Derecho internacional privado

Derecho Internacional Privado

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Derecho internacional privado por Mind Map: Derecho internacional privado

1. Naturaleza de sus normas

1.1. Se refiere este segundo adjetivo a las personas implicadas en la relación jurídica que esta rama estudia; así, se examina la relación jurídica privada que se entabla entre particulares (personas físicas o jurídicas) o entre un particular y el Estado siempre y cuando éste actúe como particular. Cuestión que extendemos más en el apartado referido al objeto del dipr

1.2. Internacional

1.2.1. Se acepta el concepto por los autores en virtud del objeto regulado en esta rama del derecho. Se regulan relaciones de individuos que extienden su actividad fuera de sus fronteras. Según Lalive, se llama internacional este derecho por la naturaleza de las cuestiones que tiende a resolver. No es un derecho internacional por la fuente de producción de sus normas, sino por el objeto regulado, es decir, el tráfico jurídico externo.

1.3. Privado

2. Fuentes

2.1. Nacionales

2.1.1. Son aquellas que podemos localizar en el orden jurídico vigente de un solo país. Dentro de esta clasificación encontramos dos tipos de leyes: 1) aquellas que se desprenden de las normas internacionales y 2) las que se desligan del Derecho Internacional. Dentro de este tipo de fuentes están: La ley, la costumbre y la jurisprudencia.

2.2. Internacionales

2.2.1. Son fuentes que constituyen maneras de crear normas jurídicas que obligan a más de un Estado a respetar acuerdos. Dentro de este tipo encontramos a los tratados internacionales, a la costumbre internacional y a la jurisprudencia internacional.

3. Concepto

3.1. El derecho internacional privado se configura como el conjunto de normas y principios que cada ordenamiento particular establece para dotar de una regulación especial a los supuestos de tráfico externo.

4. Objeto

4.1. Cuando la relación jurídica internacional se da entre personas de derecho público, el derecho que debe regularla es el derecho internacional público. Pero cuando la relación jurídica extranacional… se da entre personas de derecho privado, surge la necesidad de que sea un derecho ad hoc el que la regule, y éste ha sido tradicionalmente el derecho internacional privado