Resolución 652 de 2012 - Comité de Convivencia

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Resolución 652 de 2012 - Comité de Convivencia por Mind Map: Resolución 652 de 2012 - Comité de Convivencia

1. Objeto

1.1. Es definir la conformación y funcionamiento del comité de convivencia laboral en entidades públicas y empresas privadas, así como establecer la responsabilidad que les asiste a los empleadores públicos y privados y a las administradoras de riesgo laboral frente al desarrollo de las medidas preventivas y correctivas del acoso laboral contenidas en el artículo 14 de la resolución 2646 de 2008.

2. Conformación de Comité de Convivencia Laboral

2.1. Está compuesto por dos (2) representantes del empleador y dos (2) de los trabajadores, con sus respectivos suplentes, facultando la norma a la empresa privada o entidad pública para designar un mayor número de representantes, los cuales en todo caso serán iguales en ambas partes.

2.2. En las entidades con menos de 20 trabajadores dicho comité estará conformado por un representante de los trabajadores y uno del empleador con sus respectivos suplentes.

3. Ámbito de aplicación

3.1. Los empleadores públicos y privados, a los servidores públicos, a los trabajadores dependientes

3.2. A.R.L (administradoras de riesgo laboral)

4. Comité de Convivencia Laboral

4.1. Es un grupo de empleados, conformado por representantes del empleador y representantes de los empleados, que busca prevenir el acoso laboral contribuyendo a proteger a los empleados contra los riesgos psicosociales que afectan la salud en los lugares de trabajo, conforme lo establece la resolución 652 del 30 de abril del año 2012

5. Recursos

5.1. Se debe garantizar un espacio físico para las reuniones y demás actividades del Comité, así como para su manejo reservado de la documentación

6. Funcionamiento Comité de Convivencia Laboral

6.1. QUEJAS: Recibir y darles trámites.

6.2. ANALIZAR: Las quejas presentadas

6.3. ESCUCHAR: A las partes involucradas de manera individual sobre los hechos.

6.4. ESPACIOS DE DIÁLOGO: Crearlos para promover compromisos mutuos para llegar a una solución efectiva de las controversias

6.5. PLANES DE MEJORA: Formular un plan concertado entre las partes.

6.6. SUGERIR: A la alta dirección medida preventiva y correctiva

6.7. SEGUIMIENTO: A las recomendaciones dadas por el comité de convivencia

6.8. COMUNICAR: A la alta dirección en aquellos casos que no se logre un acuerdo o no se cumplan las recomendaciones

6.9. INFORMES: Elaborarlos trimestralmente. Estadísticas de quejas y reclamos. Elaborar el informe anual de resultados de gestión del comité y los informes requeridos por los organismos de control

7. Responsabilidades del empleador

7.1. Desarrollar medidas preventivas y correctivas de acoso laboral con el fin de:

7.1.1. -Promover un excelente ambiente de convivencia laboral

7.1.2. Fomentar relaciones positivas entre los trabajadores de la empresa

7.1.3. Respaldar la dignidad e integridad de las personas en el trabajo.

8. Responsabilidades de ARP

8.1. La Administradora de Riesgos Profesionales llevara a cabo acciones de asesoría y asistencia técnica a sus empresas afiliadas, para el desarrollo de las medidas preventivas y correctivas del acoso laboral.