Normas Jurídicas

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Normas Jurídicas por Mind Map: Normas Jurídicas

1. Clases de Normas Jurídicas

1.1. Por su origen

1.1.1. Atendiendo al origen o a las fuentes de donde proceden, podemos distinguir los siguientes tipos de normas:

1.1.1.1. 1. Legales Son normas escritas dictadas por los órganos legislativos competentes del Estado.

1.1.1.1.1. ...

1.1.1.2. 2. Consuetudinarias Se trata de la repetición reiterada de determinadas conductas, las llamadas “costumbres jurídicas”.

1.1.1.3. 3. Jurisprudenciales Normas que provienen de la actividad judicial llevada a cabo por algunos tribunales.

1.1.1.4. 4. Negociales Las contenidas en las cláusulas de los contratos o negocios jurídicos, puesto que lo establecido en ellas por las partes les obliga jurídicamente.

1.2. Por la jerarquía formal o el lugar que las normas ocupan en el ordenamiento jurídico

1.2.1. Desde este punto de vista, las normas pueden ser: - Primarias - Secundarias

1.2.1.1. 1. Primarias Aquellas que ocupan la escala más alta o importante dentro del ordenamiento jurídico, es decir, las que se sitúan en el más alto rango jerárquico.

1.2.1.1.1. ...

1.2.1.2. 2. Secundarias Aquellas que ocupan una escala inferior en la jerarquía normativa. Su condición de inferioridad se debe al hecho de no ser válidas por sí mismas, sino que adquieren su condición de validez de otra norma superior.

1.3. Por el grado de imperatividad

1.3.1. Desde el punto de vista de la imperatividad, o lo que es lo mismo, desde la perspectiva de su relación con la voluntad de los particulares, las normas pueden ser: - Taxativas - Dispositivas Se trata en todo caso de una distinción por razón del contenido del precepto.

1.3.1.1. 1. Taxativas Existen determinadas materias trascendentales para la organización social y para la seguridad jurídica de los ciudadanos que el ordenamiento jurídico pretende regular de manera inequívoca.

1.3.1.1.1. ...

1.3.1.2. 2. Dispositivas Aquellas que pueden dejar de aplicarse a una situación jurídica concreta por voluntad expresa de las partes.

1.4. Desde el punto de vista de la violación y de las sanciones de las normas

1.4.1. Desde el punto de vista de la violación de las normas y sus correspondientes sanciones, las normas jurídicas se clasifican en cuatro grupos: - Leges plus quam perfectae - Leges perfectae - Leges minus quam perfectae - Leges imperfectae

1.4.1.1. 1. Leges plus quam perfectae Aquellas cuya sanción consiste en la nulidad de los actos que las vulneran, recayendo además otro tipo de sanción sobre el infractor, especialmente para resarcir de los daños que hubiera podido ocasionar.

1.4.1.1.1. ...

1.4.1.2. 2. Leges perfectae Aquellas en las que la violación produce únicamente el efecto de la nulidad del acto sin que se sobreañada sanción alguna para el infractor de la norma.

1.4.1.3. 3. Leges minus quam perfectae Aquellas que no establecen la nulidad de los actos contrarios a las mismas, es decir, no impiden que los actos de violación de las normas produzcan efectos jurídicos.

1.4.1.4. 4. Leges imperfectae Aquellas normas cuya infracción no solamente no produce la nulidad del acto, sino que tampoco imponen sanciones al infractor.

