La profesionalidad y el Aprendizaje Experiencial
por yolanda valladolid
1. El Ejercicio Profesional
1.1. Artículo 24. Se entiende por ejercicio profesional, efectos de esta Ley, la realización habitual a título oneroso o gratuito de todo acto o la prestación de cualquier servicio propio de cada profesión, aunque sólo se trate de simple consulta o la ostentación del carácter del profesionista por medio de tarjetas, anuncios, placas, insignias o de cualquier otro modo.
2. La Ley
2.1. Los profesionales son titulares de derechos fundamentales o constitucionales a la libre elección de profesión u oficio, a alcanzar esa formación profesional así como el ejercicio posterior de la misma.
2.2. El ejercicio de esos derechos no es ilimitado, encuentran límite en los derechos fundamentales de los demás, en la moral social y en normas de orden público
3. La justicia
3.1. La imputación de responsabilidad al profesional por posibles infracciones a reglas técnicas, jurídicas y éticas que dan lugar a la responsabilidad penal, civil, administrativa o ético disciplinaria, según cada caso, debe observar las garantías del debido proceso, tendientes a garantizar los derechos de defensa y de inocencia que le asisten a todo imputado
4. Ética
4.1. Ética es una rama de la filosofía dedicada a las cuestiones morales.
4.2. se refiere a las costumbres y a la conducta humana
5. Profesión
5.1. Cuerpo de conocimientos, habilidades y destrezas, adquiridos mediante formación académica de nivel superior mediante el cumplimiento de los planes y programas de estudios aprobados en las instituciones autorizadas para ello; se acredita con la licencia asentada en el título profesional.
6. Profesionista
6.1. Persona que cuenta con titulo profesional legalmente expedido por institución educativa legalmente autorizada.
7. Los valores morales
7.1. Los valores morales son fundamentales para lograr un clima de armonía y de convivencia en las sociedades.,
7.1.1. Pueden ser regulados por la sociedad misma a través de sanciones sociales, de orden privado, o mediante penas o castigos contemplados en el código jurídico del país.