1.1. Se define a la paternidad como “la relación que existe entre el padre y sus hijos. Normalmente nos referimos en este concepto a hijos biológicos.
2. Filiación
2.1. Vínculo natural y/o jurídico que une a los descendientes con sus progenitores, en efecto, puede derivar dicha relación de la naturaleza (generación) o de la filiación de la ley (adopción)