Las Pruebas en el procedimiento Civil Venezolano

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Las Pruebas en el procedimiento Civil Venezolano por Mind Map: Las Pruebas en el procedimiento Civil Venezolano

1. Oposición:La oposición la regula la ley y la determina sus causas. La impugnación surge de una situación fáctica, que para el momento de la promoción no consta en autos, que puede ser en su momento de promoción o en la evacuación.

2. Valoración:el juez debe apreciar las percepciones durante el juicio según las reglas del criterio racional, es decir, según las reglas de la sana crítica, observando las reglas de la lógica, los conocimientos científicos y las máximas de experiencias.

3. Evacuación: Es una medida que realiza el juez con la finalidad de descubrir si las pruebas presentadas son relacionadas con el caso, si tienen relevancia o no para tomar la decisión definitiva.

4. Concepto:Es aquella actividad que desarrollan las partes con el tribunal para adquirir el convencimiento de la verdad o certeza de un hecho o afirmación fáctica o para fijarlos como ciertos a los efectos de un proceso.

5. Interposición:En el articulo 397 del C. P. C. se fija un lapso para poder convenir u oponerse esto para ambas partes y esto se da al tercer del cumplimiento de promoción de pruebas, oponiéndose a las pruebas que ellos consideren no pertinentes para el caso.

6. Admisión:El lapso conocido como admisión de pruebas es el utilizado por el juez para admitir todas las pruebas aunque estas no sean pertinentes, ni legales esto de acuerdo al principio de "libre admisibilidad de la prueba",

7. Tipos: -Por Instrumentos (arts. 254-291 CPC) -Testimoniales (arts. 292-342 CPC) -Por Peritos (arts. 243-365 CPC) -Por inspección personal del juez (arts. 366-370 CPC) -Por Confesión (arts. 371-391 CPC) -Por Juramento (arts. 392-407 PC) -Por presunción y semiplena (arts. 408-414 CPC)

8. Características: -Se logra uniformidad en las decisiones judiciales en lo que respecta a la prueba. -El valor de cada medio de prueba se encuentra establecido por la ley, en forma permanente, invariable e inalterable. -Suple la falta de experiencia e ignorancia de los jueces.