LEY FEDERAL DE RESPONSABILIDAD AMBIENTAL

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LEY FEDERAL DE RESPONSABILIDAD AMBIENTAL por Mind Map: LEY FEDERAL DE RESPONSABILIDAD AMBIENTAL

1. Generalidades

1.1. Objeto: protección, preservación y restauración del ambiente y el equilibrio ecológico.

1.2. Bien jurídico tutelado: El derecho humano a un medio ambiente sano.

2. Compensación

2.1. ¿cuando?

2.1.1. -Resulte material o técnicamente imposible la reparación total o parcial del daño. -Una vez producidos daños por una obra ilícita que debió haber sido objeto de autorización previa, encontrándose aun pendientes actividades asociadas a la obra que produjo los daños y evaluados éstos en conjunto por la Secretaria, ésta expida autorización al acreditarse que dichas obras resultan en su conjunto sustentables y procedentes.

2.2. ¿como?

2.2.1. Inversión o acciones que el responsable haga a su cargo, que generen una mejora ambiental, sustitutiva de la reparación del daño ocasionado y equivalente a los efectos adversos.

2.3. ¿tipos?

2.3.1. -total -parcial. En la proporción en que no haya sido posible restaurar, restablecer, recuperar o remediar el bien.

3. Daño patrimonial

3.1. Responsabilidad patrimonial

3.1.1. Procedimientos judiciales administrativos, civiles o penales.

4. Daño al ambiente

4.1. Responsabilidad ambiental

4.1.1. Objetiva: -Acción u omisión relacionada con materiales o residuos peligrosos. -Uso u operación de embarcaciones en arrecifes de coral. -Realización de actividades consideradas como altamente riesgosas. -Supuestos del artículo 1913 del Código Civil Federal.

4.1.2. Subjetiva: - cuando una NOM señale como adverso o dañoso un hecho y no se haya sido manifestado previamente el responsable (impacto ambiental/cambio de uso de suelo forestal). -Rebasen los limites de las NOM.

5. Procedimiento judicial por daño al ambiente

5.1. ¿Quien tiene acción?

5.1.1. Personas físicas habitantes de la comunidad adyacente al daño

5.1.2. Personas morales privadas mexicanas, sin fines de lucro, cuyo objeto social sea la protección al ambiente en general, o de alguno de sus elementos, cuando actúen en representación de algún habitante de las comunidades adyacentes al daño.

5.1.3. La federación a través de la procuraduría.

5.1.4. Instituciones que ejerzan funciones de protección ambiental de las entidades federativas, conjuntamente con la procuraduría.

5.2. ¿Que se puede demandar?

5.2.1. responsabilidad ambiental.

5.2.2. reparación y compensación de daños ocasionados al ambiente.

5.2.3. pago de la sanción económica.

5.2.4. pago de erogaciones para acreditar la responsabilidad ambiental.

5.3. ¿Donde?

5.3.1. En un juzgado de distrito (jurisdicción federal)

5.4. ¿Medios de prueba admisibles?

5.4.1. Del actor.Toda clase de elementos aportados por la técnica y la ciencia. El Juez requerirá a la Secretaría y a la Procuraduría para que aporten todos los elementos periciales, testimoniales, documentales y demás indicios y elementos de prueba con los que cuenten.