1.5. Por el ámbito de su validez

1.5.1. Según Kelsen, la validez formal de las normas jurídicas debe considerarse desde cuatro puntos de vista diferentes: - Espacial - Temporal - Material - Personal

1.5.1.1. 1. Validez espacial El ámbito espacial se refiere al espacio geográfico o territorio en que un precepto es aplicable. Desde el punto de vista espacial o territorial de validez, podemos clasificar las normas jurídicas en:

1.5.1.1.1. Normas internacionales Aquellas que tienen su espacio de vigencia en varios Estados.

1.5.1.1.2. Normas nacionales Aquellas cuya vigencia se circunscribe al Estado que las ha promulgado.

1.5.1.2. 2. Validez temporal El ámbito temporal está constituido por el período de tiempo durante el cual tiene vigencia una norma. Desde este punto de vista, las normas jurídicas pueden ser:

1.5.1.2.1. Normas de vigencia limitada Aquellas que, desde el momento mismo de su publicación, incorporan en la propia norma la duración de su obligatoriedad, estableciendo el período de tiempo durante el cual permanecerán vigentes.

1.5.1.2.2. Normas de vigencia ilimitada No todas las normas contienen en el propio texto un plazo de vigencia temporal determinado.

1.5.1.3. 3. Validez material El ámbito material se refiere a la materia o contenido regulado. Los preceptos jurídicos pueden clasificarse de acuerdo con la tipología de las materias que regulan. Esta clasificación tiene su fundamento en la división del Derecho en diferentes ramas. Tradicionalmente, desde esta perspectiva, se habla de:

1.5.1.3.1. Normas de Derecho público Quedarían aquí englobados el Derecho constitucional, Derecho administrativo, Derecho penal, Derecho procesal, Derecho internacional público, Derecho tributario.

1.5.1.3.2. Normas de Derecho privado Derecho civil, Derecho mercantil.

1.5.1.4. 4. Validez personal (en función de los destinatarios de las normas jurídicas) El ámbito personal se refiere a los sujetos a los que afecta la norma. Desde este punto de vista, las normas pueden ser:

1.5.1.4.1. Genéricas Aquellas cuyo sujeto pasivo es una clase o categoría de personas, una pluralidad de individuos integrantes de un colectivo determinado: todos, los españoles, los agricultores, los estudiantes, los mayores de x años,...

1.5.1.4.2. Particulares Aquellas normas que obligan sólo a determinadas personas, puesto que derivan de la voluntad de los propios individuos, como sucede, por ejemplo, entre las partes vinculadas por un contrato o negocio jurídico. Hay quienes las denominan normas individuales de carácter privado.

1.5.1.4.3. Individuales Aquellas que obligan o facultan a una o varias personas determinadas de modo individual, tal como sucede en las resoluciones administrativas y en las sentencias.

1.6. Desde el punto de vista de su cualidad o modo de vincular la voluntad de los sujetos

1.6.1. Por el modo de vincular la voluntad de los obligados, las normas pueden ser: - Positivas - Negativas

1.6.1.1. 1. Positivas Aquellas normas que permiten realizar ciertas conductas, bien sea una acción o una omisión. A su vez, las normas positivas pueden ser:

1.6.1.1.1. Preceptivas Prescriben la realización de una determinada conducta de acción u omisión. Al estar preceptuada, lógicamente, está permitida.

1.6.1.1.2. Permisivas Autorizan un determinado comportamiento, pero no es obligado.

1.6.1.2. 2. Negativas Son las que prohíben determinados comportamientos, ya sean de acción o de omisión.

1.7. Por su función o finalidad

1.7.1. En virtud de la finalidad que desempeñan las normas jurídicas, pueden clasificarse en: - Normas de conducta (o de comportamiento) - Normas de organización (o complementarias)

1.7.1.1. 1. Normas de conducta o de comportamiento Son aquellas normas que regulan una conducta de acción u omisión.

1.7.1.1.1. ...

1.7.1.2. 2. Normas de organización o complementarias Son aquellas que adquieren un significado pleno cuando se las relaciona con otras normas a las cuales complementan.

2. Una norma jurídica es una prescripción dirigida a la ordenación del comportamiento humano prescrita por una autoridad cuyo incumplimiento puede llevar a una sanción. Generalmente, impone deberes y confiere derechos.

3. En fin....

4. Incumplimiento=Fuerza