LOS PRINCIPIOS QUE RIGEN LA BIOÉTICA
por leirbag ortiz
1. RESPETO DE LA AUTONOMÍA
1.1. Es la capacidad de las personas de deliberar sobre sus finalidades personales y de actuar bajo la dirección de las decisiones que pueda tomar.
2. NO-MALEFICENCIA
2.1. Afirma, la obligación de no hacer daño intencionalmente. Es el fundamento de la ética médica y de todo sistema moral.
3. Teorías para la autonomía
4. Libertad externa
5. Agencia o libertad interna
6. Personas autónomas y acciones autónomas
7. Las personas autónomas hacen ocasionalmente decisiones que no son autónomas, por ignorancia, porque están deprimidas o por otros factores internos o externos.
8. Una acción es autónoma si el agente moral obra
9. Intencionalmente
10. Con comprensión
11. Sin influencias externas que determinen o controlen su acción.
12. El principio de respeto por la autonomía: su contenido normativo
13. El respeto por la autonomía exige que se reconozca el derecho del sujeto moral:
14. Tener sus propios puntos de vista
15. Hacer sus propias opciones
16. Obrar en conformidad con sus valores y creencias personales.
17. Personas con autonomía disminuida
18. Las obligaciones que dimanan del principio de respeto por la autonomía no se extienden a las personas que no pueden obrar de manera suficientemente autónoma y que tampoco pueden llegar a hacerlo por diversas razones (inmadurez, discapacidad, etc).
19. La distinción entre la beneficencia y la no-maleficencia
20. El concepto de daño
21. Algunas normas morales que se apoyan en el principio de no-maleficencia
22. El principio de no-maleficencia impone, siempre, una obligación negativa: la prohibición de hacer el mal o daño.
23. "Dañar" significa, frustrar o perjudicar los intereses de alguien, sin que constituya necesariamente un agravio o injusticia al perjudicado.
24. No matar
25. No causar dolor o sufrimiento
26. No causar discapacidad
27. No ofender
28. No privar a otras personas de los bienes de la vida.
29. BENEFICENCIA
30. JUSTICIA
30.1. Justicia distributiva: distribución equitativa de los derechos, beneficios y responsabilidades o cargas en la sociedad.
31. Exige que pongamos actos positivos para promover el bien y la realización de los demás.
31.1. Beauchamp y Childress examinan dos principios bajo el título de beneficencia:
31.1.1. 1) Beneficencia positiva: nos obliga a obrar benéficamente en favor de los demás.
31.1.2. 2) Principio de utilidad: nos obliga a contrapesar los beneficios y los inconvenientes, estableciendo el balance más favorable posible.
32. El concepto de beneficencia
32.1. Realización de actos de misericordia, bondad y caridad. Los autores clasifican como “beneficencia” cualquier acción humana llevada a cabo para beneficiar a otra persona.
33. Beneficencia obligatoria y beneficencia ideal
33.1. Principios de beneficencia obligatoria
33.1.1. 1. Proteger y defender los derecho ajenos
33.1.2. 2. Prevenir los daños que podrían afectar a terceras personas.
33.1.3. 3. Eliminar las condiciones o situaciones que pudiesen dañar a otros.
33.1.4. 4. Ayudar a las personas con incapacidades o deficiencias.
33.1.5. 5. Rescatar a las personas que están en peligro.
33.1.6. Beneficencia ideal: no recoge un principio de beneficencia que exija sacrificios notables a los sujetos morales.