1.1. Son contratistas y por consiguiente patronos, los que ejecutan por contrato o cuasicontrato de agencia oficiosa, trabajos para otros con capitales propios o con adelantos que haga el dueño de la obra o un tercero.
2. Los subcontratistas
2.1. son los que contratan a personas trabajadoras que harán labores a requerimiento de un contratista.
3. Trabajador
3.1. Se denomina trabajador o trabajadora a la persona que presta servicios que son retribuidos por otra persona, a la cual el trabajador se encuentra subordinado, pudiendo ser una persona en particular, una empresa o también una institución.
4. Intermediario
4.1. E intermediario se le denomina a aquella persona que persona que contrata los servicios de otra u otras para que ejecuten algún trabajo en beneficio de un empleador.
5. Representante Patronal Empresarial
5.1. se considera que son representantes del patrono en sus relaciones con los trabajadores:los directores, gerentes, administradores, caporales y, en general, las personas que ejercen funciones de dirección o de administración en la empresa, establecimiento o centro de trabajo. Los representantes patronales en sus relaciones con el patrono, están ligados por un contrato de trabajo.