ESQUEMA DEL PROCESO

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ESQUEMA DEL PROCESO por Mind Map: ESQUEMA DEL PROCESO

1. Artículo 397 CPC: Oposición de las Pruebas promovidas

1.1. Concluido el lapso de 15 días de despacho para la promoción de pruebas, comenzara un nuevo lapso de 3 días de despacho en el cual el Juez o Jueza facilitara todas aquellas pruebas promovidas por las partes, a fin de que estas manifiestan si convienen en algún aspecto de estas pruebas o el alguna de estas.

1.2. Las partes también pueden oponerse a las pruebas presentadas por la contraparte, a fin de declarar si alguna de estas es impertinente, ilegal o verse sobre un hecho aceptado con anterioridad, con el fin de lograr que las mismas no sean admitidas para el lapso de evacuación de pruebas.

2. Artículo 398 CPC: Admisión de las Pruebas

2.1. Finalizado el lapso de 3 días para la oposición de pruebas, al día siguiente el juez o jueza a través de un auto motivado, deberá exponer cuales pruebas fueron admitidas y cuales no, ya sea por ser ilegales o estar destinada a probar un hecho que ya fue convenido.

3. Artículo 400 CPC: Evacuación de las Pruebas

3.1. Una vez el tribunal declara cuales pruebas fueron admitidas y cuales no, comienza un lapso de 30 días de despacho para la evacuación de pruebas.

3.2. Cuando las pruebas deban de ejecutarse fuera del juicio, se aplican los siguientes casos:

3.2.1. Cuando necesita ser evacuada en otro tribunal, se establece una comisión con sus respectos plazos de tiempo para ejecutar a misma.

3.2.2. Cuando la prueba necesita ser evacuada fuera del lugar del juicio, se establecen los lapsos a cumplir para que la prueba pueda ejecutarse.

4. Sentencia

4.1. Concluida la evacuación de pruebas y la entrega de los respectivos informes posteriores, se apertura un lapso de 60 días para que el tribunal emita una sentencia.

4.2. Este lapso puede diferirse hasta 30 días mas a través de un auto motivado por parte del tribunal.

4.3. posterior a la emisión de la sentencia, se apertura un lapso de 5 días de despacho para apelar esta, finalizando así el proceso.

5. La demanda

5.1. El proceso comienza con la introducción de la demanda, la cual es introducida por la parte demandante ante el tribunal correspondiente.

5.2. Una vez introducida la demanda, el tribunal tiene tres días para pronunciarse sobre la admisión o no de la demanda introducida.

6. Entrega del Libelo de la Demanda y la Boleta de Citación

6.1. Una vez admitida la demanda, se cita a la parte demandada a comparecer en el juicio para hacerle entrega del libelo de la demanda y la boleta de citación.

6.2. Una vez la parte demandada tiene en su poder estos documentos, el alguacil consigna esto en el tribunal para dar paso al lapso de contestación de la demanda.

7. Artículo 388 CPC: Contestación de la Demanda

7.1. Cumplidas las solemnidades anteriores, se apertura un lapso de 20 días de despacho, para que la parte demandada conteste la demanda o establezca oposición e cuestiones previas.

7.2. Si la parte demandada no acepta los hechos o en su defecto los acepta parcialmente y las partes no logran llegar ni a la conciliación, el convenimiento o cualquier otro método alternativo de resolución de conflictos, quedara automáticamente el juicio abierto y se iniciara la fase de promoción de pruebas.