones de partes y admisión de nuevos socios *Tomar decisión sobre los aumentos y reducciones del capital social. *Tomar decisión sobre la disolución de la sociedad.

7. Mecanismos

7.1. Las resoluciones de gerentes serán tomadas por mayoría de votos. Pero en ciertas circunstancias, la sociedad puede dictar resolución.