1. ANTECEDENTES
1.1. EDAD ALTA MEDIEVAL
1.1.1. ausencia del comerciante y nace el servilismo
1.2. EDAD MEDIA MEDIEVAL
1.2.1. aparecen los artesanos en los comerciantes
1.3. EDAD BAJA MEDIEVAL
1.3.1. nace el comerciante y agremiaciones, coorporacion y se geenra la ley consular
2. PRIMEROS TIPOS DE CONTRATOS
2.1. se crean en la antigua roma pactos pretorios entre estos los mas importantes
2.1.1. *Pacto de hipoteca *Constitutum *Receptum arbitrii *Receptum natarum *Receptum argentorotrum
3. COMERCIANTES
3.1. I. Las personas que teniendo capacidad legal para ejercer el comercio, hacen de él su ocupación ordinaria; II. Las sociedades constituidas con arreglo a las leyes mercantiles; III. Las sociedades extranjeras o las agencias y sucursales de éstas, que dentro del territorio nacional ejerzan actos de comercio.
3.1.1. TIPOS DE COMERCIANTES
3.1.1.1. COMERCIANTES INDIVIDUALES
3.1.1.1.1. El individuo que tiene la capacidad requerida adquiere la calidad de comerciantes cuando hace del comercio su ocupación ordinaria. Entendiendo como “ocupación ordinaria” la reiteración de actos mercantiles aptos para conferir la calidad de comerciante.
3.1.1.2. COMERCIANTES PERSONAS MORALES
3.1.1.2.1. Las personas morales organizadas conforme a alguno de los tipos de sociedades mercantiles tienen la consideración legal de comerciante, cualesquiera que sean las actividades a que se dediquen, e independientemente de la nacionalidad que a las propias sociedades se atribuya.
4. OBLIGACIONES DE LOS COMERCIANTES
4.1. Todos los comerciantes, por el hecho de serlo, están obligados: 1. A la publicación por medio de la prensa, de la calidad mercantil con sus circunstancias esenciales, y, en su oportunidad de las modificaciones que se adopten 2. A la inscripción en el Registro Público de Comercio, de los documentos cuyo tenor y autenticidad deban hacerse notorios 3. A mantener un sistema de contabilidad en términos de la ley 4. A la conservación de la correspondencia que tenga relación con el giro del comerciante.
5. FUENTES SUPLETORIAS
5.1. Como toda legislación, la mercantil presenta lagunas, hay casos no previstos por el legislador y que no pueden ser resueltos mediante la aplicación de los preceptos legales; la propia ley mercantil prevé la manera de colmar estas lagunas, y establece al efecto dos diversos sistemas: uno, contenido en el Código de Comercio, y que por ello de ser considerado de aplicación general; otro, consagrado en las diversas leyes mercantiles especiales, y que sólo tiene relación con la ley especial de que se trate. Así, el Código de Comercio establece que “a falta de disposiciones de este Código, serán aplicables a los actos de comercio las disposiciones del derecho común”.
5.1.1. La costumbre: es muy importante en este caso, debido a los usos del comercio.
6. DEFINICION
6.1. el derecho mercantil es el conjunto de normas relativas a los comerciantes en el ejercicio de su profesion, a los actos de comercio legalmente calificados como tales y a las relaciones juridicas derivadas a la realizacion de esta
6.1.1. DERECHO COMERCIAL
6.1.1.1. es una norma especial del derecho privado, mientras el derecho civil se elige como derecho comun
6.1.2. DERECHO MERCANTIL
6.1.2.1. tiene dos objetos de regulacion, llamada criterio, objetivo y subjetivo, el objetivo hace referencia al comercio o acto del comercio y el subjetivo es el que se refiere a la calidad del comerciante