Funcionamiento del sistema de pensiones en Colombia

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Funcionamiento del sistema de pensiones en Colombia por Mind Map: Funcionamiento del sistema de pensiones en Colombia

1. Aportes a pensiones Actualmente, la cotización para jubilación se realiza sobre el 16% del salario base mensual. En el caso de empleados, la empresa aporta el 12% y la persona el otro 4%.

2. Aportes a pensiones Actualmente, la cotización para jubilación se realiza sobre el 16% del salario base mensual. En el caso de empleados, la empresa aporta el 12% y la persona el otro 4%.

3. RPM: haber cotizado 1.300 semanas y tener la edad establecida por la Ley.

4. Rais: puede pensionarse a la edad que escoja, siempre y cuando reúna el capital necesario para financiar un pago mensual 54 superior al 110% del salario mínimo. Si la persona no cuenta con el capital suficiente, pero cumple con la edad especificada y 1.150 semanas cotizadas, tiene derecho a la garantía de pensión mínima.

5. Este experto también aclara que la manera de acceder al beneficio de jubilación, según el tipo de régimen, es

6. Sin embargo, respecto a otros países de la región, Colombia no tiene la edad de jubilación más alta. Por ejemplo, Argentina, Brasil y Chile exigen a los hombres 65 años y a las mujeres 60; en España y Portugal es de 65 años, para ambos sexos.

7. Además, el periodo de aportes pasó de 1.250 semanas a 1.275 hoy en día. No obstante, ese total subirá a 1.300 desde 2015. De todas formas, el incremento ha sido progresivo, porque a partir de 2006 se han sumado 25 semanas cada año.

8. Legislación actual Desde el primero de enero de 2014 aumentó el tiempo de cotización y la edad para pensionarse, según lo contemplado en la Ley 797 de 2003. Esa normatividad establece que las mujeres deben tener 57 años de edad y los hombres 62, para alcanzar la compensación de jubilación.

9. Actualmente, Colombia tiene dos modalidades, bajo las que usted puede cotizar para jubilarse: Régimen de Ahorro Individual con Solidaridad (Rais) y Régimen de Prima Media (RPM). El primero es manejado por los fondos privados y el segundo está a cargo Colpensiones, una entidad pública.

10. La normatividad vigente establece que los afiliados que cumplen los requisitos establecidos (edad, semanas y aportes) para cada régimen pueden acceder a una pensión de vejez”, afirma Andrés Vásquez, vicepresidente Comercial de Porvenir, fondo de pensiones y cesantías.

10.1. Sobrevivencia: corresponde a una mesada mensual que cubre a los beneficiarios de ley, en caso de fallecimiento del afiliado por razones distintas a accidente o enfermedad profesional.

11. Invalidez: es un auxilio económico que garantiza una retribución mensual, cuando se pierde el 50% o más de la capacidad para trabajar, por cualquier causa diferente a una enfermedad laboral.

12. Vejez: pago que se recibe al terminar la vida laboral. Es el resultadodel ahorro acumulado durante la etapa productiva del afiliado (aportes más rendimientos generados).

13. De hecho, la legislación vigente contempla tres tipos de pensión:

14. En síntesis, la pensión es una prestación económica que reciben cada mes los ciudadanos al finalizar su vida laboral, hayan sido asalariados o independientes. El monto y otras particularidades de la mesada dependen de los aportes realizados al fondo y del esquema elegido.