Derechos, deberes y responsabilidades del ciudadano y del estudiante

Comienza Ya. Es Gratis
ó regístrate con tu dirección de correo electrónico
Derechos, deberes y responsabilidades del ciudadano y del estudiante por Mind Map: Derechos, deberes y responsabilidades del ciudadano y del estudiante

1. La educación superior y el buen vivir

1.1. es la condición indispensable para la constitución del derecho del bien vivir , en el marco de la interculturalidad del respeto a la diversidad y convivencia armónica con la naturaleza.

2. Capítulo 2: Los fines de la Educación Superior

2.1. Art. 3.- Fines de la Educación Superior

2.1.1. es de carácter

2.1.1.1. humanista

2.1.1.2. cultural

2.1.1.3. científica

2.1.2. constituye el derecho de la personas y un bien publico social

2.1.3. No esta en servicio de intereses individuales y corporativos

2.2. Art. 4.- Derecho a la Educación Superior

2.2.1. es el ejercicio efectivo de la igualdad de oportunidades para acceder a una formación académica y profesional

2.2.2. Los ciudadanos y comunidades

2.2.2.1. Tienen derecho y/o responsabilidades de participar en el proceso de educación superior

2.2.3. Los derechos son:

2.2.3.1. a. Acceder, permanecer, egresar y titularse sin discriminación conforme sus méritos académicos

2.2.3.2. b. Acceder a una educación superior de calidad y pertinente, que permita iniciar una carrera académica y/o profesional en igualdad de oportunidades

2.2.3.3. c. Contar y acceder a los medios y recursos adecuados para su formación superior

2.2.3.4. d. Participar en el proceso de evaluación y acreditación de su carrera.

2.2.3.5. e. Elegir y ser elegido para las representaciones estudiantiles e integrar el cogobierno, en las universidades y escuelas politécnicas

2.2.3.6. f. Ejercer la libertad de asociarse, expresarse y completar su formación bajo la más amplia libertad de cátedra e investigativa.

2.2.3.7. g. Participar en el proceso de construcción, difusión y aplicación del conocimiento.

2.2.3.8. h. El derecho a recibir una educación superior laica, intercultural, democrática, incluyente y diversa, que impulse la equidad de género, la justicia y la paz.

2.2.3.9. i. Obtener de acuerdo con sus méritos académicos becas, créditos y otras formas de apoyo económico que le garantice igualdad de oportunidades en el proceso de formación de educación superior.

3. Fraude o deshonestidad académica Reglamento de Régimen Académico

3.1. Artículo 68.- Fraude o deshonestidad académica

3.1.1. Es toda acción que viola los derechos de autor o incumple las normas éticas para los procesos de evaluación y/o de presentación de resultados de aprendizaje, investigación o sistematización.

3.1.1.1. Apropiación de ideas o de información de pares dentro de procesos de evaluación.

3.1.1.2. Reproducción en lo substancial, a través de la copia literal, la paráfrasis o síntesis de creaciones intelectuales o artísticas, sin observar los derechos de autor.

3.1.1.3. Acuerdo para la suplantación de identidad o la realización de actividades en procesos de evaluación, incluyendo el trabajo de titulación.

3.1.1.4. Acceso no autorizado a reactivos y/o respuestas para evaluaciones.

3.2. Artículo 69.- Fraude para la obtención de títulos

3.2.1. Cuando una lES identifique que un título ha sido expedido y/o registrado fraudulentamente en el SNIESE, resolverá motivadamente sobre la validez del título y su registro, luego de lo cual solicitará a la SENESCYT, de ser el caso, la eliminación del registro, sin perjuicio de las acciones legales pertinentes.

4. Acceso, aranceles, evaluación y bienestar estudiantil Ley Orgánica de Educación Superior (LOES)

4.1. Art. 72.- Garantía de acceso universitario

4.1.1. Las universidades y escuelas politécnicas garantizarán el acceso a la educación superior de las y los ecuatorianos residentes en el exterior mediante el fomento de programas académicos.

4.2. Art. 73.- Cobro de aranceles

4.2.1. El cobro de aranceles, matrículas y derechos por parte de las instituciones de educación superior particular, respetará el principio de igualdad de oportunidades.

4.3. Art. 74.- Políticas de cuotas

4.3.1. Las instituciones de educación superior instrumentarán de manera obligatoria políticas de cuotas a favor del ingreso al sistema de educación superior de grupos históricamente excluidos o discriminados.

4.4. Art. 85.- Sistema de Evaluación Estudiantil

4.4.1. El Consejo de Educación Superior garantizara transparencia, justicia y equidad en el Sistema de Evaluación Estudiantil y para conceder incentivos a las y los estudiantes por el mérito académico.

4.5. Art. 86.- Unidad de bienestar estudiantil

4.5.1. La unidad administrativa de Bienestar Estudiantil destinada a promover la orientación vocacional y profesional, facilitar la obtención de créditos, estímulos, ayudas económicas y becas, y ofrecer los servicios asistenciales que se determinen en las normativas de cada institución.

4.5.2. Se encargará de promover un ambiente de respeto a los derechos y a la integridad física, psicológica y sexual de las y los estudiantes, en un ambiente libre de violencia

4.5.3. Brindará asistencia a quienes demanden por violaciones de estos derechos

4.5.4. Cada institución formulará e implementará políticas, programas y proyectos para la prevención y atención emergente a las víctimas de delitos sexuales.

4.5.5. Se implementarán programas y proyectos de información y prevención integral del uso de drogas, bebidas alcohólicas, cigarrillos y derivados del tabaco, y coordinará con los organismos competentes para el tratamiento y rehabilitación de las adicciones en el marco del plan nacional sobre drogas.