Protección en los diferentes contratos

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Protección en los diferentes contratos por Mind Map: Protección en los diferentes contratos

1. Contrato a termino indefinido

2. Contrato de aprendiz

3. Contrato Sindical

4. Se entiende por contrato sindical el que celebren uno o varios sindicatos de trabajadores con uno o varios {empleadores} o sindicatos patronales para la prestación de servicios o la ejecución de una obra por medio de sus afiliados. Uno de los ejemplares del contrato sindical debe depositarse, en todo caso, en el Ministerio de Trabajo, a más tardar quince (15) días después de su firma. La duración, la revisión y la extinción del contrato sindical se rigen por las normas del contrato individual de trabajo.

5. CARACTERISTICAS La asamblea decide si se firma o no el contrato, el empleador gira una suma, cada contrato tiene un reglamento, estipula todo fecha y hora si el sindicato se disuelve el contrato sigue hasta que llegue su fin. Se da una caución (póliza de garantía). Las ≠ que surgen del contrato las resuelve el tribunal, se puede pactar que sea un juez laboral.

6. Contrato de aprendizaje es aquel por el cual un empleado se obliga a prestar servicio a un empleador, a cambio de que éste le proporcione los medios para adquirir formación profesional metódica y completa del arte u oficio para cuyo desempeño ha sido contratado, por un tiempo determinado, y le pague el salario convenido.

7. es un contrato siu generis a pesar de que regula una relación laboral no se hace mediante un contrato de trabajo sino de aprendiz máximo 2 años Tiene 2 fases: una lectiva (formativa- teórica) y otra práctica (funcionamiento) El 5% es el número de aprendiz que debe tener una empresa Están varios sujetos el aprendiz y la empresa, la empresa le da una ayuda de sostenimiento al aprendiz en la fase lectiva del 50% del smlmv se paga salud lo paga el patrocinador y en la practica 75% del smlmv se paga salud y arl. excepción cuando es profesional de la 100% del smlmv Esto no constituye salario, no es obligación del patrocinador pagar pensión. • si el patrocinador no quiere brindar la parte lectiva ni practica tiene que dar una monetización, al Sena y es 1 smlmv por cada aprendiz que le corresponda tener. • Las empresas dedicadas a la construcción no tienen que dar estas fases, pero tienen que dar monetización al Sena. • El aprendiz no puede afiliarse al sindicato, la ayuda de sostenimiento no puede negociarse en el pliego de peticiones. • Al aprendiz no se le da prima, vacaciones, cesantías. Si hay una aprendiz en embarazo y va a disfrutar de la licencia se suspende el contrato en la plataforma del Sena. Esa licencia es remunerada porque ella estuvo afiliada a la eps. El Sena regula el número de afiliados que debe tener una empresa art 33 • Si el contrato de aprendiz dura más de 2 años se vuelve un contrato a término indefinido • El empleador no puede reemplazar el contrato de trabajo por el de aprendiz • Solo el 25% de la cuota pueden ser profesionales el 75% deben ser técnico, sino se cumpl esto se multa puede ser hasta el 100% de la monetización.

8. Va a durar mientras subsistan las circunstancias que le dieron origen, 1. Residual: por error, cuando se presentan errores en el contrato a término fijo se vuelve indefinido, el único preaviso que genera consecuencias económicas es en el contrato a término fijo. Cuando hay renuncia inmediata e irrevocable el empleador no se opone. Cuando es renuncia de manera simple el trabajador puede arrepentirse, pero antes de que el empleador acepte la renuncia. 2. Voluntaria: se firma de manera consiente. El día que entrego el preaviso no se cuenta entre los 30 de antelación

9. Contrato por obra o labor determinada

10. Contrato a termino fijo

11. ART 46 El contrato de trabajo a término fijo debe constar siempre por escrito y su duración no puede ser superior a tres años, pero es renovable indefinidamente.

12. 1. Si antes de la fecha del vencimiento del término estipulado, ninguna de las partes avisare por escrito a la otra su determinación de no prorrogar el contrato, con una antelación no inferior a treinta (30) días, éste se entenderá renovado por un período igual al inicialmente pactado, y así sucesivamente. 2. No obstante, si el término fijo es inferior a un (1) año, únicamente podrá prorrogarse sucesivamente el contrato hasta por tres (3) períodos iguales o inferiores, al cabo de los cuales el término de renovación no podrá ser inferior a un (1) año, y así sucesivamente. PARAGRAFO. En los contratos a término fijo inferior a un año, los trabajadores tendrán derecho al pago de vacaciones y prima de servicios en proporción al tiempo laborado cualquiera que éste sea.

13. ART 45 El contrato de trabajo puede celebrarse por tiempo determinado, por el tiempo que dure la realización de una obra o labor determinada, por tiempo indefinido o para ejecutar un trabajo ocasional, accidental o transitorio. La jurisprudencia y doctrina dice que puede ser de naturaleza civil y laboral. Es requisitos que aparezca la labor determinada, la simple función no cumple con este requisito, se puede terminar sin aviso previo, existe indemnización por despido sin justa causa equivale a salarios faltantes nunca puede ser inferior a 15 días de salario, el periodo de prueba se rige por los de termino fijo, cuando este contrato tiene una función es a término indefinido.