Impuesto de industria y comercio ICA

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Impuesto de industria y comercio ICA por Mind Map: Impuesto de industria y comercio ICA

1. actividad industrial, comercial, o de servicios, de forma permanente u ocasional y deben declarar y pagar el impuesto ICA, cada dos meses.

2. realicen actividades industriales, comerciales y/o de servicios directa o indirectamente, y ya sea de forma permanente u ocasional.

3. los consorcioslas uniones temporales y los grandes contribuyentes del regimen comun de actividades que generan ingresos gravados

4. como son las entidades de derecho juridico las grandes contribuyentes como son la DIAN

4.1. los que mediante la resolucion de la secretaria de hacienda distrital sea designada como tal

4.2. los intermediarios o terceros que intervengan en la operacion economica en las que se genera la retencion del ica

5. el sujeto activo en el ica son los municipios donde se realizan la actividad gravada en este caso en el distrito capital de bogota el ente administrativo, tiene amplia facultades para liquidar,administrar,controlar, investigar y recaudar el gravamen

6. determina un hecho generador gravando el ejercicio o realizacion de cualquier actividad industrial, comercial o de servicios en jurisdicion de la ciudad capital

7. EI impuesto de Industria y Comercio (ICA) es un impuesto pára las personas naturales, jurídicas y sociedades que realicen actividades industriales, comerciales y/o de servicios directa o indirectamente, y ya sea de forma permanente u ocasional.

8. Es necesario inscribirse en el Registro de información Tributaria, declarar y pagar el Impuesto de Industria y Comercio, para diferentes establecimientos de comercio como lo son: droguerías, tiendas, ferreterías, fabricas, prestación de servicios o realización de actividades comerciales, sin importar si se tiene local u oficina, también en las cuales se anuncien por medio de vallas, avisos, tableros o emblemas sus servicios.

9. Actividades Comerciales

9.1. Venta de alimentos y productos agrícolas en bruto; venta de textos escolares y libros (incluye cuadernos escolares); venta de drogas y medicamentos 4,14

9.2. Venta de maderas y materiles para construcción; venta de automotores (incluidas motocicletas) 6,9

9.3. Venta de cigarrillos y licores; venta de combustibles derivados del petróleo y venta de joyas 13,8

9.4. Demás actividades comerciales 11,04

10. Actividades de servicios

10.1. Transporte, publicación de revistas, libros y periódicos, radiodifusión y programación de televisión. 4,14

10.2. Consultoría profesional; servicios prestados por contratistas de construcción, constructores y urbanizadores, presentación de películas en salas de cine.

10.3. Servicio de restaurante, cafetería, grill, discoteca y similares; servicios de hotel, motel, hospedaje, amoblado y similares; servicio de casas de empeño y servicios de vigilancia. 13,8

10.4. Servicios de educación prestados por establecimientos privados en los niveles de educación inicial, preescolar, básica primaria, básica secundaria y media. 7

10.5. Demás actividades de servicios 9,66

11. ctividades financieras

12. Producción de alimentos, excepto bebidas; producción de calzado y prendas de vestir. 4,14

13. Actividades financieras 11,04

14. No ser usuario aduanero.

15. las actividades gravadas se desarrollen en inmuebles determinando con establecimientos de comercio o sin ellos

16. que las actividades gravadas sean ajercidad por personas naturales, juridicas o sociedad de hecho

17. teniendo como caracteristicas complementarias

18. el sujeto pasivo son las peronas naturales o juridicas o sociedades de hecho que realizan el hecho generado de la obligacion tributaria

19. los que pertenencen al regimen del ICA son

19.1. Es persona natural. y la actividad gravada con el impuesto de industria y comercio, inferiores a 4.000 UVT.

19.2. venta de bienes o prestación de servicios gravados con el impuesto de industria y comercio, por valor individual y superior a 3.300 UVT.

19.3. El monto de sus consignaciones bancarias, depósitos o inversiones financieras durante el año anterior o durante el respectivo año, no supera la suma de 4.500 UVT.

19.4. Tener máximo un establecimiento de comercio, oficina, sede, local o negocio donde ejerce su actividad. No desarrolla actividades bajo franquicia, concesión, regalía, autorización o cualquier otro

20. A partir del año gravable 2012, si el régimen común o simplificado en un periodo determinado no hayan efectuado operaciones sometidas al impuesto (no genere ingresos), no está obligado a presentar declaración de ICA (Acuerdo 469 del 22/06/2011).

21. En el impuesto de industria y comercio la base gravable la constituye el total de ingresos netos, lo cual difiere del impuesto a la renta ya que en él la base es la renta líquida, es decir, ingresos netos menos costos y gastos

22. La tarifa de retención del impuesto de industria y comercio será la que corresponda a la respectiva actividad. En caso de que el sujeto de retención no informe su actividad o esta no se pueda establecer, la tarifa de retención será la tarifa máxima vigente para el impuesto de industria y comercio dentro del periodo gravable y a esta misma tarifa quedará gravada la operación.

23. Actividades Industriales

23.1. Producción de alimentos, excepto bebidas; producción de calzado y prendas de vestir. 4,14

23.2. Producción de alimentos, excepto bebidas; producción de calzado y prendas de vestir. 4,14

23.3. Producción de alimentos, excepto bebidas; producción de calzado y prendas de vestir. 4,14