NIC 27ESTADOS FINANCIEROS, CONSOLIDADOS Y SEPARADOS

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NIC 27ESTADOS FINANCIEROS, CONSOLIDADOS Y SEPARADOS por Mind Map: NIC 27ESTADOS FINANCIEROS, CONSOLIDADOS Y SEPARADOS

1. contabilización en estados financieros separados.

1.1. se contabilizan de la misma manera que en los estados financieros consolidados. al costo según NIC 39

2. son los estados financieros de un inversor en una asociada, en los que las inversiones correspondientes se contabilizan a partir de las cantidades directamente invertidas y no en función de los resultados obtenidos.

3. los estados financieros de una entidad que no tengan dependientes, ni asociadas, ni participación en una entidad controlada de forma conjunta no serán estados financieros separados.

4. Definiciones

4.1. Estados financieros separados

4.2. Dependiente

4.2.1. Entidad controlada

4.3. Dominante

4.3.1. tiene una o mas dependientes

4.4. intereses minoritarios

4.4.1. parte de los resultados y activos que no corresponde a la participación del dominante

4.5. grupo

4.5.1. una dominante y todas sus dependientes

4.6. control

4.6.1. poder de explotación de una empresa para obtener beneficios

4.7. Estados financieros consolidados

4.7.1. estados presentados por un grupo de entidades como uno solo.

5. Alcance de las NIC 27

5.1. Esta norma sera de aplicación en la elaboración y presentación de los estados financieros consolidados de un grupo de entidades bajo el control de una dominante.

5.2. En el caso de que la entidad que presente los estados financieros haya elegido, o esté obligada, por las regulaciones locales, a elaborar estados financieros separados, aplicará también esta Norma al contabilizar las inversiones en dependientes, entidades controladas conjuntamente y asociadas.

5.3. Esta norma no aborda los métodos para contabilizar las combinaciones de negocios ni sus efectos en la consolidación, para esto se revisará la NIIF 3 combinación de negocios.

6. políticas contables uniformes

7. contabilización en estados financieros separados.

8. Alcance de los Estados Financieros consolidados

8.1. se incluirán todas las subordinadas de la controladora.

8.1.1. existe control cuando la controladora posea, directa o indirectamente a través de otras subordinadas, mas de la mitad del poder del voto de otra entidad.

8.1.1.1. cuando se este evaluando si una determinada entidad, tiene el poder de dirigir las políticas, financiera y de explotación de otra, se tendrá en consideración la existencia y efecto de los derechos de voto potenciales.

8.1.1.1.1. no se excluirá de la consolidación a una dependiente porque sus actividades de negocio sean diferentes a las que llevan acabo las otras entidades del grupo.

9. revelaciones

9.1. motivo por la cual una dominante no ejerce control total sobre una dependiente.

9.1.1. la naturaleza y alcance de cualquier restricción significativa relativa a la posibilidad de las dependientes para transferir fondos a la dominante.

9.1.1.1. cuando se elaboren los estados financieros de una dominante, que haya elegido no elaborar estados financieros consolidados, deberán revelar el hecho de que los estados financieros son estados financieros separados.

9.1.1.1.1. las razones por las que la tenencia, directa o indirecta a través de otras dependientes, de mas de la mitad del poder del voto real.

10. empresa por matriz

10.1. empresa y filial

10.1.1. controlada

10.2. control

11. procedimiento de consolidación

11.1. la entidad combinara los estados financieros de la dominante y sus dependientes linea por linea, agregando las partidas que representen activos, pasivos, patrimonio neto, ingresos y gastos de contenido similar.

11.2. cuando existan derechos de voto potenciales, se determinarán a partir de las participaciones en la propiedad que existan en ese momento.

11.3. se eliminarán en su totalidad los saldos, transacciones, ingresos y gastos intragrupo.

11.4. los estados financieros de las dos entidades deben estar referidos con la misma fecha de presentación.

11.5. los ingresos y gastos de la dependiente se incluirán en los estados financieros consolidados desde la fecha de adquisición, tal como se define en la NIIF 3.

11.6. los estados financieros consolidados se elaborarán utilizando políticas contables uniformes para transacciones y otros eventos que, siendo similares, se hayan producido en circunstancias parecidas.

12. No aplica para las combinaciones de negocios

13. Alcance de los Estados Financieros consolidados

13.1. se incluirán todas las subordinadas de la controladora

13.2. existe control cuando la controladora posea, directa o indirectamente a través de otras subordinadas, más de la mitad del poder de voto de otra entidad.

13.3. cuando se esté evaluando si una determinada entidad tiene el poder dirigir las políticas financieras y de explotación de otra, se tendrá en consideración la existencia y efecto de los derechos de voto potenciales.

13.4. No se excluirá de la consolidación a una dependiente porque sus actividades de negocio sean diferentes a las que llevan a cabo las otras entidades del grupo.