Comienza Ya. Es Gratis
ó regístrate con tu dirección de correo electrónico
COMMON LAW por Mind Map: COMMON LAW

1. FIGURAS

1.1. Edward Coke jurisconsulto inglés, sucesivamente abogado de la Corona;

1.2. William Blackstone en los Estados Unidos y cómo sus Comentarios a las Leyes de Inglaterra tuvieron una enorme popularidad entre los juristas de las colonias norteamericanas;

1.3. Thomas Jefferson Su eminencia viene dada porque fue el principal autor de la Declaración de Independencia de los Estados Unidos.

2. FUENTES DEL COMMON LAW

2.1. Pero, no solo del precedente vive el Common Law. Existen también otras fuentes creadoras de Derecho como son la ley (que, poco a poco, va ganando importancia), la costumbre y la doctrina. Éstas son las principales fuentes del Derecho anglosajón;

2.2. Judicial Precedent o Case Law: similar a lo que nosotros llamamos jurisprudencia;

2.3. Legislation o Statutory Law: las leyes, que pueden ser leyes parlamentarias (Act of Parliament) y disposiciones de tipo reglamentario y la legislación delegada (Delegated legislation) emanada del gobierno central o local, como las órdenes ministeriales (ministerial orders) y las ordenanzas municipales (local by-laws);

2.4. Custom: la costumbre, como los usos mercantiles (law merchant);

2.5. Books of authority: la doctrina.

3. PAISES ESE SISTEMA

3.1. Este sistema jurídico subsiste en países de la comunidad internacional como Inglaterra, Estados Unidos de América, Canadá, Australia y Nueva Zelanda, entre otros.

4. CARACTERISTICAS

4.1. No siempre existe una constitución escrita o leyes codificadas;

4.2. Las decisiones judiciales son forzosas - las decisiones del tribunal de última instancia pueden ser anuladas por el mismo tribunal o a través de legislación;

4.3. Amplia libertad de contratación (para contratar) - son pocas las disposiciones implícitas en un contrato de ley (sin embargo, las disposiciones que protegen a los consumidores privados pueden ser implícitas);

4.4. Generalmente, todo está permitido si no está prohibido por ley.

5. ORIGENES

5.1. El “Common law” nació en Inglaterra en la Edad Media con la creación de los Tribunales Reales y se formó por las costumbres de las Tribus Germanas que habitaban la isla.Con lo desaparecimiento de la dominación romana la Inglaterra fue invadida por los anglos y sajones;

5.2. Las invasiones fueron verdaderas migraciones de pueblos enteros que trajeron sus instituciones de acuerdo a sus costumbres y tradiciones germánicas;

5.3. En el siglo VIII, los vikingos invadieron las costas de Inglaterra con un ejército bien organizado que logró dominar el reino;

5.4. El monarca Alfredo el Grande, al vencer a los invasores y establecer la paz, dividió su reino en condados o “shires”;

5.5. La “Corte del Shire”, tenía toda clase de funciones gubernativas, y se crearon los tribunales del condado (County court), integrados por hombres libres de cada condado;

5.6. En la administración de justicia que se impartía era consuetudinario y los juzgadores lo utilizaban para obtener certeza de los hechos dudosos, los juicios de Dios u ordalías, como por ejemplo: el juramento, la prueba del hierro candente, del agua fría, y el duelo entre los litigantes;

5.7. El rey ejercía el poder asistido de su consejo, llamado Witam, compuesto de hombres sabios;

5.8. El rey y su consejo ejercían funciones legislativas, ejecutivas y judiciales;

5.9. Los daneses invadieron nuevamente Inglaterra en 1013 y esta vez sí lograron dominarla, pero luego, el duque Guillermo de Normandía reclamó el trono, ya que decía tener parentesco con el rey Canuto ( jefe de los daneses), pero el nuevo monarca se negó y para derrocarlo, Guillermo, con su ejército derrotó, en 1066, las tropas del rey y los normandos se apoderaron del país.

6. ¿COMO SE LITIGA?

6.1. En la mayoría de los casos, las relaciones contractuales están sujetas a cortes que tienen en su competencia las cuestiones de la controversia. Por lo general, un sistema de derecho anglosajón es menos preceptivo que un sistema de derecho civil. Por lo mismo, un gobierno bien pudiese querer proteger a sus ciudadanos mediante legislación específica con respecto del programa de infraestructura que se contempla Bajo el derecho anglosajón, hay muy pocas provisiones (disposiciones) implícitas en un contrato - es por eso que hay que dejar sentado todos los términos que gobiernan la relación entre las partes del contrato en el mismo contrato.