1.1. El derecho romano se entiende como el ordenamiento jurídico que es aplicable a los ciudadanos de Roma y a los de todo su Imperio y Monarquía. Se lo calcula desde la fundación de Roma (753 a.C.) y hasta la llegada del Renacimiento y la muerte del Emperador Justiniano (mediados del siglo VI d.C.).
2. El consuetudinario (common law)
2.1. El neo constitucionalismo es una nueva teoría jurídica que busca transformar el Estado de Derecho en el Estado Constitucional de Derecho, para eso plantea mayor intervención estatal y la creación de espacios democráticos igualitarios y de respeto a los derechos humanos.
3. Artículo 185 de la Constitución de la República del Ecuador
3.1. Este articulo 185 habla sobre las sentencias que son dictadas por la Corte Nacional de Justicia donde al acusado ya le sentencian por algún delito que ha cometido, estos pueden ser robo, asesinato, violación etc. y es notificado por tres ocasiones por el mismo. El acusado tiene 60 días para la apelación de mencionada sentencia, dicho esto si no hay ninguna apelación en el tiempo establecido el acusado estaría aceptando la sentencia impuesta por el señor juez.
4. El neo constitucionalista (Constitución y jurisprudencia)
4.1. Derecho consuetudinario, también llamado usos o costumbres, es una fuente del derecho. ... Conceptualmente es un término opuesto al de derecho escrito. También es considerado un sistema jurídico, como lo son el derecho continental y el derecho anglosajón (common law). Incluso en algunos países coexiste con ellos.
5. Art. 3 de la Ley Orgánica de Garantías Jurisdiccionales y de Control Constitucional
5.1. En Art. 3 existen ocho formas de interpretación y se interpretara de acuerdo al sentido que mas se ajuste a la constitución en su integridad en caso de duda, se buscara el sentido que mas favorezca a la plena vigencia de los derechos reconocido en la constitución y el que mejor respete la voluntad del constituyente, es decir la interpretación va de acuerdo al caso y en función de las habilidades que tenga el legado para aplicar una u otra interpretación.
6. Boletín de Jurisprudencia No. 44 del 16 al 30 de abril de 2018, de la Corte Constitucional.
6.1. Son mecanismos o herramientas que la Constitución concede a las persona, colectivos, pueblos, nacionalidades y a la naturaleza, de acuerdo a este articulo se refiere a las garantías Jurisdiccionales que comprenden: -Despido Intempestivo, destitucion del servidor publico, haberes e indemnizaciones laborales, por daños y perjuicios, propiedad comunitaria, robo, suspencion de actividad minera etc.