CLASIFICACIÓN POR GRUPOS

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CLASIFICACIÓN POR GRUPOS por Mind Map: CLASIFICACIÓN POR GRUPOS

1. GRUPO 1

1.1. a) Emisores de valores;

1.2. b) Entidades de interés público ;

1.3. c) Entidades que tengan Activos totales superiores atreinta mil (30.000) SMMLV o planta de personal superior a doscientos (200) trabajadores; que no sean emisores de valores ni entidades de interés público y que cumplan además cualquiera de los siguientes requisitos:

1.3.1. i. ser subordinada o sucursal de una compañía extranjera que aplique NIIF

1.3.2. ii. ser subordinada o matriz de una compañía nacional que deba aplicar NIIF;

1.3.3. iii. realizar importaciones (pagos al exterior, si se trata de una empresa de servicios) o exportaciones (ingresos del exterior, si se trata de una empresa de servicios) que representen más del 50% de las compras (gastos y costos, si se trata de una empresa de servicios) o de las ventas (ingresos, si se trata de una compañía de servicios), respectivamente, del año inmediatamente anterior al ejercicio sobre el que se informa, o

1.3.4. iv. ser matriz, asociada o negocio conjunto de una o más entidades extranjeras que apliquen NIIF.

2. GRUPO 2

2.1. a) Empresas que no cumplan con losrequisitos del literal c) del grupo 1

2.2. b) Empresas que tengan Activos totales por valor entre quinientos (500) y treinta mil (30.000) SMMLV o planta de personal entre once (11) y doscientos (200) trabajadores, y que no sean emisores de valores ni entidades de interés público;

2.3. c) Microempresas que tengan Activos totales excluida la vivienda por un valor máximo de quinientos (500) SMMLV o Planta de personal no superior a los diez (10) trabajadores, y cuyos ingresos brutos anuales sean iguales o superiores a 6.000 SMMLV. Dichos ingresos brutos son los ingresos correspondientes al año inmediatamente anterior al periodo sobre el que se informa.

3. GRUPO 3

3.1. a) Personas naturales o jurídicas que cumplan los criterios establecidos en el artículo 499 del Estatuto Tributario (ET) y normas posteriores que lo modifiquen. Para el efecto, se tomará el equivalente a unidades de valor tributario (UVT), en salarios mínimos legales vigentes.

3.2. b) Microempresas con activos de no más de 500 SMLMV o 10 empleados que no cumplan con los requisitos para ser incluidas en los grupos 1 y 2 ni en el literal anterior.