Clases de Normas Jurídicas

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Clases de Normas Jurídicas por Mind Map: Clases de Normas Jurídicas

1. 3. Jurisprudenciales

1.1. Normas que provienen de la actividad judicial llevada a cabo por algunos tribunales. Tienen dos manifestaciones:

2. 2. Consuetudinarias

2.1. Se trata de la repetición reiterada de determinadas conductas, las llamadas “costumbres jurídicas”. Nuestro Código Civil las recoge como parte del Derecho en su artículo 1.1. Para su existencia como auténticas normas jurídicas se exige que tales comportamientos consuetudinarios se realicen con el convencimiento de que son conductas jurídicamente obligatorias

3. 4. Negociales

3.1. Las contenidas en las cláusulas de los contratos o negocios jurídicos, puesto que lo establecido en ellas por las partes les obliga jurídicamente.

4. Por la jerarquía formal o el lugar que las normas ocupan en el ordenamiento jurídico

4.1. Primarias

4.1.1. Aquellas que ocupan la escala más alta o importante dentro del ordenamiento jurídico, es decir, las que se sitúan en el más alto rango jerárquico.

4.2. Secundarias

4.2.1. Aquellas que ocupan una escala inferior en la jerarquía normativa. Su condición de inferioridad se debe al hecho de no ser válidas por sí mismas, sino que adquieren su condición de validez de otra norma superior.

5. Desde el punto de vista de la violación y de las sanciones de las normas

5.1. Leges minus quam perfectae

5.1.1. Aquellas que no establecen la nulidad de los actos contrarios a las mismas, es decir, no impiden que los actos de violación de las normas produzcan efectos jurídicos. Sin embargo, establecen determinadas sanciones, castigos o efectos desfavorables que recaen sobre el infractor.

5.2. Leges perfectae

5.2.1. Aquellas en las que la violación produce únicamente el efecto de la nulidad del acto sin que se sobreañada sanción alguna para el infractor de la norma.

5.3. Leges imperfectae

5.3.1. Aquellas normas cuya infracción no solamente no produce la nulidad del acto, sino que tampoco imponen sanciones al infractor. Son muy numerosas, especialmente en el ámbito del Derecho público y del Derecho internacional, a pesar de que gran parte de la doctrina no las acepta como normas jurídicas.

5.4. Leges plus quam perfectae

5.4.1. Aquellas cuya sanción consiste en la nulidad de los actos que las vulneran, recayendo además otro tipo de sanción sobre el infractor, especialmente para resarcir de los daños que hubiera podido ocasionar.

6. Desde el punto de vista de su cualidad o modo de vincular la voluntad de los sujetos

6.1. Positivas

6.1.1. Aquellas normas que permiten realizar ciertas conductas, bien sea una acción o una omisión. A su vez, las normas positivas pueden ser preceptivas o permisivas.

6.2. Negativas

6.2.1. Son las que prohíben determinados comportamientos, ya sean de acción o de omisión.

7. Por su origen

7.1. 1. Legales 2. Consuetudinarias 3. Jurisprudenciales 4. Negociables

8. 1. Legales

8.1. Son normas escritas dictadas por los órganos legislativos competentes del Estado. Una ley aprobada por las Cortes Generales, una Orden ministerial, cualquier disposición emanada de las Comunidades Autónomas, o el bando de un alcalde son ejemplos de este tipo de normas.

9. Funciones

9.1. FUNCION MOTIVADORA La norma procura que no se quebranten las condiciones y normas de convivencia y, en especial, que no se dañen bienes jurídicos. Despliega sus efectos ex ante. Por ello, la sanción atiende a la prevención general.

10. Por el grado de imperatividad

10.1. Taxativas

10.1.1. Existen determinadas materias trascendentales para la organización social y para la seguridad jurídica de los ciudadanos que el ordenamiento jurídico pretende regular de manera inequívoca. Para ello utiliza normas taxativas, llamadas también necesarias o de “ius cogens”

10.2. Dispositivas

10.2.1. El ordenamiento jurídico prefiere confiar a la voluntad de los sujetos la libertad de establecer normas particulares para regular sus propias conductas, de manera que cuando los individuos no manifiestan libremente la voluntad de establecer normas particulares para la regulación de sus propios actos

11. Por el ámbito de su validez Según Kelsen

11.1. - Espacial - Temporal - Material - Personal

12. Por su función o finalidad

12.1. Normas de conducta o de comportamiento

12.1.1. Son normas que tienen por sí mismas un sentido pleno en cuanto que establecen determinados preceptos e imputan sanciones concretas a las violaciones de las conductas prescritas.

12.2. Normas de organización o complementarias

12.2.1. Son aquellas que adquieren un significado pleno cuando se las relaciona con otras normas a las cuales complementan. Estipulan las condiciones y determinan los medios para la eficacia de las primeras

13. Los tipos de normas de organización o complementarias son muy numerosos. Las de mayor interés son:

13.1. - De vigencia - Declarativas, explicativas o definitorias - Permisivas - Interpretativas - Sancionadoras - De organización, de procedimiento y de competencia