CLASIFICACIÓN DE LAS NORMAS JURÍDICAS
por Madelyn Vela
1. Los criterios clasificativos de las normas jurídicas se derivan y fundamentan con otras normas en su ámbito de aplicación y propia naturaleza.
2. CRITERIOS CLASIFICATIVOS
3. DESDE EL PUNTO DE VISTA DEL SISTEMA A QUE PERTENECE
3.1. NACIONALES: Normas dictadas por organos legislativos nacionales perceptuado en la constitución y leyes aplicadas en determinado territorio.
3.2. EXTRANJERAS: Normas dictadas por órganos legislativos extranjeros dentro de la respectiva constitución aplicado dentro del territorio de estado que trate.
3.3. DE DERECHO UNIFORME: Se incorporan al derecho interno y cada vez que se adopten mediante la convención de convenciones para las relaciones regulares que se producen entre ellos.
4. DESDE EL PUNTO DE VISTA DE SU FUENTE
4.1. DE DERECHO ESCRITO: Su fuente es la legislación y son normas elaboradas por organos específicos
4.2. DE DERECHO CONSUETUDINARIO: Su fuente es la costumbre, actos que se repiten constantemente.
4.3. re Conjunto de principios generales y doctrinas derivadas de las resoluciones de los tribunales de justicia.
5. DESDE EL PUNTO DE VISTA DE SU ÁMBITO TEMPORAL DE VALIDEZ
5.1. DE VIGENCIA INDETERMINADA: En estas normas no se determina su tiempo de vigencia
5.2. DE VIGENCIA DETERMINADA: Tiene un determinado tiempo de vigencia.
6. DESDE EL PUNTO DE VISTA DE SU ÁMBITO MATERIAL DE VALIDEZ
6.1. DE DERECHO PÚBLICO: Regulan la organización y actividad al estado y demás entes públicos en las relaciones con los particulares.
6.2. De derecho privado. determinan consecuencias esenciales de los principales actos y hechos de la vida humana, relacion del ser humano con sus semejantes y aproveccamiento de bienes economicos.
7. DESDE EL PUNTO DE VISTA DE SU AMBITO PERSONAL DE VALIDEZ
7.1. GENERALIZADAS: Se dictan a un numero indeterminado de personas que se encuentran en condiciones previstas en ellas, por ejemplo los impuestos.
7.2. INDIVIDUALIZADAS Obligan a uno o varios sujetos individualmente considerados, por ejemplo una sentencia de un tribunal de justicia
8. DESDE EL PUNTO DE VISTA DE SUS RELACIONES DE COMPLEMENTACIÓN
8.1. PRIMARIAS: Son normas que poseen significación propia, sentido pleno, por consiguiente no necesitan ser complementadas por otras.
8.2. SECUNDARIAS: Carecen de significación propia, de sentido pleno y necesitan ser complementadas por otras de la misma naturaleza.
8.2.1. DE INICIACIÓN, DURACIÓN Y EXTINCIÓN DE VIGENCIA: Determinan el momento de iniciación, el tiempo que duran y la vigencia.
8.2.2. DECLARATIVAS: Definen los término empleados en otras.
8.2.3. PERMISIVAS: Establecen excepciones en relación a otras normas.
8.2.4. INTERPRETATIVAS: Interpretar una norma es desentrañar su sentido, descubrir su significado.
8.2.5. SANCIONADORAS: Son las más importantes entre las secundarias, pues imponen un castigo a quien o quienes las infringen.