PLANTILLA INTEGRAL DE LIQUIDACION DE APORTES PILA

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PLANTILLA INTEGRAL DE LIQUIDACION DE APORTES PILA por Mind Map: PLANTILLA INTEGRAL DE LIQUIDACION DE APORTES PILA

1. ES UNA VENTANILLA VIRTUAL QUE PERMITE EL PAGO DE APORTES AL SISTEMA DE SEGURIDAD SOCIAL Y PARAFISCALES LOS CUALES EL COTIZANTE ESTA OBLIGADO A APORTAR

2. Es responsabilidad del aportante suministrar la información relacionada con las horas laboradas para hacer la cotización a la caja de compensación familiar; el diligenciamiento de este campo sigue siendo opcional.

3. • Tipo “E - Planilla Empleados”. • Tipo "I – Independientes". • Tipo "S – Servicio Doméstico”. • Tipo “H – Madres Sustitutas”. Estas personas deben aportar a todos los subsistemas en los cuales el tipo de cotizante está obligado a aportar, (salud, pensiones, riesgos laborales, y/o subsidio familiar), pagando los respectivos intereses de mora a que haya lugar.

4. Si una persona omitió el pago de sus aportes a algún o algunos subsistemas, deberá utilizar la planilla tipo "N – Planilla Correcciones". Al diligenciarla debe tener en cuenta que en el "registro A" indicará los valores que reportó en la planilla inicial; en el "registro C" escribirá los valores que reportó en la planilla inicial además deberá incluir la información de los sistemas faltantes y los respectivos valores.

5. Si el aportante como trabajador independiente es una persona natural, los documentos válidos para diligenciar la planilla del PILA y hacer el pago de la misma son la cédula de ciudadanía, la cédula de extranjería, el pasaporte para ciudadanos de otros países y el carné diplomático. Las personas jurídicas colombianas o extranjeras deben usar el NIT como único documento de identificación válido para liquidar y pagar la PILA.

6. Si el aportante ya realizó el pago de la planilla inicial y no alcanzó a reportar las novedades, lo podrá hacer a través del tipo de planilla “N - Planilla Correcciones”, siempre y cuando la presentación de esta planilla se realice, a más tardar, el último día hábil del mes en que debe realizar el pago y no habrá lugar al pago de intereses de mora

7. A partir del 1 de marzo debe informarle a su operador PILA, ya sea por internet o por teléfono, su cambio de tipo de cotizante de la categoría Independiente Independiente con contrato de prestación de servicios superior a 1 mes

8. EPS ADM EN SALUD

9. AFP ADM DE PENSIONES

10. ARL ADM DE RIESGOS LABORALES

11. PODRAN UTILIZAR INTERNET AL REALIZAR SUS PAGOS GRACIAS AL CAMBIO EN EL SIST PILA

12. LOS BENEFICIOS Para los usuarios, estos cambios le brindan mayor seguridad, pues no tendrán que llevar dinero en efectivo al banco o a los puntos de recaudo, y le evitarán desplazamientos y filas

13. Los datos de las fechas de las diferentes novedades laborales no son obligatorios y no tienen por qué restringirse los pagos.

14. La planilla asistida solo puede ser usada para las empresas con menos de 20 trabajadores o para los independientes con honorarios mensuales inferiores a $9.200.000. En ese sentido, estas personas -tanto naturales como jurídicas- pueden seguir haciendo la cotización de manera asistida

15. Según el Decreto 1990 de 2016, el IBC deberá aproximarse al peso superior más cercano y el valor de la cotización y de los intereses de mora deberá redondearse al múltiplo superior de cien más cercano.