Procedimiento Especial Colectivo
por yuliana ramirez
1. Ante la Junta de Conciliación y Arbitraje según el supuesto
1.1. capitulo XII
1.2. capitulo XIII
2. SE PRESENTA EL ESCRITO DE DEMANDA
2.1. ESCRITO
2.1.1. ARTICULO 893 LFT
2.2. COMPARECENCIA
2.2.1. ARTICULO 896 LFT
3. Surge un conflicto laboral
3.1. Naturaleza jurídica
3.1.1. cuya tramitación es en un procedimiento especial
3.1.2. fundamento
3.1.2.1. articulo 4727
3.1.2.1.1. F. 1
3.1.2.1.2. F. II
3.1.2.1.3. F. VI
3.1.2.2. articulo 434
3.1.2.2.1. F. I
3.1.2.2.2. F.III
3.1.2.2.3. F. V
4. La junta, con 10 días de anticipación, cita a una audiencia de conciliación, demanda y excepciones, pruebas y resolución
4.1. ordenara la practica de la diligencia
4.2. al citar al demandado se le apercibirá que de no concluir a la audiencia se dará por admitidas las peticiones de la parte actora
4.2.1. articulo 894 LFT
5. Audiencia de conciliación, demanda y excepciones, pruebas y resolución
5.1. debe celebrarse dentro de los 15 días hábiles siguientes a la fecha en que se haya presentado la demanda
5.2. articulo 893 LFT
6. Podra ofecer sus pruebas
6.1. fundamento articulo 893
6.2. tipo de pruebas
6.2.1. articulo 776
6.2.2. confesiona
6.2.3. documental
6.2.4. testimonial
6.2.5. pericial
6.2.6. inspección
6.2.7. presuncional