Principios, deberes y prohibiciones éticas

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Principios, deberes y prohibiciones éticas por Mind Map: Principios, deberes y prohibiciones éticas

1. PRINCIPIOS: Son una serie de valores que rigen el comportamiento de los que prestan sus servicios al publico.

1.1. Supremacía del Interés Público

1.1.1. Anteponer siempre el interés público sobre el interés privado.

1.1.2. Ejemplo: pensar en el bienestar del publico, dar un buen servicio a la poblacion y que las plazas de trabajo sean dada correctamente no por interes personal.

1.2. Probidad

1.2.1. Actuar con integridad, rectitud y honradez

1.3. Igualdad

1.3.1. Tratar a todas las personas por igual en condiciones similares.

1.4. Imparcialidad

1.4.1. Proceder con objetividad en el ejercicio de la función pública.

1.5. Justicia

1.5.1. Dar a cada quien lo que le corresponde, según derecho y razón.

1.6. Transparencia

1.6.1. Actuar de manera accesible para que toda persona natural o jurídica,que tenga interés legítimo,pueda conocer si las actuaciones del servidor público son apegadas a la ley, a la eficiencia y a la responsabilidad.

1.7. Responsabilidad

1.7.1. Cumplir con diligencia las obligaciones del cargo o empleo público.

1.8. Legalidad

1.8.1. Actuar con apego a la constitución y a las leyes dentro del marco de sus atribuciones.

1.9. Lealtad

1.9.1. Actuar con fidelidad a los fines del estado y a los de la constitución en que se desempeña.

1.10. Decoro

1.10.1. Guardar las reglas de urbanidad,respeto y buena educación en el ejercicio de la función pública.

1.11. Eficiencia

1.11.1. Cumplir los objetivos institucionales al menor costo posible.

1.12. Eficacia

1.12.1. Utilizar los recursos del Estado de manera adecuada para el cumplimiento de los fines institucionales.

1.13. Rendición de cuentas

1.13.1. Rendir cuentas de la gestión pública a la autoridad competente y al público.

2. DEBERES: Son los que toda persona debe hacer cumplir en el ambito laboral.

2.1. Utilizar los bienes,fondos,recursos públicos o servicios contratados únicamente para el cumplimiento de los fines institucionales para los cuales están destinados.

2.1.1. Tienen que cumplirse en que los bienes que se les dan vayan donde pertenecen y no incumplir la ley haciendo otra cosa que no se le ha encomendado.

2.2. Denunciar ante el Tribunal de Ética Gubernamental o ante la Comisión de Ética Gubernamental respectiva, las supuestas violaciones a los deberes o prohibiciones éticas contenidas en esta ley, de las que tuviere conocimiento en el ejercicio de su función pública.

2.2.1. No tener miedo ante una ley que no se esta cumpliendo poder denunciarlo, ya que tienen que ser justo de acuerdo a la ley.

2.3. Excusarse de intervenir o participar en asuntos en los cuales él cónyuge, conviviente, parientes dentro del cuarto grado de consanguinidad o segundo de afinidad o socio, tengan algún conflicto de interés.

2.3.1. Tener el valor de salirse del caso para que asi no haya problemas con las personas pensando como es pariente por eso ha ayudado el caso y poder darlo a alguien mas para que no haya conflicto de interes.

2.3.2. Ejemplo: Cuando una jueza defiende un caso ,no debe existir ningun vinculo familiar con una de las personas demandadas o demandantes y tiene que darle el caso a otro juez que no tenga parentesco ni afinidad.

3. PROHIBICIONES ETICAS : Son una serie de normas que regulan y velan por mantener la transparencia la imparcialidad, o el cometimiento de ilicitos o lucramiento de los servicios y bienes publicos.

3.1. 1-Solicitar o aceptar, directamente o por interpósita persona, cualquier bien o servicio de valor económico o beneficio adicional a los que percibe por el desempeño de sus labores, para hacer valer su influencia en razón del cargo que ocupa ante otra persona sujeta a la aplicación de esta Ley, con la finalidad de que éste haga, apresure, retarde o deje de hacer tareas o trámites relativos a sus funciones.

3.2. 2-Percibir màs de una remuneracion proveniente del presupuesto del Estado, cuando las labores deban ejercerse en el mismo horario,exepto las que expresamente permita el ordenamiento jurìdico.

3.3. 3-Desempeñar simultáneamente dos o más cargos o empleos en el sector público que fueren incompatibles entre sí por prohibición expresa de la normativa aplicable, por coincidir en las horas de trabajo o porque vaya en contra de los intereses institucionales.

3.4. 4-Realizar actividades privadas durante la jornada ordinaria de trabajo, salvo las permitidas por la ley.

3.5. 5-Exigir o solicitar a los subordinados que empleen el tiempo ordinario de labores para que realicen actividades que no sean las que se les requiera para el cumplimiento de los fines institucionales.

3.6. 6-Aceptar o mantener un empleo, relaciones contractuales o responsabilidades en el sector privado, que menoscaben la imparcialidad o provoquen un conflicto de interés en el desempeño de su función pública.

3.7. 7- Nombrar, contratar, promover o ascender en la entidad pública que preside o donde ejerce autoridad, a su cónyuge, conviviente, parientes dentro del cuarto grado de consanguinidad o segundo de afinidad o socio, excepto los casos permitidos por la ley.

3.8. 8-Retardar sin motivo legal la prestación de los servicios, trámites o procedimientos administrativos que le corresponden según sus funciones.

3.9. 9-Denegar a una persona la prestación de un servicio público a que tenga derecho, en razón de nacionalidad, raza, sexo, religión, opinión política, condición social o económica, discapacidad o cualquiera otra razón injustificada.

3.10. 10-Utilizar indebidamente los bienes muebles o inmuebles de la institución para hacer actos de proselitismo político partidario.

3.11. 11-Prevalerse del cargo para hacer política partidista.

3.12. Art. 7 para ex servidores públicos

3.13. Brindar, en forma personal o a través de interpósita persona, información, asesoramiento o representar a personas naturales o jurídicas en trámites, procedimientos, procesos o reclamaciones que estuvieron sometidos a su conocimiento o en los cuales intervino directa o indirectamente durante el ejercicio de su función pública y que vayan en contra de los intereses legítimos de la institución para la cual laboró.

3.14. Laborar para una persona natural o jurídica con la cual la institución en la que se desempeñaba haya efectuado contratos de obras, bienes o servicios, cuando la persona sujeta a la aplicación de esta Ley haya participado directamente en el procedimiento de adquisición, adjudicación de dichos contratos, nunca podrá ser mayor de tres años, previo al cese de sus funciones.

3.15. Ejemplo: En varias Alcaldias los vehiculos municipales no son utilizados para el fin que se les ha dado y muchas veces utilizan para fines personales.

4. Art. 6 para personas sujetas a la ley